Renta 2017: ¿Hay que tributar por una indemnización por despido?

Si fue despedido en 2017 debe tener en cuenta a la hora de elaborar su declaración de IRPF. A continuación, analizamos si debe o no tributar por la indemnización.
Por ejemplo, un director comercial recibe una indemnización por despido de 60.000 euros, habiéndose producido el cese a primeros de marzo de 2017. ¿Debe tributar por dicha indemnización?

La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) explica que no tendrá que tributar por la indemnización percibida al estar ésta exenta por no superar el límite máximo de 180.000 euros establecido en la ley, siempre y cuando el importe percibido no supere a su vez los límites establecidos por el Estatuto de los trabajadores según los años trabajados y la cuantía de su salario.

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9 mayo 2018|

Obligaciones que marca Hacienda para el alta en el Censo de Empresarios

Cualquier persona que vaya a realizar una actividad profesional o empresarial deberá darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Esto incluye a aquellos que se dediquen a la producción o distribución de bienes o servicios, comercio, actividades de artesanía, agrícolas, forestales, ganaderas, pesqueras, de construcción, mineras y el ejercicio de profesiones liberales y artísticas. Antes de iniciar la operación, es preciso solicitar la inscripción en el censo, tal y como dicta la Agencia Tributaria en todos los siguientes casos:

Personas o entidades que vayan a realizar una actividad profesional o empresarial. Es decir, autónomos y empresarios.
Las sociedades mercantiles.
Los socios, herederos, comunero o integrante de entidades en régimen de atribución de rentas, cuando se desarrollen actividades profesionales y tengan obligaciones tributarias derivadas de su condición de miembros de dichas entidades.
Aquellos que realicen adquisiciones de bienes intracomunitarias, que estén sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y no actúen como empresarios o profesionales.
Los que abonen rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta.
Personas o empresas no residentes en España, pero que actúen dentro del territorio a través de un establecimiento permanente o realicen la retención o el ingreso a cuenta en nuestro país. Incluso aquellas en las que la atribución de rentas se realiza en el extranjero, pero tienen presencia en territorio español.
Entidades o empresas que no están establecidas dentro de la aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), cuando sean sujetos pasivos de dicho impuesto.

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8 mayo 2018|

Estudiante internacional: ¿en qué país tiene su residencia fiscal?

Una persona física de nacionalidad alemana y residente en Austria, pretende estudiar dos cursos académicos en España. Para ello, dispondrá de una vivienda en éste país, así como la que posee su familia en Austria. Además, es titular de participaciones en dos sociedades austriacas, de las que puede obtener dividendos, de los que no puede disponer libremente por su minoría de edad y por pactos contractuales.

Ante la duda sobre su tributación, eleva una consulta ante la DGT cuestionando su residencia fiscal durante los dos cursos académicos.

La Administración, en su contestación parte de la consideración de que el consultante es residente fiscal en España, por permanecer en este país más de 183 días durante el año natural.

Sin embargo, la Administración Tributaria Austriaca también le ha considerado residente fiscal en este país.

Para solucionar este conflicto de residencia, se hace preciso acudir al Convenio entre España y la República de Austria, que establece que cuando una persona sea residente de los dos países, debe entenderse residente del Estado donde tenga una vivienda permanente a su disposición. Si tiene una vivienda permanente en ambos estados, se debe acudir al criterio del centro de intereses vitales.

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7 mayo 2018|

Renta 2017: ¿En qué comunidad autónoma se debe declarar la residencia habitual?

A continuación, algunas claves sobre cómo incluir en la declaración de la Renta 2017 la vivienda habitual.
Cuando tenga su residencia habitual en el territorio español de acuerdo con la normativa del IRPF. Esto es así cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias: que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español o que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, directa o indirectamente.

Se considera que es residente en la Comunidad Autónoma en la que permanezca el mayor número de días del año y presumiéndose, salvo prueba en contrario, que el particular permanece en la Comunidad Autónoma en la que se encuentre su vivienda habitual. Si no fuera posible determinar el lugar de residencia por el criterio de permanencia, se tendrá en cuenta la localización de su principal centro de intereses. Por último, en defecto de los anteriores criterios, se considerará residente en la Comunidad de su última residencia declarada a efectos del IRPF.

La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) afirma que no hay que olvidar que, en el supuesto de que se presuma su residencia fiscal en España por derivación de la residencia de su cónyuge e hijos menores a cargo, se entenderá residente en la Comunidad Autónoma en la que éstos residan.

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3 mayo 2018|

Regalar entradas para el fútbol no es gratis para Hacienda

Las invitaciones gratuitas que se entregan para asistir a espectáculos deportivos están sujetas al IRPF o al IVA según el destinatario. En algunos casos no tributan, como desglosa un informe de DA Lawyers.
El regalo de entradas para cualquier espectáculo deportivo a trabajadores, jugadores, al equipo visitante, las entregadas por protocolo o las que llegan a los patrocinadores pueden no ser tan gratuitas como parecen. Estas «entradas de cortesía», con independencia del deporte para el que se regalen, también están bajo el ojo de Hacienda.

Es el centro del estudio que ha realizado el departamento de derecho deportivo de DA Lawyers para EXPANSIÓN. «En la prudencia de prevenir la comisión de delitos penales en las sociedades anónimas deportivas o clubes, pueden surgir dudas sobre cómo tributar en una operación habitual en todos los partidos», alertan Ángel Chavarría, socio de DA Lawyers, y Alexander Guede, abogado de la misma firma.

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3 mayo 2018|

Montoro planteará nuevos impuestos para pagar la subida de las pensiones

El Gobierno prevé «nuevas figuras tributarias» para compensar el coste de la subida de las pensiones de los próximos dos años, que asciende a 4.800 millones de euros. El Programa de Estabilidad 2018-2012 remitido a Bruselas en la noche del 30 de abril habla de nuevos impuestos, en plural. Es decir, que a la ya anunciada tasa digital se sumarían otros tributos para recaudar, en conjunto, un total de 2.100 millones de euros entre este año y 2019.

El Plan de Estabilidad del Ejecutivo apenas concreta mucho más de esas «nuevas figuras tributarias». Sí hace referencia a que será una fiscalidad indirecta, es decir, que recaerá sobre el consumo, y que se planteará en el marco del Pacto de Toledo y dentro de «iniciativas tributaria europeas».

Fuentes de Hacienda consultadas señalan que, «de momento, sólo se trabaja en la puesta en marcha de este impuesto a las digitales». Sin embargo, queda por justificar de dónde saldrá un ingreso adicional de 900 millones de euros en el próximo ejercicio. El programa remitido a Bruselas recoge que el nuevo impuesto sobre las digitales «permitirá obtener una recaudación adicional de 600 millones de euros anuales». Mientras que para este año el incremento de recaudación previsto corresponde a esos 600 millones de euros, para 2018 la previsión se eleva a 1.500. Es decir, 900 millones más que se obtendrían de esas «nuevas figuras tributarias».

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2 mayo 2018|

La recaudación por IRPF sube un 6,4% y alimenta el optimismo de Hacienda

El Ministerio de Hacienda ha informado hoy de que el déficit público del Estado se situó en 4.459 millones en el primer trimestre del año, un 14,3% menos que el año pasado. Una mejora que ha sido posible por la mejora de la recaudación tributaria y especialmente del IRPF. El principal tributo del sistema fiscal aportó a las arcas públicas hasta marzo 21.277 millones, un 6,4% más. Un crecimiento que va en línea con las previsiones presupuestarias.

No sucede lo mismo en el IVA, cuya recaudación aumentó un 2,8% hasta marzo y se quedó en 19.101 millones. Hacienda señala que, si se descuenta el efecto de la puesta en marcha del Suministro Inmediato de Información (SII), la recaudación avanza un 4,2% y, en términos homogéneos, un 3,6%. Cualquier de estas tres cifras refleja una evolución peor de la prevista.

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27 abril 2018|

El administrador tendrá más margen para batallar con Hacienda

La deuda pendiente de la Agencia Tributaria asciende a 42.365 millones de euros. Cobrar esa inmensa bolsa de pasivo es una de las principales tareas de Hacienda. Para hacerlo, la Administración utiliza diversos instrumentos y uno de ellos es la derivación de responsabilidad que contemplan los artículos 42 y 43 de la Ley General Tributaria. Se trata de una figura que permite, por ejemplo, reclamar deudas de una sociedad de forma subsidiaria a los administradores de las mismas.

Ahora, una sentencia del Tribunal Supremo ha dado a este tipo de profesionales más herramientas para defenderse ante el fisco. Así lo explica el socio del despacho Ático Jurídico, José María Salcedo, que señala que los administradores tendrán mayores posibilidades para recurrir la derivación de responsabilidad. Lo que sucedía hasta ahora era que Hacienda y la Audiencia Nacional entendían que los administradores, al recurrir la derivación de responsabilidad, no podían impugnar la liquidación que originó la deuda, si cuando estaban al frente de la compañía tuvieron conocimiento de la actuación de Hacienda contra el deudor principal. “Esto es lo que ocurre en el caso de los administradores de sociedades, que no solo conocen las actuaciones de comprobación seguidas contra la sociedad, sino que pueden intervenir en nombre de la misma para plantear los recursos oportunos”, señala Salcedo. Y aclara que ello significa que “el administrador solo podría recurrir el propio acuerdo de derivación de responsabilidad, es decir, su propia consideración como responsable y no las liquidaciones de las que trae a causa la derivación de responsabilidad”.

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26 abril 2018|

El fraude carrusel de IVA. El enemigo número 2 del pequeño comercio

En 2017 se perdieron 36 comerciantes autónomos al día, lo que implica un descenso del número de profesionales por cuenta propia en todas las comunidades autónomas. El año se cerró con 13.315 bajas, según informes publicados por la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA).

Evidentemente, este hecho se produce como consecuencia de una crisis económica de la que aún no han salido muchos comerciantes españoles. No obstante, se ha producido un ligero aumento de las ventas. En concreto, 2017 se cerró con un 1,2% más de ventas que en 2016, tal y como afirma el Instituto Nacional de Estadística (INE).

El pequeño comercio creció un 0,2%, a pesar de un brusco descenso de las ventas en diciembre (1,6%). ¿Cuáles son las causas de este paulatino decaimiento del que no parece levantarse del todo? La digitalización y los cambios en los hábitos de consumo derivados del uso de Internet han influido. Esas mismas asociaciones y diferentes expertos concluyen que la competencia de grandes market place y del comercio electrónico son el principal enemigo de las ventas en pequeños establecimientos físicos. Pero hay más.

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23 abril 2018|

Hacienda amplía las inspecciones a grandes patrimonios

Anuncia que en 2018 se intensifica el «control reforzado para grandes patrimonios». La AEAT prevé realizar este año 681.972 actuaciones de control selectivo e investigación.

El director de la Agencia Tributaria (AEAT), Santiago Menéndez, anunció ayer que este año habrá más controles sobre grandes patrimonios e instó a no demonizarlos. En su comparecencia en la Comisión de Presupuestos, Menéndez avanzó que en 2018 «se ampliará el número de contribuyentes para inspección» en el grupo de grandes patrimonios y se tendrá especialmente en cuenta los perfiles con más «supuestos de opacidad o deslocalización». En la Ley de Presupuestos de 2018, se prevé que la AEAT realice este año 681.972 actuaciones de control selectivo e investigación frente a 675.220 que desarrolló el año pasado.

Las actuaciones de control selectivo e investigación, que incluyen a los grandes contribuyentes, tienen por finalidad detectar y regularizar los incumplimientos más complejos, así como perseguir las formas más sofisticadas de fraude. Menéndez concretó que la inspección a grandes contribuyentes ha supuesto una cuota liquidada de 333 millones en 2017. El director de la AEAT explicó que se intensifica el «control reforzado para grandes patrimonios», a su juicio, «un colectivo con seguimiento continuado y especializado», al que ahora se vigila a través de una nueva herramienta informática que puede estimar su verdadero patrimonio personal, familiar y empresarial y determinar lo que les corresponda de entramados.

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20 abril 2018|
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