Si un trabajador fallece antes de que se produzca la readmisión tras un despido nulo, sus herederos tendrán que percibir los salarios que no cobró desde su cese hasta la defunción y, además, la indemnización por despido improcedente. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo en una sentencia (consulte aquí el texto) con una casuística peculiar en la que equipara la imposibilidad de readmisión en casos de despido nulo con el despido improcedente.

Según se plasma en la sentencia, se trata de un caso en el que el trabajador despedido fallece antes de que se dicte sentencia sobre el carácter de su cese y ya no es posible la readmisión al puesto de trabajo. Su especialidad con respecto a otros casos similares recae en que en este supuesto el despido fue después declarado nulo y no improcedente dada la situación de la empresa. En segunda instancia, sin embargo, se rechaza que sea aplicable lo previsto para un despido improcedente porque, a juicio de la empresa, y finalmente del tribunal, «no cabe la opción de indemnización».

Leer la noticia completa – click aquí