Hace unos días, un juzgado de Arona, en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, ratificó la orden de cuarentena que la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias impuso sobre un hotel en Adeje. El juez avaló la medida al considerar que se trata de una situación “de máxima urgencia”, y que el riesgo de propagación del virus hace necesaria la adopción de “medidas urgentes y contundentes”.

Aunque una crisis como la actual sea excepcional en nuestro país, lo cierto es que la legislación prevé desde hace tiempo qué medidas pueden adoptarse para garantizar la salud pública. La normativa, de hecho, da una amplia potestad a las Administraciones. Unas facultades que vienen reguladas en la Ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, que permite a las autoridades sanitarias “reconocer, tratar, hospitalizar o controlar” a un individuo cuando aprecien en él indicios de peligro (por ejemplo, síntomas asociados al coronavirus).

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