Autónomos: la Seguridad Social eleva el límite para aplazar deudas sin garantía

La Seguridad Social ha elevado el límite para aplazar las deudas sin garantía. La medida se recoge en el Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, a través del cual se establece que no es necesario constituir garantías para aplazar el pago de deudas cuando estas sean iguales o menores a 150.000 euros. La medida está en vigor desde el 10 de abril.

Además de eso, la Seguridad Social establece que si la deuda es inferior a 250.000 euros, se puede acordar el ingreso de al menos un tercio de la deuda antes de que hayan pasado diez días desde la notificación de la concesión de la misma y en los dos años siguientes. Las cantidades pueden modificarse mediante una resolución del Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social.

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16 abril 2020|

El SEPE incluirá de oficio los hijos en las prestaciones por ERTE cuando termine de reconocer estas ayudas

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el encargado de reconocer las prestaciones por desempleo que se otorgan a los trabajadores afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE). La cuantía de estas prestaciones es del 70% de la base reguladora del trabajador (durante los primeros seis meses), pero tiene unas cuantías mínimas y máximas, que varían en ambos casos en función de si el beneficiario tiene hijos o no.

Concretamente, la cuantía mínima sin hijos a cargo es de 501,98 euros mensuales y, si se tiene uno o más hijos, esa cantidad aumenta a 671,40 euros al mes. Mientras que la prestación máxima es, sin hijos, de 1.098,09 euros al mes; con un hijo a cargo, 1.254,96 euros mensuales y con dos o más hijos asciende a 1.411,83 euros.

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16 abril 2020|

Los ERTE se podrán renovar pero no con las condiciones del estado de alarma

A pesar de que los expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE) por fuerza mayor provocada por el coronavirus gustaron en las patronales por las ventajas que suponen, la condición de que se hayan circunscrito exclusivamente al estado de alarma y que el empleador esté obligado a recuperar a todos los trabajadores y a no poder despedir a ninguno de ellos al menos durante seis meses ya no tanto.

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8 abril 2020|

Cuatro de cada cinco trabajadores de los ERTE no cobrarán hasta mayo

Fuentes del Ministerio de Trabajo confirman a elEconomista que aquellos trabajadores afectados por un ERTE cuya solicitud de la prestación no haya entrado en el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) antes de que acabase marzo, tendrán que esperar hasta finales de este abril o principios de mayo para recibir su primera paga de desempleo. Aunque, gracias a un acuerdo con las entidades bancarias, no tendrán que demorarse hasta el 10 de mayo, día del abono de las prestaciones correspondiente al presente mes de abril.

Aunque no hay cifra de cuántos trabajadores no cobrarán ahora su prestación por desempleo correspondiente a los días de marzo amparados por ERTE, el jueves 2 de abril, durante la presentación de los datos del paro correspondientes al mes de marzo, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz adelantó que se habían registrado en el SEPE 620.000 trabajadores incluidos en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).

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8 abril 2020|

El Gobierno aclara que los autónomos sí pueden trabajar pese al endurecimiento del estado de alarma

Tras el caos de confusión generado a última hora del domingo con la publicación en el BOE del decreto donde se endurecía aún más el estado de alarma, el Gobierno se vio obligado ayer a aclarar varias cuestiones mediante una publicación, otra vez por la noche, en el BOE. La primera es que los autónomos pueden seguir trabajando pese a las mayores restricciones establecidas. No son considerados trabajadores por cuenta ajena y, por tanto, no tienen por qué cesar su actividad, a no ser que su facturación haya caído al menos un 75% por el coronavirus o que su negocio sea uno de los suspendidos en el decreto publicado el 14 de marzo, como por ejemplo la hostelería. Tampoco pueden acogerse al permiso retribuido recuperable. La paradoja es que si estos autónomos tienen algún empleado a su disposición, estos sí tienen que parar de trabajar.

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31 marzo 2020|

Las empresas deberán entregar un certificado a los empleados que pueden seguir trabajando

El Ministerio de Sanidad va a aprobar una orden que recogerá el derecho de los trabajadores a recibir una declaración responsable por parte de su empresa que permita su identificación como personal que no debe someterse al permiso retribuido recogido en el real decreto que prohíbe la actividad económica no esencial.

Así lo anunció el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, en una rueda de prensa en Moncloa, donde explicó que dicho documento permitirá a los trabajadores que se puedan desplazar justificar su movilidad.

En concreto, en virtud de una Orden Ministerial que aprobará Sanidad, se reconocerá el derecho del trabajador de servicios esenciales a contar con esta «declaración responsable» que le facilite su empresa o empleador.

Esta declaración certificará que el trabajador no está incluido en el supuesto del permiso de retribuido recuperable aprobado por el Gobierno y «permitirá justificar y facilitar su movilidad y desplazamiento» a su puesto de trabajo, según detalló Ábalos.

Además, este documento «facilitará» la labor que el Ejército y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado realizan para controlar los movimientos de la población.

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31 marzo 2020|

El Gobierno aprobará una moratoria de cotizaciones para autónomos y pymes

El Gobierno prepara una moratoria en el pago de cotizaciones de autónomos y pymes que será estudiada en el Consejo de Ministros que se celebrará este martes. Así lo ha confirmado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una entrevista televisiva. Economía ya habría dado su visto bueno a esta medida. Queda ahora la articulación de ésta, en manos del titular de Seguridad Social, José Luis Escrivá, que calculará el impacto en la tesorería de la caja común. La medida puede ser, incluso, aprobada con carácter de urgencia.

«Hoy vais a conocer cómo hay muchísimas medidas, como moratorias en las cuotas sociales», que muestran cómo el Gobierno «empatiza con un sector hiperrelevante de la economía» y soluciona «la vida también de estos trabajadores», ha dicho Díaz, que no ha aportado más detalles.

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31 marzo 2020|

Las empresas con ERTE no tendrán que dar permiso retribuido

El permiso regulado en el real decreto-ley que ha aprobado este domingo el Gobierno es de aplicación obligatoria a todos los trabajadores que prestan servicios en aquellas empresas que no desarrollan actividades que sean esenciales. Sin embargo, no resultará de aplicación por parte de las empresas cuando estén aplicando o soliciten un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), según la norma.

Según el Gobierno, los ERTE permiten igualmente «dar una respuesta adecuada a la necesidad de restringir aún más la movilidad de las personas».

Eso sí, las empresas que, en su caso, solo hayan reducido un porcentaje de la actividad, con la tramitación del correspondiente ERTE de reducción de jornada de las personas trabajadoras, podrán compatibilizar ambas medidas.

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30 marzo 2020|

Los teletrabajadores no tendrán derecho al permiso retribuido recuperable

Las empresas que funcionen mediante el teletrabajo no se verán afectadas por el parón de actividad decretado por el Gobierno, según el cual no pueden acudir a su trabajo los empleados de las actividades consideradas no esenciales.

El texto del decreto permite amplias excepciones y entre ellas está la de las personas que realicen teletrabajo.

Así, según la norma ya publicada en el BOE, el permiso retribuido recuperable no afectará a «las personas trabajadoras que puedan seguir desempeñando su actividad con normalidad mediante teletrabajo o cualquiera de las modalidades no presenciales de prestación de servicios».

El cese de actividad y el permiso retribuido tampoco afecta a «las personas trabajadoras que se encuentran de baja por incapacidad temporal o cuyo contrato esté suspendido por otras causas legalmente previstas»..

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30 marzo 2020|

Así funciona el nuevo permiso pagado y recuperable: para quién es y cómo se aplica

El Gobierno dio ayer un paso más para impedir la movilidad de las personas en un intento desesperado de frenar los contagios por coronavirus. El objetivo del Gobierno, es tratar que la movilidad de los ciudadanos sea durante los próximos quince días sea parecida la de un domingo, explicó ayer la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Para ello el Gobierno aprobó un “permiso laboral retribuido y recuperable” de nueva creación (ex novo), que disfrutarán todos los trabajadores cuyas empresas aún siguieran en activo y no formen parte de los servicios esenciales. Estos son los detalles del nuevo permiso:

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30 marzo 2020|
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