El próximo 12 de mayo será obligatorio el registro diario de las horas de trabajo de los empleados. El incumplimiento por parte de las compañías será calificado como una infracción laboral grave.
El Gobierno sigue sacando adelante cambios normativos. Muchas reformas tienen tintes sociales; otras, sin embargo, están relacionadas con otros ámbitos como el laboral. Uno de los mejores ejemplos en ese sentido es el Real Decreto-ley 8/2019 de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, que ha vuelto a poner el punto de mira en el registro de esta última.
Según explica Ignacio Sampere, letrado de BDO Abogados, el registro diario de las horas de trabajo a partir del 12 de mayo de 2019 no es en sí una nueva obligación, puesto que el registro ya era plenamente exigible desde principios de 2014 para todos los contratos a tiempo parcial. «De hecho, el Real Decreto-ley 8/2019 no ha introducido modificación en el control de la jornada de los contratos a tiempo parcial, que sigue en vigor, pero complementado con los cambios legales ahora introducidos», apunta el experto.
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