Si está dado de alta como autónomo, seguramente habrá recibido más de una vez un email con el siguiente asunto: «Aviso de notificación en Sede Electrónica». La primera vez se habrá quedado con cara de póquer porque, al abrirlo, lo único que habrá encontrado es un mensaje en el que se le informa de que, en aplicación de una ley de 2015, se han puesto a su disposición notificaciones relacionadas con los procedimientos recaudatorios de la Seguridad Social. Pero sin que venga ningún adjunto, enlace, ni nada.
El desconcierto habrá sido mayor al leer en el segundo párrafo que, transcurridos 10 días naturales desde la recepción del mensaje sin que usted acceda a su contenido, la notificación se entenderá por efectuada.
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