Los convenios y el control de jornada enredan el acuerdo sobre la contrarreforma laboral

La aprobación de la contrarreforma laboral anunciada que busca impulsar el Gobierno pende de un hilo por la discrepancias de los partidos entorno a aristas concretas de los elementos que se pretenden modificar antes de las elecciones del 28-A.

Concretamente, el Gobierno llegó a un acuerdo con los sindicatos para vuelta a la prevalencia del convenio sectorial sobre el de empresa, la recuperación de la utraactividad de los convenios, la modificación de la política de subcontratación y el control de los horarios. En estos cuatro aspectos, el reto del Gobierno es poner de acuerdo a PDeCAT, PNV y Podemos, con posiciones distintas entre ellos.

En este sentido, parece que los partidos nacionalistas habrían alcanzado un acuerdo con el Gobierno, que recogería una modificación de la prevalencia, dando primacía al convenio sectorial en materia de salario y horas extra, pero no en la estipulación de jornadas o turnos. Además, se establece que la subcontratación deberá respetar a partir de este momento las condiciones del sector correspondiente a la actividad subcontratada y no las del convenio de la empresa que realiza el servicio, ni por el del sector de actividad principal de la empresa prestataria.

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8 marzo 2019|

Los cientos de miles de trabajadores que podrían ser falsos autónomos

Un estudio de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos y de la Universidad Complutense de Madrid desvela que existen un gran número de profesionales por cuenta propia que, en realidad, podrían ser falsos autónomos.

La conclusión se obtiene al analizar parámetros como quién determina el horario de la jornada laboral o el orden de las tareas que debe realizar un autónomo. Teóricamente, este profesional debe tener independencia para tomar este tipo de decisiones. Si no es así, estaríamos ante potenciales falsos autónomos. Si este tipo de profesionales tienen ese tipo de dependencias frente a los clientes deberían estar incluidos en el Régimen General, como asalariados. Y no como trabajadores por cuenta propia; pues en realidad no lo son. 

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8 marzo 2019|

El Gobierno se enreda con el permiso de paternidad

El Gobierno atribuye a un «error» el retraso en la entrada en vigor de una de las medidas estrella de los pol’meicos ‘viernes sociales’, la ampliación de los permisos de paternidad. El decreto debería haber entrado ya en vigor, puesto que fue aprobado el viernes pasado en el Consejo de Ministros, pero un cúmulo de «circunstancias adversas» ha retrasado su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Fuentes gubernamentales sostienen que no pudo introducirse en el ejemplar del martes por el «cúmulo» de medidas, como el decreto de vivienda, y que quedó pospuesto para el día siguiente. A última hora del martes, indican, cuando ya estaba todo terminado para la impresión, se detectó un «error en el texto», lo que obligó al Ejecutivo a posponer de nuevo la publicación. Salvo nuevos incidentes, este jueves quedará incluido en el BOE el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en el empleo. No hay novedades sobre el texto original, insisten desde la Moncloa, en un documento que incluye la ampliación del permiso por paternidad hasta equipararlo al de maternidad en el 2021, sigue sin publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que aún no entra en vigor. 

El cúmulo de incidentes ha desencadenado una tormenta en las redes sociales, ya que son muchos los hombres que acaban de ser padres o que están a punto de serlo que no saben a qué atenerse y cómo les afectará.

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6 marzo 2019|

Multas a pymes y autónomos que no rellenan bien las nóminas

Cometer errores en el momento de calcular nóminas expone a pymes y a autónomos a sanciones. Tal y como confirman desde Ruiz Beato Abogados el Estatuto de los Trabajadores establece que no consignar en la nómina las cantidades realmente abonadas al trabajador constituye una infracción administrativa grave, sancionada con una multa de entre 626 a 6.250 euros. Por otro lado, no entregar puntualmente el recibo de salarios al empleado constituye una infracción administrativa leve, sancionada con una multa de entre 60 y 625 euros.

Errores comunes en la gestión de nóminas

Entre los errores habituales destaca que las pymes no se informen a tiempo de los cambios particulares que afectan a los conceptos y condiciones para calcular la nómina, que se faciliten datos incompletos o se comuniquen de forma informal.

Además, para el cálculo de la retención de impuestos, es importante conocer si las percepciones que componen la nómina del empleado deben ser gravables o quedan exentas, ya que puede crear discrepancias y generar problemas a largo plazo.

No usar nóminas del mes anterior

Muchas empresas acostumbran también a usar las nóminas del mes anterior como ejemplo. Sin embargo, cada mes las condiciones varían y para prevenir errores es mejor empezar de cero.

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6 marzo 2019|

Así afecta a propietarios e inquilinos la ley del alquiler que entra hoy en vigor

El sector del alquiler se somete desde hoy a una nueva legislación. La tercera en tres meses. El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes una reforma exprés de la Ley de Arrendamientos Urbanos que ofrece más protección al inquilino frente a los propietarios. Pero, ¿cuáles son las principales medidas del nuevo decreto?

Limitaciones de precios y contratos más largos

A partir de ahora, las rentas de los inmuebles sólo podrán subir lo que fije el IPC. Este sistema solo afectará a los nuevos contratos. El resto, seguirán rigiéndose por las normas actuales. Aún así, el Gobierno deja la puerta abierta para que los contratos preexistentes se adapten a la nueva norma. Eso sí, para ello tiene que haber un consentimiento de ambas partes.

Además, el decreto establece que los propietarios solo podrán revisar una vez al año las rentas del alquiler y en los términos en los que se acuerden con los inquilino.

Respecto a la duración de los contratos, estos quedan ampliados de tres a cinco años en el caso de las personas físicas y a siete en el de las jurídicas. Además, se amplía la prórroga tácita (la que se aplica si ninguna de las partes comunica su intención de extinguir el contrato) de uno a tres años. Por su parte, el plazo para dar por terminado el contrato pasa a cuatro meses en el caso del propietario y a dos en el del inquilino.

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6 marzo 2019|

El permiso de paternidad será obligatorio en las primeras seis semanas

Las empresas tendrán tres años para implantar los planes de igualdad y el registro salarial, en función del número de trabajadores.

El Gobierno quiere garantizar que se cumple la igualdad laboral entre el hombre y la mujer de manera inmediata. Hasta el punto de que convierte el derecho al permiso de paternidad, en una «obligación» durante la seis primeras semanas después del parto. Así se recoge en el borrador del Real Decreto Ley que el Ejecutivo está negociando con la patronal y los sindicatos.

Además, el proyecto del Ejecutivo modifica, entre otras disposiciones del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 48. Y dice literalmente: «El nacimiento suspenderá el contrato de trabajo del progenitor distinto de la madre biológica durante 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa». Todo ello, «para el cumplimiento de los deberes de cuidado previstos en el artículo 68 del Código Civil». Este precepto reza lo siguiente: «Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo».

Con ello, el Gobierno, y también los sindicatos, quieren asegurar la recuperación total de la madre, mientras el padre se ocupa de todas las tareas domésticas y burocráticas que suponen el nacimiento de un hijo, según explica a EXPANSIÓN Elena Blasco, secretaria de Igualdad de CCOO.

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1 marzo 2019|

La nómina debe ser clara y de fácil comprobación, según el Supremo

Entender la nómina no siempre es tarea sencilla para los trabajadores, y ello dificulta el control de la propia remuneración. Por esa razón, el Tribunal Supremo ha establecido en una reciente sentencia (consulta aquí el texto) que los empleados tienen derecho a que su compañía les entregue la nómina con la “debida claridad y separación” de los diferentes conceptos para que estos sean de fácil comprobación. Es decir, en línea con lo que establece el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, es obligación de la empresa que los emolumentos estén lo suficientemente especificados como para que el empleado no tenga que hacer demasiados esfuerzos para su completo entendimiento.

En el caso enjuiciado, se cuestionaba la información contenida en la nómina de una empresa en la que se habían producido ampliaciones y reducciones de jornada. Sin embargo, el documento entregado no detallaba claramente el salario que correspondía a cada semana de trabajo en función del número de horas desempeñado en las mismas.

Los magistrados determinan que en casos así, cuando en un mismo mes se ha trabajado con distinta extensión semanal, debe aparecer claramente reflejado el número de días prestados con cada tipo de jornada y el salario que corresponde en cada caso.

Según la sentencia, la empresa “no puede obligar al trabajador a controlar el número de días de trabajo ni el de horas”. Tampoco forzarle a realizar “operaciones matemáticas complejas” para comprobar que la empresa le paga lo correcto. “Esto se opone al principio de transparencia con el que debe actuarse en la relación laboral”, afirma.

El Supremo rechaza que se refleje en la nómina una media ponderada diaria del salario devengado cuando se han realizado jornadas diferentes. También, objeta que solo conste una cuantía total, [...]

1 marzo 2019|

La prestación por maternidad es compatible con la excedencia

Las trabajadoras en excedencia por cuidado de hijos que den a luz durante el primer año tienen derecho a cobrar la prestación por maternidad. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) deniegan estas solicitudes al considerar que las trabajadoras no están dadas de alta en el régimen general de la Seguridad Social. Dos recientes sentencias del Tribunal Superiores de Justicia (TSJ) del Principado de Asturias (accede aquí al texto de la sentencia) y del TSJ de Madrid (pincha aquí para leer el texto) corrigen al organismo gestor, condenándole al abono de la correspondiente prestación en estos supuestos. Los tribunales son rotundos al afirmar que durante el primer año de excedencia todas las trabajadoras se encuentran en una situación asimilada al alta y que, por tanto, cumplen con el requisito para el cobro de la prestación pese a trabajar como autónomas.

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28 febrero 2019|

Trabajo retrasa la aprobación de medidas laborales y de pensiones más allá de este viernes

«Los textos no están lo suficientemente cerrados». Esa es la causa que ha llevado al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social a retrasar, más allá de este vienes, la aprobación en Consejo de Ministros de uno o dos decretos en materia laboral y de Seguridad Social, que tenía previsto aprobar inicialmente a finales de esta semana.

El pasado viernes por la tarde, los responsables de Trabajo facilitaron a la patronal y a los sindicatos un documento de doce propuestas en materia de protección social, en el que lo llamativo era lo que el Gobierno había sacado: las medidas no incluían ni la vinculación por ley de las pensiones al IPC para su revalorización a partir de ahora, ni la derogación definitiva del factor de sostenibilidad.

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27 febrero 2019|

El Gobierno renuncia a vincular las pensiones al IPC y a derogar el factor de sostenibilidad

La ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, ha sugerido hoy que el Ejecutivo va a renunciar a las medidas estrella de su departamento en materia de pensiones: volver a vincular su revalorización con el IPC en la ley y derogar definitivamente el factor de sostenibilidad aprobado en 2013.

El Ejecutivo ya renunció a estas dos medidas en la propuesta de Real Decreto en materia de Seguridad Social que entregó el viernes a los agentes sociales. Si bien debía de confirmar hoy a los sindicatos si renunciaban a ello o no. La respuesta de Valerio ante la pregunta de si existiría esa renuncia ha sido clara “como Gobierno lo tenemos que valorar” […] “ pero no hay voluntad del Gobierno hacer una reforma unilateral”.

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27 febrero 2019|
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