El Tribunal Supremo (TS) concluye que el plazo que tiene un trabajador para reclamar el despido es hasta las 15 horas del día 21 desde que se produce el mismo.

El Alto Tribunal ratifica así su sentencia del 26 de mayo de 2015 y estima el recurso de una trabajadora a la que tanto el Juzgado de lo Social de Plasencia (Cáceres) como el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJE) impidieron la reclamación al considerar que la acción estaba caducada ya que se presentó 22 días después, cuando el Estatuto de los Trabajadores (ET) estipula que el ejercicio de la acción caducará a los 20 días del despido.

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