El IPC cierra 2018 en el 1,2 % tras la moderación de final del año

Se confirma la moderación de precios de final de año. El índice de precios de consumo (IPC) ha cerrado 2018 en el 1,2% interanual, tras haberse frenado en más de un punto en noviembre y diciembre.

El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha confirmado hoy el dato de la inflación de diciembre pasado, que es cinco décimas inferior al de noviembre como consecuencia de la bajada de los precios de los carburantes, sobre todo del gasóleo y la gasolina.

Aparte del transporte, han contribuido en el hundimiento de los precios la vivienda, debido al abaramiento del gasóleo para calefacción y los hoteles y restaurantes, a causa de la disminución de los precios de los servicios de alojamiento, que aumentaron en diciembre de 2017.

Aunque la inflación interanual prácticamente se ha reducido a la mitad en los dos últimos meses del año (desde el 2,3% de octubre), el cierre de 2018 en el 1,2% supone una décima más respecto al cierre de 2017 (1,1%).

La tasa de la inflación subyacente (el indicador sin alimentos frescos ni energía) se ha mantenido en el 0,9%, con lo que se sitúa tres décimas por debajo de la del IPC general. Encadena así 65 meses por debajo del 2%.

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16 enero 2019|

Una autónoma también puede cobrar lo pagado de más en el IRPF por maternidad

Las trabajadoras autónomas que hayan sido madres también pueden solicitar la devolución del IRPF pagado de más durante su permiso por maternidad. Ante esta medida promovida por el Ministerio de Trabajo a petición de las diferentes asociaciones del colectivo, han surgido numerosas dudas, siendo el funcionamiento de esa solicitud la que más consultas ha desatado.

En Territorio Pyme nos hemos puesto en contacto con los especialistas del portal El asesor online, quienes reclaman más sencillez con el formulario que ha sacado la administración tributaria. Con el fin de facilitar el proceso, repasamos con ellos los pasos que hay que dar para obtener la devolución.

Pasos a seguir

El primer paso es entrar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y clicar sobre la pestaña ‘Devolución Maternidad/Paternidad’. Una vez ahí, el usuario deberá incorporar varios datos. Podrá entrar con certificado digital o insertar el número de referencia de presentación de la renta del 2017. Si se opta por acceder con certificado digital se deberá poner el año del que se solicita la devolución y el número de cuenta donde se quiere recibir el dinero.

“Las devoluciones para los años 2014 y 2015 se habilitaron antes del pasado 31 de diciembre, y a partir del 1 de enero se pueden pedir todas”, indica el experto.

Además, explica que si un padre o una madre ha cobrado la paternidad o la maternidad en dos años diferentes, por nacer el hijo a final de año o porque en ese periodo tuvo más de un hijo, el usuario tendrá que marcar todos los años en los que cobró la misma.

Con todo ello, no será necesario coger la calculadora ni realizar nuevas declaraciones de la Renta. “Una vez solicitado, Hacienda automáticamente te enviará el [...]

16 enero 2019|

Hacienda eleva un punto la presión fiscal a costa de grandes empresas y rentas altas

“No podemos aspirar a un Estado del bienestar de primera con unos ingresos de tercera”, defendió este lunes la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, tras entregar una copia del proyecto de Presupuestos Generales del Estado a la presidenta del Congreso, Ana Pastor. El objetivo del Ejecutivo, expuso la ministra, es elevar progresivamente la presión fiscal española, actualmente en el 34,5%, para acercarla al 41,4% que rige de media en la UE. Como primer paso, anunció, la reforma fiscal que incluyen sus cuentas de 2019 aumentará el esfuerzo tributario en un punto, hasta el 35,5%, a costa de elevar el gravamen a las grandes empresas y las rentas más altas. Un paso, subrayó, que se da “sin subir impuestos a las clases medias, a los trabajadores, a los autónomos ni a las pymes”.

Hacienda prevé que la recaudación tributaria de 2019 se incremente en 20.000 millones de euros, un 9,5% frente al cierre de 2018, hasta los 227.356 millones. La diferencia sería del 7,3% sin contar con el efecto del nuevo sistema automático de información (SII) del IVA, que ha ido retrasando un mes la liquidación del impuesto. De hecho, este efecto aportará 5.000 millones adicionales al Estado este año, de los que la mitad irá a compensar a las comunidades por los ingresos perdidos en 2017 y el resto será aprovechado por el Gobierno para compensar la tardía entrada en vigor, en el mejor de los casos, de sus nuevas figuras tributarias. Para evitar que esto siga ocurriendo, el Ministerio cerrará 10 días antes la liquidación del IVA de diciembre este año para computarlo en el mismo año fiscal.PUBLICIDAD

En todo caso, este ambicioso incremento de la recaudación solo obtendrá 5.654 millones de las modificaciones [...]

16 enero 2019|

Hacienda no puede exigir a los empleados la prueba de las dietas y demás gastos de desplazamiento

De unos años a esta parte la Administración ha regularizado la situación tributaria de muchos contribuyentes, empleados por cuenta ajena, denegando la exención de las dietas por desplazamiento y gastos manutención generados en el desarrollo de sus funciones.

Dichas dietas se declaran exceptuadas de tributación pues se trata de pagos que realiza el empleador al trabajador para compensarle desembolsos previos que éste ha realizado como consecuencia de desplazamientos fuera del municipio, en el desarrollo de las funciones que se le encomiendan.

Para ello, tanto la Ley como el Reglamento del IRPF, establecen unos importes mínimos por debajo de los cuales el empleado no tiene que tributar. La calificación de tales pagos como dietas corresponde al empleador que los excluirá a efectos de practicar las correspondientes retenciones y los declarará en el certificado de retribuciones que, finalmente será utilizado por el empleado para rellenar su declaración de la renta.

Por esa razón, el art. 9 del Reglamento del IRPF impone, únicamente al empresario, la obligación de probar el desplazamiento del empleado y su motivo.

Pues bien, la Administración lanzó un plan de control contra los empleados, en el que les exigía que justificaran todos y cada uno de los desplazamientos que hubieran realizado en los últimos cinco años, acreditando el lugar y motivo del desplazamiento, por supuesto, no considerando suficiente prueba el certificado emitido por la empresa.

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11 enero 2019|

Qué es y qué autónomos están obligados a presentar el modelo 115

¿Cómo declarar a Hacienda el alquiler del negocio? Para ello el empresario deberá presentar el modelo 115 ante la Agencia Tributaria. Según explican desde la propia web de Hacienda, se trata de un modelo a través del cual se declaran las rentas por alquiler que se han abonado durante cada trimestre.

Deberán presentar el modelo 115 los autónomos y pymes que hayan firmado un contrato de alquiler como inquilinos de una oficina o local para el desarrollo de su actividad empresarial.

Sin embargo, existen determinadas exenciones como el caso de una empresa que alquila y paga una vivienda para un trabajador, cuando el importe anual del alquiler no es superior a 900 euros, si el propietario esté dado de alta en el epígrafe 861 de la sección 1ª del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y su cuota no sea cero. Es decir, se trata de casos en los que el arrendador se dedica al alquiler de viviendas, locales industriales y otros alquileres y, por último, en los casos de arrendamientos financiero o leasing.

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11 enero 2019|

El directivo despedido debe ser indemnizado aunque la cuantía no conste en los estatutos

Las sociedades tienen que indemnizar a los directivos despedidos, incluso en los casos en que la cuantía no se haya fijado en los estatutos, si así lo ha acordado la junta. Así lo determina el Tribunal Supremo en una reciente sentencia en la que rechaza, como alegó la empresa condenada, que la falta de previsión estatutaria de dicha compensación permita el cese gratuito del consejero.

Los magistrados consideran un “abuso de formalidad que no puede ser aceptado” el hecho de que la sociedad intente apartarse de lo decidido de forma unánime por sus socios, acogiéndose a la falta de plasmación o concreción de dicho acuerdo en los estatutos.

En el caso enjuiciado, el directivo cesado desempeñaba su labor como administrador único y gerente de una sociedad limitada de accionariado familiar.

Los estatutos sociales fijaban un sistema de remuneración para los administradores sociales y, además, determinaban que la junta fijaría la retribución de aquellos que, además, ejercieran funciones gerenciales. El acuerdo adoptado por la junta no solo fijaba la retribución anual del demandante, sino también una indemnización en caso de cese.

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11 enero 2019|

La mala situación de la empresa no le exime de pagar a la Seguridad Social

El Tribunal Supremo determina que una mala situación económica no exime a las empresas de su obligación de pagar las cuotas a la Seguridad Social de sus trabajadores. Así lo establece en una sentencia por la que condena a una compañía que alegó que sufría un momento que crisis tal, que debía considerarse como una causa de “fuerza mayor” que, de acuerdo con la ley, justificara la exención del abono de dichas cantidades (y de las consecuentes sanciones).

El alto tribunal argumenta que las dificultades económicas no pueden equipararse con una situación extraordinaria que justifique los impagos, como sí lo es, en cambio, la declaración concursal. Asimismo, expone la resolución, la compañía también podría haber presentado una solicitud previa de aplazamiento.

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11 enero 2019|

Derechos digitales en el trabajo

Vigilar mediante cámaras o grabadoras a los trabajadores, controlar el uso privado de los medios informáticos que se utilizan en la empresa o conectar con el trabajador fuera del horario laboral constituye una realidad, no siempre pacífica. La nueva Ley Orgánica de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales dedica una serie de preceptos (artículos 87 a 91) a regular los derechos derivados de las nuevas tecnologías en el trabajo.

En ellos se dispone todo lo necesario para garantizar el derecho a la intimidad frente a estos dispositivos -incluyendo mecanismos de videovigilancia, grabación de voz o sistemas de geolocalización-, el derecho a la desconexión laboral o el papel de la negociación colectiva en esta materia.

La relación laboral viene siendo especialmente sensible a la dificultad que supone el equilibrio entre la libre organización empresarial y los derechos de los trabajadores en cuanto tales y como ciudadanos. Ejemplo manifiesto es la intimidad del trabajador. El empleador -término que utiliza esta nueva norma con mayor corrección que la de empresario, quien puede no tener empleados – podrá acceder a los contenidos derivados del uso de medios digitales facilitados a los trabajadores, si bien para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la relación laboral.

A fin de evitar conflictos, deberán establecerse criterios o protocolos de utilización de los dispositivos digitales en la empresa siempre con la participación de los representantes de los trabajadores que, ahora, no sólo deberán ser “informados” sino “consultados”. Habrán de ser conocidos por los trabajadores, especialmente si el empleador permite el uso de los medios digitales para fines privados.

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9 enero 2019|

El empresario puede retractarse del despido antes de la fecha fijada en la carta

Es legítimo que el empresario se retracte del despido antes de la fecha final fijada en la carta. Así lo determina el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana en una sentencia (accede aquí al texto íntegro) en la que considera que el tiempo de preaviso es una advertencia de que próximamente se va a rescindir el contrato.  

En el caso examinado, la empresa mandó una carta al trabajador comunicándole su próximo despido por causas económicas y organizativas, abonando la indemnización por adelantado. Antes de vencer el plazo, la compañía rectificó su decisión, comunicándosela al empleado, por escrito y verbalmente.No obstante,éste se negó a aceptar las nuevas condiciones y dejó de acudir a su puesto tras la fecha fijada.

En este sentido, el TSJ apunta que «la retractación empresarial producida antes de que el despido se hace efectivo es válida y produce como efecto principal el de que el contrato no llegue a extinguirse». Es decir, que sigue vivo hasta que llega la fecha prevista para su efectividad, como así se indica en el Estatuto de los Trabajadores.

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9 enero 2019|

La Campaña de la Renta de 2018 comenzará el próximo 2 de abril y acabará el 1 de julio

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2018 comenzará el próximo día 2 de abril para la presentación por Internet y por teléfono, y se prolongará hasta el día 1 de julio, según el calendario del contribuyente elaborado por la Agencia Tributaria. Estas son todas las fechas clave:

1 de abril

Aquellos contribuyentes que prefieran que sea la Agencia Tributaria la que les llame para la presentación de su declaración, pueden concertar cita previa, a partir del 1 de abril, por Internet y en los siguientes números de teléfono: 901 12 12 24 / 91 535 73 26 o 901 22 33 44 / 91 553 00 71.

2 de abril

El 2 de abril arranca la campaña para la presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2018, así como para aquellos contribuyentes que deseen realizar por teléfono la declaración de Renta.

14 de mayo

Los que opten por la presentación presencial en entidades colaboradoras, comunidades autónomas y oficinas de la AEAT de la declaración anual de Renta 2018 está prevista que se pueda realizar a partir del 14 de mayo.

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9 enero 2019|
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