Mantener una relación sentimental en el trabajo no puede ser un motivo de despido

¿Es motivo de despido comenzar una relación entre dos miembros de una misma empresa? ¿Podrían obligarme a cambiar de puesto de trabajo por empezar a salir con alguien que trabaje conmigo?

Son muchas las horas que pasamos en nuestro puesto de trabajo y por eso numerosas parejas se forman en el entorno laboral. Frente a esta situación surgen todo tipo de dudas legales y laborales: ¿puede ser motivo de despido? ¿podrían obligarme a cambiar de puesto de trabajo? ¿Existe alguna desventaja legal tener una relación sentimental con una persona de la empresa? En caso de tener hijos en común, ¿tendrían los mismos derechos que cualquier trabajador?

Para solucionar las dudas más habituales de los trabajadores que hayan empezado una relación sentimental en su lugar de trabajo, Legálitas ha respondido al siguiente cuestionario, que abarca la mayor parte de las problemáticas que se podrían dar en el ámbito laboral.

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6 noviembre 2019|

Si la empresa consiente el incumplimiento de las medidas de seguridad, el despido es nulo

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valladolid califica como nulo un despido porque determina que hubo consentimiento por parte de la empresa sobre el incumplimiento de las medidas de seguridad de una trabajadora, cuando realizaba unas maniobras con una carretilla elevadora.

Los accidentes laborales y el incumplimiento de las medidas de seguridad por parte de trabajadores configuran, en muchas ocasiones, temas de debate y análisis en los juzgados. Una sentencia reciente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Valladolid tiene, de nuevo, como foco esta materia: dicta que un despido es nulo cuando una empresa tolera que un trabajador incumple las medidas de seguridad requeridas en el desempeño de unas maniobras.

Los hechos ocurrieron el año pasado en un pequeño municipio leonés durante la jornada de trabajo de una empleada que manejaba una carretilla elevadora cargando una torre de palés, «permitiendo el paso de peatones durante durante la maniobra de carga, provocando un riesgo grave de accidente», según consta en la sentencia.

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4 noviembre 2019|

Guía para saber si su empresa le puede despedir por absentismo laboral

El Tribunal Constitucional ha avalado recientemente el despido de una trabajadora por absentismo laboral. El fallo califica de legal el despido objetivo, con la indemnización correspondiente, de un empleado que falte el 20% o más de días laborables al trabajo de forma justificada durante dos meses. Este pronunciamiento responde a una cuestión de constitucionalidad presentada por un juzgado barcelonés que dudó de la legalidad de esta modalidad de despido vigente desde la reforma laboral de 2012 aprobada por el PP.

El juzgado consideraba que esta norma podría ser contraria a los derechos a la integridad física (art. 15 de la Constitución), al trabajo (art. 35.1), y a la protección de la salud (art. 43.1) porque «establece una regulación del despido objetivo por causa de absentismo susceptible de condicionar el comportamiento de los trabajadores en perjuicio de sus derechos; pues ante el temor de perder su empleo, el trabajador puede sentirse compelido a acudir a trabajar pese a encontrarse enfermo, asumiendo así un sacrificio en absoluto exigible, que incluso podría complicar la evolución de su enfermedad».

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4 noviembre 2019|

La Inspección de Trabajo centrará su actuación en las plataformas digitales contra «los abusos de autónomos»

La Inspección de Trabajo centrará sus actuaciones en las nuevas modalidades de trabajo surgidas tras la irrupción en el mercado laboral de las plataformas digitales. «Esto es un movimiento global que ha llegado para quedarse», ha señalado Irene Marín Luego, subdirectora general para la coordinación de la Inspección del Sistema de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo. «Sin embargo, nos hemos encontrado con que estas plataformas han supuesto en muchos casos una merma en los derechos de los trabajadores», ha subrayado.

Marín Luengo ha participado en el Foro Legal de elEconomista Nuevas obligaciones y oportunidades laborales y mercantiles, con la colaboración de Grant Thornton. De este modo, ha destacado que las actuaciones de la Inspección de Trabajo se centrarán en los próximos meses en estas nuevas modalidades de trabajo. «Ya ha habido un incremento del empleo aflorado de un 500% en relación con el año 2018», ha manifestado respecto al Plan de Choque puesto en marcha por el Ministerio de Trabajo.

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31 octubre 2019|

Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2019-2022: acciones que afectan a autónomos

La Agencia Tributaria tiene marcada una hoja de ruta para los próximos años. Se trata de una serie de líneas de trabajo con los que pretende reforzar sus herramientas técnicas y su modelo de asistencia al usuario, así como también planea intensificar su lucha contra el fraude.

Estas líneas de trabajo han sido publicadas en un documento abierto que se presta a posibles modificaciones en función de las necesidades y prioridades del gobierno que se forme tras las elecciones del próximo 10 de noviembre.

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30 octubre 2019|

Hacienda perseguirá a los profesionales que se desgraven el colegio de sus hijos

Los inspectores detectan un aumento de contribuyentes que se deducen en sociedades profesionales los gastos del colegio de sus hijos.

Hacienda está sancionando a contribuyentes que se deducen en sociedades profesionales los gastos del colegio de sus hijos. Así lo planteó ayer el inspector Marcos Álvarez, en la inauguración del XXIX Congreso de Hacienda de la Organización de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE). Se trata de profesionales que alegan que sin el gasto que realizan en las cuotas de estos colegios, a menudo de élite, no podrían desempeñar su actividad.

Fuentes de la Inspección refrendaron ayer que estas deducciones se cuestionan siempre y en la mayoría de casos, se sancionan. Estos casos se están encontrando ahora «por decenas», añadieron. En principio, no se buscan, pero en los últimos tiempos son cada vez más habituales y llevan en ocasiones a realizar planes de inspección centrados en sociedades profesionales.

A estos casos se suman otros muy variados de deducciones que se imputan a la sociedad en gastos en ropa interior, gafas de sol, pantalones vaqueros e, incluso, operaciones de cirugía estética en caso de profesionales de medios de comunicación, añaden las mismas fuentes, que son también cuestionados y sancionados. Son conocidos ejemplos de pretensión de deducirse yates, coches y empleadas del hogar.

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25 octubre 2019|

Hacienda ultima para las empresas un borrador de IVA similar al del IRPF

El Ministerio de Hacienda en funciones ultima el diseño de un borrador de la declaración del impuesto del IVA que se facilitará a las empresas a fin de que cuenten con ventajas similares a las del contribuyente particular, para el que ya se genera un borrador de la declaración de IRPF.

La medida forma parte del plan estratégico de la Agencia Tributaria 2019-2022, según ha avanzado este jueves la ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero, en la inauguración del XXIX Congreso de Inspectores de Hacienda del Estado, celebrado en Zaragoza, y que se centra este año en el control de grandes patrimonios.

Montero ha especificado que el fisco ultima ya una experiencia piloto del borrador del IVA que deberí afacilitar a las compañías la declaración recurrente de este impuesto. El plan, según figura en un avance oficial del mismo, pasa por arrancar la experiencia con ciertas compañías ya integradas en el Sistema de Información Inmediata del impuesto, el SII.

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25 octubre 2019|

Indemnizaciones por despido, nuevo objetivo de la Agencia Tributaria

De acuerdo con la reciente resolución de los Tribunales, la Agencia Tributaria podrá reclamar la tributación de todas las indemnizaciones de hasta 180.000 euros que se hayan efectuado durante los últimos 4 años. Es decir, un contribuyente que haya recibido una indemnización promedio de 100.000 euros tributará como mínimo 35.000 euros aproximadamente dependiendo en que comunidad autónoma se encuentra.

La Ley establece una exención con un límite máximo de hasta 180.000 para las indemnizaciones que los trabajadores perciban como consecuencia de la extinción unilateral de la relación laboral. Según dichas resoluciones cualquier indemnización será sospechosa de ser un pacto y de tributar íntegramente. A partir de ahora, la AEAT haría tributar las indemnizaciones por despido basándose en ciertos indicios que pueden ser la edad, la antigüedad, etc.

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23 octubre 2019|

El Constitucional avala los despidos por absentismo laboral reiterado aunque esté justificado

El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado el despido por causas objetivas de los empleados que falten de manera intermitente al trabajo, aun por motivos justificados, siempre que acaben estando fuera de su puesto el 20% de las jornadas durante dos meses consecutivos.

Por 8 votos frente a 4, el TC ha desestimado una cuestión de inconstitucionalidad planteada por un Juzgado de lo Social de Barcelona, que consideró que la norma que permite despedir al trabajador que incurra repetidamente en absentismo laboral podría vulnerar los artículos 15 (derecho a la vida y a la integridad física y moral), 35.1 (derecho al trabajo) y 43.1 (deber de los poderes públicos de tutelar la salud pública) de la Constitución.

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22 octubre 2019|

El permiso retribuido por la muerte de un familiar empieza a contar al día siguiente

La doctrina jurisprudencial no es clara sobre el día en que deben empezar a computar los permisos retribuidos en caso de enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento de un familiar. Sin embargo, sobre este asunto se ha pronunciado el juzgado de lo Social nº 3 de Pamplona, que ha determinado que los días de permiso retribuido deben disfrutarse de forma íntegra pese a que se contemplen como días naturales y, por tanto, deben iniciarse siempre a partir del día siguiente al hecho causante.

La sentencia (que puede consultar aquí) estima la demanda del trabajador y reconoce su derecho a disfrutar el permiso retribuido por fallecimiento de su abuela el primer día laboral a partir del momento en que se produjo el óbito. Falleció en domingo y su nieto no acudió a su puesto de trabajo durante los dos días siguientes (lunes y martes).

Como la empresa en su propio convenio establecía que en supuestos de fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad se concedían dos días naturales, computó el domingo como uno de ellos y le descontó de la nómina mensual el martes que no trabajó (100,61 euros brutos). El trabajador, disconforme, acudió al juzgado para que le abonara la cantidad descontada porque considera que los permisos, exceptuando el de matrimonio, deben disfrutarse necesariamente en aquellos días en que existe una obligación de prestar servicios.

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21 octubre 2019|
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