Los sindicatos critican el registro de jornada de algunas entidades

Las firmas de acuerdos sobre el registro de jornada entre las distintas entidades financieras se ha convertido en una de las principales citas de negociación con los sindicatos. Las antiguas cajas de ahorros y la banca asociada a la AEB ya alcanzaron entre septiembre y noviembre sus acuerdos sectoriales sobre esta materia tal como fija la norma. Solo quedaba pendiente a nivel sectorial entre el sistema financiero la firma de las cooperativas de crédito, hecho que se llevó a cabo el jueves.

Los sindicatos firmaron con las distintas patronales de las cooperativas (Unacc y Asemecc) un acuerdo para articular el deber de las empresas de registrar la jornada de sus plantillas.

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3 febrero 2020|

Así quedan las bases mínimas de cotización de los trabajadores

El Ministerio de Trabajo ya tiene lista la redacción del Proyecto de Real Decreto que regulará el salario mínimo en 2020. El texto, que se dio a conocer este viernes para cumplir el trámite de audiencia pública de todas las normas al menos siete días antes de su aprobación en el Consejo de Ministros, recoge el incremento del salario mínimo interprofesional (SMI) del 5,5% hasta los 950 euros mensuales (13.300 euros al año o 31,6 euros diarios). Este Real Decreto se aprobará, según los planes del Gobierno, el próximo 4 de febrero y se aplicará de forma retroactiva desde el pasado 1 de enero.

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3 febrero 2020|

Hay fraude en la subcontrata si la empresa mantiene «la mayor parte de la gestión del trabajo»

La subcontratación de trabajadores será fraudulenta cuando la empresa principal conserve «en todo momento la mayor parte de la organización y gestión de la actividad contratada». Así lo determina el Tribunal Supremo en una reciente sentencia en la que unifica doctrina en relación con la siempre compleja materia de la cesión ilegal de trabajadores. 

En el caso analizado, el alto tribunal examina el recurso interpuesto por tres trabajadores contra la compañía contratante y la subcontrata (o contratista) que les empleaba, a la que se le habían requerido servicios para la gestión de diversos almacenes. Según expone la resolución, si bien ambas organizaciones tenían una entidad diferente, esta «resultaba irrelevante, puesto que la empresa contratista únicamente aportó la mano de obra para la realización del servicio convenido». Es decir, «la verdadera gestión y dirección empresarial» se llevaba a cabo desde la principal «desde el momento en que era esta la que realmente y en sus propias instalaciones organizaba el servicio».

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3 febrero 2020|

Avalan juntar el permiso de lactancia y la excedencia por cuidado de hijo sin descuento salarial

La sala considera que la igualdad de género debe primar a la hora de interpretar y aplicar una norma cuando existan varias opciones e insta a las empresas a «facilitar el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida familiar y laboral».

La sala de lo social de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que avala el derecho de los trabajadores de los contact center a disfrutar sin ningún condicionante ni descuento económico el permiso acumulado de lactancia y seguidamente la excedencia por cuidado de hijo.

En el fallo, emitido el pasado 21 de enero, muestra como una compañía aplicaba descuentos salariales al personal, principalmente trabajadoras con contratos parciales, que decían encadenar el permiso por lactancia y la excedencia por cuidado de hijos, lo que en la práctica les obligaba a optar por uno de los dos derechos.

En concreto, según la Audiencia, les descontaban el tiempo proporcional a los nueve meses de acumulación de la lactancia en los que no prestaban sus servicios porque habían solicitado la excedencia por cuidado de hijos de manera inmediata al permiso de lactancia, explica Europa Press.

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3 febrero 2020|

El Supremo resolverá si las empresas pueden deducirse los intereses de demora

El Tribunal Supremo resolverá si los intereses de demora son un gasto que las empresas pueden deducirse en el impuesto de sociedades. En un auto dictado el 16 de enero, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha admitido el recurso de casación presentado por una compañía a quien le fue denegada esta opción por la Administración tributaria y, posteriormente, por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia.

En el caso estudiado, una empresa trató de deducirse los intereses generados como consecuencia de la regularización de su situación tributaria en el ejercicio 2014. Los órganos administrativos justificaron su negativa en que si tales cantidades derivaban del retraso en el pago de una deuda, aceptar que resultaran deducibles haría desaparecer su carácter resarcible.

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3 febrero 2020|

Los ‘riders’ de Deliveroo son trabajadores de la empresa y no autónomos, según el TSJM

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha determinado que los 532 ‘riders’ de la empresa de reparto a domicilio Deliveroo son trabajadores sujetos a una relación laboral con la compañía en la prestan sus servicios y no autónomos, como sostiene la empresa.

Así consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que se desestiman los recursos de suplicación formulados porRoofoods Spain SL frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 19 de Madrid de julio de 2019, que concluyó que los repartidores eran trabajadores de la empresa.

El proceso fue iniciado por las actas de liquidación de la Inspección de Trabajo contra la relación de «falsos autónomos» que mantenía Delivero (Roofoods) con sus repartidores.

La sentencia recurrida señalaba que «en la prestación de servicios de los repartidores afectados por el proceso, durante el periodo al que se refiere el acta de liquidación, prevalecieron las condiciones propias de la laboralidad, lo que conduce a la estimación de la demanda».

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24 enero 2020|

Caerse de un patinete de camino al trabajo es accidente ‘in itinere’

Los tribunales han tenido que aclarar las condiciones que debe cumplir todo percance para que sea considerado ‘in itinere’, como el tiempo que se tarda en llegar al domicilio o el tipo de vehículo utilizado.

Una vez terminada la jornada laboral, Carmelo decidió, como hacía habitualmente, acercar a dos compañeros de trabajo a sus casas. Cuando ya regresaba a la suya, sufrió un accidente que le costó la vida. Su viuda y huérfana decidieron reclamarlo como in itinere y su caso llegó al Tribunal Supremo, que finalmente dio la razón a la familia al determinar que el caso tiene «claro tinte laboral» y, además, lo califica de «razonable, tanto por razones de solidaridad entre compañeros cuanto por economizar costes y por la protección del medio ambiente».

El hecho de que tardara más de una hora en realizar el viaje tampoco preocupa al Alto Tribunal, que insiste en que «ese periodo de tiempo siempre ha estado dedicado a volver a casa desde el trabajo».

Esta sentencia es un buen ejemplo de las consideraciones que hacen los tribunales para determinar si un accidente es in itinere o no. Para ello, precisamente el elemento principal es que la finalidad principal y directa del viaje esté determinada por el trabajo. Sin embargo, no es el único elemento que analizan los jueces, ya que el desplazamiento ha de producirse en el trayecto habitual y normal que debe recorrerse desde el domicilio al lugar de trabajo o viceversa. Este elemento geográfico ha causado mucha polémica porque hay una interpretación muy amplia de lo que se considera domicilio.

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24 enero 2020|

Entran en vigor seis órdenes ministeriales que modifican la declaración de media docena de impuestos

El BOE ha publicado un total de seis órdenes ministeriales de Hacienda, que modifican, desde el pasado 1 de enero, las declaraciones del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD), Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte; Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) e Impuestos Especiales. Además, las órdenes afectan a diversas obligaciones informativas.

En el caso del IVA, se aprueba el modelo 318 sobre regularización de las proporciones de tributación de los periodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios, a presentar por contribuyentes que hayan estado sometidos a la competencia exaccionadora de una Administración tributaria del País Vasco o común, en los períodos de liquidación anteriores al momento en que inicien la realización habitual de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a su actividad y a otra diferente en los períodos de liquidación posteriores.

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15 enero 2020|

Declarado improcedente el cese de un empleado que firmó la baja voluntaria sin saberlo

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia ha declarado improcedente el despido de un empleado que firmó la baja voluntaria sin saberlo. En la sentencia, los magistrados no niegan que en el documento efectivamente constara la rúbrica del trabajador, pero otorgan mayor validez al testimonio de varios testigos que aseguraron que el demandante «no era consciente» de lo que estaba aceptando.

Según recogen los hechos probados de la sentencia (que puede consultar aquí), el empleado, encargado de una gasolinera, presentó una baja por incapacidad temporal. Días después, recibió un mensaje de la dirección empresarial en el que se le informaba de su despido en base a un documento firmado por el mismo trabajador en el que acordaba la baja voluntaria por motivos personales. 

EL juzgado que analizó el caso en primer lugar tachó el cese de improcedente al considerar que el empleado no sabía lo que estaba firmando. Ahora, el TSJ respalda este criterio y se apoya en el testimonio del demandante (que aunque reconoció haber firmado el documento, negó haber sido consciente de su contenido) y de tres testigos, todos ellos extrabajadores en la gasolinera cesados por la misma causa de baja voluntaria.

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8 enero 2020|

La Seguridad Social incluirá una nueva prestación mínima para familias con rentas bajas

Entre las novedades del acuerdo programático para el Gobierno de coalición entre el PSOE y Unidas Podemos que pasaron ayer más desapercibidas está el anuncio de la futura implantación de un nuevo “ingreso mínimo vital como prestación de la Seguridad Social”.

Se trataría del embrión de una de renta mínima perseguida por la formación morada, que si bien no tendrá un carácter universal porque está destinada a familias carentes de rentas, sí se configurará como un nuevo derecho asistencial dentro del sistema público de pensiones.

El plan de las dos formaciones que planean estar al frente del Gobierno es empezar con un «aumento decidido» de la prestación por hijo a cargo para familias vulnerables y, posteriormente, crear “un mecanismo general de garantía de renta para familias sin ingresos o con ingresos bajos”.

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7 enero 2020|
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