Los artistas podrán compatibilizar su pensión con periodos activos

El BOE publica este sábado el real decreto-ley, aprobado este viernes en Consejo de Ministros, con medidas de urgencia sobre la creación artística, como que puedan compatibilizar la pensión de jubilación con creación artística y cotizar en periodos inactivos, y que son reflejo de las recomendaciones del informe de la Subcomisión de Cultura para la elaboración del Estatuto del Artista, aprobado por unanimidad por el Congreso de los Diputados el pasado mes de septiembre.

El real decreto-ley fue aprobado a propuesta de los Ministerios de Cultura y Deporte, Hacienda, Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, y tiene como objetivo «garantizar un adecuado desempeño de la actividad artística, sobre la base de la consideración de sus peculiaridades características que la hacen merecedora de un régimen fiscal, laboral y de la Seguridad Social que garantice su desarrollo adecuado, tal y como sucede respecto a otros sectores profesionales».

Las medidas que recoge la norma se centran en los tres principales problemas que los representantes de la cultura trasladaron a la Subcomisión del Congreso: la fiscalidad del sector; la protección laboral y de Seguridad Laboral, y la compatibilidad entre prestaciones por jubilación e ingresos por derechos de autor. «Es una reivindicación histórica para que tengan una situación digna», ha dicho el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tras el Consejo de Ministros.

En materia de fiscalidad, el real decreto-ley baja el Impuesto sobre Valor Añadido (IVA) del 21% al 10% aplicable a los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores, técnicos que sean personas físicas, a los productores y organizadores de obras y espectáculos culturales. Se recupera de este modo, con efectos desde el 1 de enero de 2019, la aplicación del tipo reducido de IVA a estos servicios esenciales de la industria cultural, [...]

7 enero 2019|

Adiós al falso autónomo. El Gobierno establece más sanciones

El Gobierno se ha marcado como objetivo acabar con los falsos autónomos. Este miércoles la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, ha anunciado sanciones a las empresas que cometan irregularidades en este aspecto. La multa tendrá un mínimo de 3.126 euros y con un máximo de 10.000 euros por cada trabajador que esté mal encuadrado en el sistema. Es decir, que cotice como autónomo en lugar de hacerlo por cuenta ajena.

“Es el primer paso y queremos que se convierta en legislación”, ha apuntado Valerio que también ha afirmado que el Real Decreto Ley que se aprobará el viernes en Consejo de Ministros incluirá una modificación del artículo 22 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social para que se considere como falta grave si la Seguridad Social detecta que una persona haciendo la misma actividad pasa de repente del Régimen General al RETA.

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7 enero 2019|

Pensiones, cotizaciones y salario mínimo: todas las novedades que trae 2019 para el bolsillo

El último Consejo de Ministros del año celebrado este viernes ha sido uno de esos denominados escoba por las numerosas medidas aprobadas a través de varios Reales Decretos-Leyes que sobre distintas materias que van desde cuestiones que afectan a la Seguridad Social, los autónomos, la fiscalidad del sector de la cultura, o los subsidios a desempleados entre otros muchos asuntos.

Junto a lo aprobado este viernes, el año 2019 viene cargado de otras novedades que también afectarán al bolsillo de ciudadanos y empresas. Los contribuyentes con menos ingresos verán como se eleva el mínimo exento de ingresos por debajo del cual no es necesario pagar IRPF en la declaración de la renta. Además, las prestaciones por maternidad y paternidad han quedado exentas de tributar por IRPF para todos, incluidos los empleados públicos.

Unos 2,5 millones de trabajadores se beneficiarán directa o indirectamente de una fuerte subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que pasa de 735,90 a 900 euros al mes en 14 pagas. Esto supone un 22,3% más de un año para otro, el mayor incremento de la historia de esta renta mínima.

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7 enero 2019|

¿Qué significa que me obliguen a cotizar contingencias profesionales?

Anteriormente, cuando un trabajador por cuenta propia se daba de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) debía elegir qué tipo de contingencias son las elegidas para cotizar por ellas. Existían las coberturas comunes, las profesionales y el cese de actividad. El autónomo podía elegir por cuáles cotizar, teniendo mejores coberturas si pagaba por ellas. Esto ha cambiado con el reciente Decreto aprobado por el Gobierno. Ahora las contingencias profesionales o el cese de actividad (derecho a paro de los autónomos), son obligatorias. ¿Qué repercusión tiene para el autónomo esta decisión?

Contingencias comunes o por incapacidad temporal

Este tipo de contingencia cubre las bajas laborales derivadas de una enfermedad común o un accidente no laboral. Para ello, el autónomo debe acudir al médico que atención primaria, que será quien otorgue la baja. Sin embargo, si la cobertura está protegida con una Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, se deberá acudir a los reconocimientos médicos de ésta para solicitar el pago directo de la prestación económica por incapacidad temporal.

Contingencias profesionales o por accidente de trabajo y enfermedad profesional

Este tipo de cobertura la gestionan directamente las mutuas. Era de carácter voluntario, pero pasa a ser obligatoria. El trabajador por cuenta propia estará cubierto en caso de enfermedad profesional o accidente en el lugar de trabajo. Para gestionarlo, el autónomo deberá acudir a la mutua correspondiente para que otorgue la baja, y se encargue de pagar lo estipulado durante los días en los que no pueda trabajar.

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7 enero 2019|

La Seguridad Social ingresará 1.667 millones más por la subida de la base máxima y otras cotizaciones

La Seguridad Social ingresará un total de 1.667 millones de euros adicionales por la subida de la base máxima y por otras medidas como el incremento de la cotización del 40% en los contratos de menos de cinco días.

Así se desprende la memoria económica del Real Decreto aprobado al pasado 28 de diciembre.

En concreto, con la subida de la base máxima de cotización de un 7% incluida en este ‘macrodecreto’ de medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo la Seguridad Social espera recaudar un total de 850 millones de euros en 2019.

En total, el incremento de la subida de la base máxima afectará a 1,02 millones de trabajadores. De estos, un 68% son hombres, mientras que solo un 32% son mujeres, según datos de la memoria a los que ha tenido acceso Europa Press.

La edad media de estos cotizantes es de 48 años en los hombres y de 46 años en las mujeres. Además, el tramo quinquenal de edad donde se sitúa el mayor número de cotizantes en base máxima es de los 45 a los 49 años en el caso de los hombres y de los 20 a los 44 años en el caso de las mujeres.

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7 enero 2019|

Fin al 0,25% de las pensiones: se revalorizarán con el IPC medio “indefinidamente”

El Gobierno ya ha escuchado al Pacto de Toledo y ha interpretado cómo deberán revalorizarse las pensiones a partir de ahora. Por ello, ha decidido incluir una reforma legal en el proyecto de Real Decreto-Ley de medidas urgentes del orden social, que prevé aprobar este viernes el Consejo de Ministros, para suprimir para siempre el actual factor de revalorización de las pensiones. Este factor fue aprobado en 2013 y limitaba la subida de las prestaciones a un 0,25% mientras la Seguridad Social estuvieran en déficit.

Los Presupuestos Generales de 2018 ya habían dejado en suspenso este factor para este año y el próximo e incluían una subida de pensiones del 1,6% para ambos ejercicios.

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27 diciembre 2018|

Aprobada la subida de 900 euros del salario mínimo interprofesional para 2019

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto por el que se incrementa un 22,3% el salario mínimo interprofesional (SMI) para el año 2019, la mayor subida en cuatro décadas.
Portada
El citado incremento tiene como objetivo prevenir la pobreza en el trabajo, aumentar el nivel de vida de las personas peor retribuidas, como mujeres y jóvenes, y fomentar un crecimiento salarial más dinámico, en línea con las recomendaciones internacionales y con el incremento mínimo de convenio pactado por los interlocutores sociales en el IV Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva.

El alza del salario mínimo, el mayor de las últimas cuatro décadas, contribuye a garantizar la sostenibilidad del Sistema de la Seguridad Social y reduce, además, la brecha salarial de género, -ya que afecta a un 56,74% de mujeres frente a un 43,26% de hombres-, y en consecuencia, la brecha de género en pensiones.

Las cuantías que tendrá el SMI para el año 2019 son las siguientes:

SMI día: 30 euros

SMI mes: 900 euros

SMI año: 12.600 euros

SMI eventuales y temporeros:

SMI día: 42,62 euros

SMI empleados de hogar:

SMI hora: 7,04 euros

Impacto en 2,5 millones de personas

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27 diciembre 2018|

Trabajo sube el castigo contra el abuso de temporales y los falsos autónomos

El Gobierno está decidido a perseguir el abuso que hacen algunas empresas de los contratos de corta duración y de la figura del falso autónomo. Así se recoge en el Real Decreto-ley de Medidas Urgentes en el Orden Social que el Consejo de Ministros aprobará mañana viernes. La norma entrará en vigor inmediatamente.

Penalización a los contratos temporales de corta duración. El Gobierno subirá del 36% al 40% las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social de los contratos temporales cuya duración sea igual o inferior a los cinco días. Para los contratos de una duración igual a los siete días la cotización empresarial se mantiene en un 36%, frente al 23,3% del resto de los contratos. Con ello, el Gobierno pretende reducir la precariedad laboral que, sobre todo, afecta a los jóvenes. No obstante, el incremento de la cotización no afectará a los asalariados del campo por la corta duración de sus tareas.

Mejora del cómputo de la cotización para los contratos de corta duración. Por el contrario, quienes tengan estos contratos de una duración inferior o igual a cinco días, verán mejorada su cotización con vistas a su futura pensión. Así, cada día de trabajo se considerará como 1,4 días de cotización. Por ejemplo, cinco días de trabajo se convertirán en siete días de cotización.

Multa a las empresas por falsos autónomos. El Gobierno incorpora como infracción en el orden social la práctica habitual de algunas empresas de convertir en falsos autónomos a los que son trabajadores asalariados. Trata de frenar también esta práctica para evitar que muchas empresas se beneficien de la futura reforma de la cotización de los autónomos que permitirá a éstos cotizar muy poco, o no [...]

27 diciembre 2018|

No se puede cambiar una cesta de Navidad por vacaciones

El Supremo se ha pronunciado de nuevo y reitera que la cesta de Navidad no puede suprimirse si se ha venido entregando de forma reiterada. Tampoco se puede cambiar por otro tipo de compensación.

El Supremo considera la cesta de Navidad como una condición más beneficiosa (C+B), para el empleado. Y como tal, pudiera convertirse en derecho adquirido. Éstos no pueden suprimirse unilateralmente por el empresario y son inatacables por las leyes o convenios colectivos posteriores a aquel durante cuya vigencia se configuraron.

No siempre resulta tarea sencilla determinar si nos hallamos en presencia de una condición más beneficiosa, pues es necesario analizar todos los factores y elementos para saber, en primer lugar, si existe la sucesión de actos o situaciones en la que se quiere basar el derecho, y en segundo lugar, si realmente es la voluntad de las partes, en este caso de la empresa, el origen de tales situaciones. De hecho, esta figura se fundamenta en el artículo 9.2 de la Ley de Contrato de Trabajo relativo a la validez del contrato.

Aquí se determina que si «el trabajador tuviera asignadas condiciones o retribuciones especiales en virtud de contraprestaciones establecidas en la parte no válida del contrato, el órgano de la jurisdicción social será el encargado del pronunciamiento sobre la subsistencia o supresión en todo o en parte de dichas condiciones o retribuciones». Y eso es lo que han dictado tanto el Tribunal Supremo como la Audiencia Nacional.

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21 diciembre 2018|

Trabajo aprobará subvenciones por 350 millones para formar a trabajadores ocupados

El Ministerio de Trabajo tiene previsto aprobar previsiblemente en el Consejo de Ministros del próximo viernes una convocatoria de subvenciones por valor de 350 millones de euros para formar a trabajadores ocupados, según ha anunciado hoy la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio.

Esta convocatoria, que acaba de ser aprobada en el patronato de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, tendrá como destinatarios las entidades y centros formativos acreditados, que solicitarán estas subvenciones en concurrencia competitiva. Esto es, una vez presentadas todas las solicitudes de estos centros –entre los que pueden estar entidades vinculadas a patronales y sindicatos—se evaluarán las ofertas formativas y se autorizarán las ayudas públicas.

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20 diciembre 2018|
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