Deducibilidad de las retenciones no practicadas sobre rendimientos descubiertos por la Inspección
La cuestión objeto de controversia es si, en un procedimiento de regularización en el que se aprecia la existencia de simulación y se imputan al contribuyente, persona física, como rendimientos del trabajo, los ingresos de una sociedad interpuesta de la que es socio mayoritario y administrador solidario, puede deducirse unas retenciones que no han sido practicadas por las sociedades pagadoras.
Los hechos que llevan a esta casación son los siguientes:
– La Inspección imputa al contribuyente, apreciando simulación, rendimientos del trabajo derivados de una sociedad interpuesta de la que es socio mayoritario y administrador.
– El contribuyente considera que deben deducirse las retenciones correspondientes a dichos rendimientos del trabajo, aunque no hayan sido practicadas por las entidades pagadoras.
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