El pacto de no competencia tiene que ser proporcional a la duración del contrato

El TSJ Cataluña en sentencia 5159/2018, de 4 de octubre (Rec. 3917/2018) rebaja la cuantía con la que el trabajador debe indemnizar a la empresa por incumplimiento del pacto de no competencia, porque la duración de este pacto no puede superar a la duración del propio contrato.

La obligación temporal que imponía la cláusula post-contractual de dos años, a priori puede resultar acorde a las que se aplican en el sector y a la actividad para la que fue contratado el trabajador, en cuanto a su duración y respecto a la compensación económica que percibiría por ello, pero deja de ser ajustado a derecho un pacto-contractual en el que la obligación de no concurrir es superior a la duración del contrato, y en el que se penaliza su incumplimiento con el reintegro de la totalidad de las cantidades percibidas por la realización de su trabajo.

En la instancia, el Juzgado declara la nulidad de la cláusula por considerar que el pacto era desproporcionado por dos motivos: falta de proporcionalidad entre la compensación económica pactada y la sanción impuesta por incumplimiento del pacto de no competencia; y por la duración del pacto, 2 años, siendo de 1 año la duración del contrato, pero pese a ello condena al trabajador a devolver a la empresa la suma que había recibido en concepto de compensación durante toda la vigencia de su contrato.

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9 abril 2019|

Trabajo garantiza que las empresas suscriban y paguen el Convenio Especial por ERE para mayores de 55 años

El objetivo del texto es dar seguridad jurídica a las personas con 55 años o más afectadas por un ERE en empresas que no estén en procedimiento concursal. Las empresas son, además, las obligadas al abono de las cuotas destinadas a la financiación del Convenio, en los términos previstos en la Ley General de la Seguridad Social.

La obligación de la empresa se mantendrá hasta que los trabajadores y trabajadoras cumplan los 63 años o 61, en este último caso si se trata de un despido colectivo por causas económicas. A partir de ese momento, las personas afectadas deberán abonar las aportaciones a la Seguridad Social hasta la fecha de acceso a la jubilación anticipada.

Además, el texto normativo establece que, en caso de incumplimiento por la empresa, los afectados y afectadas dispondrán de un plazo de seis meses para suscribir el Convenio con la Seguridad Social. Se inicia así el procedimiento que permitirá a la Tesorería General de la Seguridad Social reclamar las cotizaciones a las empresa tanto en periodo voluntario como en vía ejecutiva.

Con carácter previo a la Resolución, la Tesorería concederá trámite de audiencia al empresario para que en el plazo de diez días realice las alegaciones que estime pertinentes y pueda adherirse al convenio o proponer modificaciones al mismo.

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8 abril 2019|

El pacto de no competencia no puede durar más que el contrato de trabajo

El pacto de no competencia poscontractual no puede tener una duración superior al propio contrato de trabajo o a la relación laboral. La cláusula que establezca lo contrario, según una reciente sentencia del Tribunal Superior (TSJ) de Justicia de Cataluña (cuyo texto puede consultar aquí), debe considerarse “abusiva y, por tanto, nula”.

En el litigio se examina la demanda presentada por una empresa contra uno de sus antiguos comerciales, que le reclamaba una penalización por haber trabajado para la competencia solo diez meses después de su cese. El contrato que les vinculaba, de seis meses, y prorrogado otros seis, establecía que el trabajador no podría “durante los dos años siguientes a la fecha de su extinción, concurrir con la actividad de la empresa”. En tal caso, el empleado debería abonar a la sociedad un año de salario más los daños y perjuicios que pudiera haber causado.

Los magistrados aseveran que, si bien la cláusula poscontractual puede ser acorde a las que se aplican en el sector, sin embargo, no guarda una “adecuada correlación” ni con la naturaleza ni con la duración de la relación laboral. “Nunca se podrá declarar que es ajustado a derecho un pacto contractual cuando la obligación de no concurrir es superior a la duración del contrato”, aseveran.

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8 abril 2019|

La UE eximirá de visados a los británicos si el Reino Unido exime a los europeos

El pleno tiene previsto votar hoy un proyecto legislativo que se aplicará una vez que el Reino Unido abandone la UE. Los ciudadanos británicos no necesitarán visado para viajar a la UE por un máximo de 90 días dentro de un periodo de 180 días, para hacer negocios, turismo o visitar a familiares y amigos. Estas condiciones no se aplicarán a los que deseen trabajar.El Reino Unido será incluido en la lista de más de sesenta países y territorios cuyos nacionales no están obligados a pedir visado para entrar a la UE para periodos cortos. Reino Unido tendrá que dar los mismos derechos a los europeos que viajen a su territorio.Antes de la votación en el pleno, la comisión de Libertades del PE deberá pronunciarse, el miércoles por la mañana, sobre el resultado de la negociación con el Consejo.

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4 abril 2019|

¿Se puede cambiar el horario laboral con ‘un whatsapp’?

Un mensaje al móvil no se considera eficaz para comunicar una modificación sustancial del contrato laboral, como puede ser un cambio de horario, por mucha flexibilidad que exista en este ámbito.

Aunque en el día a día de la empresa suelen ser frecuentes las comunicaciones con los trabajadores a través de WhatsApp, como puede ser para avisar de que un empleado va a llegar tarde al trabajo o para encomendar una tarea determinada a un trabajador que se encuentra fuera de la oficina, no todo lo enviado por esta vía es válido y surte los mismos efectos que una notificación mediante una carta por escrito.

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4 abril 2019|

Las pymes piden que se simplifique el despido objetivo por absentismo

Empresarios y sindicatos elaboran estos días sus catálogos de peticiones a los partidos políticos y al próximo Gobierno ante las próximas elecciones generales del 28A. Ayer fue el turno de la patronal de las pequeñas y medianas empresas, Cepyme, integrada en CEOE.

Entre las decenas de demandas de esta organización está la de simplificar el despido objetivo por acumulación de ausencias reiteradas aunque estas estén justificadas médicamente. Desde Cepyme consideran que “el absentismo laboral derivado de los procesos de incapacidad temporal por contingencias comunes es uno de los problemas del mercado laboral”.

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4 abril 2019|

Trabajo rechaza una de cada tres peticiones de las nuevas ayudas a mayores de 52 años

Una de cada tres peticiones cursadas para solicitar las nuevas ayudas a parados mayores de 52 años es rechazada por improcedente en los Servicios de empleo del Ministerio de Trabajo. Yolanda Valdeolivas, secretaria de Estado de Empleo, ofreció este martes por primera vez datos sobre este subsidio puesto en marcha el pasado 14 de marzo y que ha recibido una «avalancha de solicitudes».

El pasado lunes el Gobierno confirmó que había aprobado 32.000 solicitudes para este subsidio de 430 euros mensuales que se puede extender hasta la edad de jubilación. El total de solicitudes recibido ascendía a 56.000, es decir, la mitad de la población beneficiaria prevista, que se estima en 114.000. Aunque la mayor parte de las reclamaciones se resuelven en 24 horas, Empleo no aclaró hasta este martes qué sucedía con esa diferencia de 24.000 solicitantes. Valdeolivas indicó que la mayoría, 17.000, han sido rechazadas, mientras que, hasta este martes, 7.000 seguían en estudio.

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4 abril 2019|

El Congreso vota hoy el decreto de alquiler, el de paternidad y la ayuda a parados mayores de 52 años

La proximidad de la campaña electoral marcará este miércoles el debate y la votación de seis reales decretos leyes en la Diputación Permanente del Congreso. Envueltos en la polémica llegan a la Cámara estos decretos, algunos de ellos con medidas e inversiones sociales de calado, como el que equipara los permisos de paternidad y maternidad a partir de 2021 o el que recupera ayudas a parados de más de 52 años. También ha sido discutido el que regula los contratos de alquiler.

La convalidación de estas normas ha dado lugar a críticas de la oposición, dado que el Gobierno ha aprobado estos decretos tras la disolución de las Cortes el pasado 5 de marzo, es decir, en periodo electoral. Con ellos, el presidente, Pedro Sánchez, está cumpliendo el compromiso que adquirió prácticamente desde que anunció el adelanto de los comicios al 28 de abril, que gobernará hasta el último día.

Sin embargo, los partidos de la oposición han sido muy críticos, especialmente PP y Ciudadanos, pero también Unidos Podemos, pues ven en los decretos «electoralismo». La presidenta del Congreso, Ana Pastor, ha expresado sus dudas.

A estos tres decretos leyes se unirán en la votación de este miércoles otros tres: el que perfila el plan de contingencia a adoptar en el caso de que se produzca un Brexit sin acuerdo, otro sobre la estiba y el que permite a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos invertir el superávit que hayan acumulado durante los últimos ejercicios económicos.

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4 abril 2019|

La ampliación de los permisos por paternidad a 8 semanas entra en vigor este lunes

La ampliación a ocho semanas de los permisos por paternidad entrarán en vigor este lunes, 1 de abril, y será efectiva para todos los nacimientos que se produzcan desde esa fecha, tal y como se recoge en el Real Decreto-ley de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y oportunidades en el empleo y la ocupación aprobado por el Gobierno recientemente.

De este modo, los progenitores distintos de la madre biológica de todos los bebés nacidos a partir de este lunes disfrutarán de ocho semanas de permiso, frente a las cinco semanas que tenían desde verano de 2018. Las dos primeras semanas del permiso deberán disfrutarse de forma ininterrumpida tras el parto. Las seis semanas restantes podrán ser de disfrute interrumpido y ejercitarse desde la finalización del descanso obligatorio posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses. Este permiso, retribuido al 100%, será intransferible, por lo que si el padre no lo disfruta, no lo podrá ceder a la madre.

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2 abril 2019|

Los autónomos que tienen tres días para elegir mutua obligatoriamente

A primeros de año entró en vigor el Real Decreto Ley 28/2018, que introdujo novedades que afectan directamente a los autónomos. Una de ellas está vinculada con las mutuas, y es que los trabajadores por cuenta propia tienen que elegir mutua antes del próximo 31 de marzo.

Tal y como explica ATA en un comunicado, todos los autónomos cuya cobertura de prestación económica de Incapacidad Temporal sea con el INSS tienen que optar por una Mutua colaboradora de la Seguridad Social. No obstante, han precisado: “Los autónomos que se dieron de alta después del 1998 están todos cubiertos porque desde esa fecha era obligatoria la elección de una Mutua”.

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2 abril 2019|
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