Amazon busca autónomos en España para repartir paquetes a 14 euros la hora

Amazon busca repartidores autónomos en España para lanzar Amazon Flex, un servicio de logística capilar conrepartidores a tiempo parcial con el que la compañía busca ofrecer un reparto más rápido de sus paquetes. El proyecto se estrenó en EEUU y ya funciona en Reino Unido, Alemania y Singapur, con lo que España sería el quinto país donde estaría operativo. Para ello, la multinacional ha habilitado una página web en la que informa del proyecto y ofrece a los autónomos locales “una vía para ampliar sus ingresos” colaborando como repartidores de paquetería. La empresa ofrece 28 euros por cada bloque de dos horas.

En una nota oficial, Amazon aseguró ayer estar encantada de traer su “innovador” programa Amazon Flex a España. “El programa ofrece a los participantes la oportunidad de descargar la aplicación Amazon Flex, ser evaluados y comenzar a entregar nuestros paquetes como socios de entrega independientes utilizando la tecnología de Amazon para apoyar sus servicios de entrega”.

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28 noviembre 2017|

La mayoría de pymes desconocen los cambios en Protección de Datos

La privacidad de la información sobre clientes y empleados es un factor que las empresas han de cuidar para asegurar la confianza y evitar ataques informáticos que puedan secuestrar o filtrar esa información. Con la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en mayo de 2018, la necesidad de mantener la privacidad se convertirá en una obligación y cualquier infracción podría ser multada con hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual del negocio.
Pero la realidad revela que estas sanciones no son suficientes para promover la adaptación, ya que un 70% de compañías europeas asegura que no logrará cumplir a tiempo con la normativa, según un informe de la entidad especializada en almacenamiento y procesamiento de datos NetApp Iberia.
Esta normativa también se aplica a la pequeña y mediana empresa que, ante el nuevo cambio de paradigma, se ha de adecuar con cierta rapidez a las nuevas exigencias. Entre ellas, destacan la obligación de informar sobre posibles infracciones o ataques y el nombramiento de un delegado de protección de datos en aquellas compañías que manejen datos sensibles o bases de información periódicas.

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27 noviembre 2017|

Se puede espiar el GPS del móvil para despedir a un empleado

El TSJ de Asturias ha avalado el despido de un comercial que fue sorprendido cobrando dietas cuando, en realidad, estaba en su casa. La empresa lo descubrió monitorizando la ubicación de su tablet.

Irse a casa a descansar en horario laboral mientras en la empresa creen que se está visitando a clientes es una falta grave, pero si además se cobran dietas para simular que se está trabajando, es motivo de despido. Una situación similar fue lo que descubrió una empresa gracias a los datos del GPS de la tablet que utilizaba en sus rutas un comercial. Y la Justicia ha avalado que se utilizaran estos datos para monitorizar la actividad del empleado y demostrar que estaba violando la buena fe contractual.

El caso se remonta a noviembre de 2015, cuando el comercial recibió una comunicación de la compañía avisando de que había detectado «un incumplimiento reiterado y sistemático de su jornada laboral», además de un «grave fraude» por pasar dietas de comida cuando en realidad estaba en su domicilio. La compañía cedió pasar por alto estos hechos, confiando en que el trabajador modificaría su actitud y sólo le obligó a devolver las dietas cobradas irregularmente. Sin embargo, el comercial hizo caso omiso de las advertencias y, finalmente, fue despedido.

Ahora, ha sido el TSJ de Asturias el que ha avalado la decisión de la compañía. La sentencia «establece un precedente importante para empresas con una gran fuerza de ventas dispersa geográficamente desde el punto de vista del control de los incumplimientos. En este caso, se considera válida la geolocalización vía GPS como fuente de información», explica David Díaz, socio responsable de laboral de Baker McKenzie.

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27 noviembre 2017|

El Supremo reduce los costes del despido de un trabajador en excedencia

Una reciente sentencia del Tribunal Supremoha establecido que el despido de un empleado que ha rechazado reincorporarse a un puesto en una localidad distinta, tras una excedencia voluntaria, es improcedente. En consecuencia, si la empresa decide extinguir su contrato deberá pagarle la indemnización correspondiente al despido improcedente, pero no tendrá que abonarle los salarios de tramitación puesto que el empleado había rechazado la propuesta de la empresa por lo que no se había reincorporado a la empresa.

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27 noviembre 2017|

Un juez concede la incapacidad a una mujer con esquizofrenia a la que se le denegó la baja

Un juez de Barcelona ha concedido la incapacidad permanente a una administrativa de 47 con esquizofrenia paranoide a la que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó esta prestación. La incapacidad permanente se otorga a las personas que, debido a un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva.

El Instituto Catalán de Evaluaciones Sanitarias (ICAM) le denegó la incapacidad permanente a la mujer tras diagnosticarle un “trastorno distímico y de la personalidad no especificado, déficits cognitivos moderados y afectación atencional y cognitiva”. La mujer impugnó el alta médica pero el juzgado de lo social número 1 de Barcelona rechazó el recurso al considerar que la paciente estaba “estabilizada” de la patología diagnosticada por el ICAM.

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23 noviembre 2017|

La AIReF considera procedente la aplicación del tipo mínimo de cotización para el paro de los autónomos

La entidad considera procedente la aplicación del 2,2% y propone ampliar el periodo que se tiene en cuenta para calcular el tipo de cotización a medio plazo.
La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) cree que es correcto aplicar el tipo mínimo de cotización (2,2%) que establece la ley para calcular la cotización por cese de actividad de los autónomos, porque si se aplica la fórmula que establecen los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2017 el tipo de cotización es inferior a este mínimo.

La prestación por cese de actividad de los autónomos (el paro de los autónomos) se financia de forma exclusiva con la recaudación que el sistema obtiene con la cotización que, de forma voluntaria, realizan los trabajadores por cuenta propia que apuestan por cotizar por cese de actividad.

Anualmente, para garantizar la sostenibilidad financiera del paro de los autónomos, en la Ley de PGE cada año se revisa esta cotización por cese de actividad teniendo en cuenta la evolución de los ingresos y gastos del sistema. Además, en los Presupuestos se establece un tope máximo y mínimo de cotización.

Según la AIReF, no hay riesgos de la sostenibilidad financiera del paro de autónomos «a medio plazo», a pesar de la reducción del número de cotizantes, que ha estado motivada por la entrada en vigor de la voluntariedad en esta cotización y por la mejora de la actividad económica.

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23 noviembre 2017|

Unai Sordo: «La indemnización del contrato temporal tiene que subir»

El primer sindicato del país, Comisiones Obreras (CC OO), apostó en junio pasado por el cambio generacional. Su XI Congreso Confederal eligió a Unai Sordo (Baracaldo, Vizcaya, 1972) para ocupar sus secretaría general hasta 2021. Pero además de aportar regeneración al panorama sindical, Sordo tiene una tarea mucho más difícil:intentar recuperar una presencia del sindicato en las empresas laminada por la crisis y por el desprestigio de las principales centrales. Antes de dar el salto al Madrid, el nuevo líder de CC OO lideró el sindicato en el País Vasco, donde se ganó el respeto como buen negociador. Ahora, al otro lado de la mesa tiene a la ministra de Empleo, Fátima Báñez, con quien negocia una reforma de la contratación temporal.

 

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23 noviembre 2017|

Autónomo que cae enfermo. Papeles a presentar si quieres cobrar la baja

En muchas ocasiones lostrabajadores por cuenta propia viven con el miedo de ponerse enfermos y causar baja porque esos días no generarán ingresos. Sin embargo, la incapacidad temporal es una prestación contributiva de la Seguridad Social y está pensada para dotar a los trabajadores de una retribución durante una baja por enfermedad común o por un accidente laboral. ¿Es una remuneración suficiente? ¿De qué cantidades estamos hablando? ¿Qué papeles o gestiones debo realizar para acceder a esta cobertura?

En caso de caer enfermo por una gripe u otro tipo de enfermedad común, se cobrará un subsidio que asciende al 60% de la base reguladora entre el cuarto y el vigésimo día de baja y del 75% a partir del vigésimo primero. Si la baja es por accidente laboral, la prestación asciende al 75% de la base reguladora desde el primer día.

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20 noviembre 2017|

Empleo actualiza el folleto con las condiciones de acceso al paro de autónomos

El Ministerio de Empleo y Seguridad ha renovado y publicado el nuevo folleto informativo donde se establecen los requisitos básicos para acceder al conocido como ‘paro para autónomos’.

Requisitos a cumplir

El primer requisito es estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Se debe estar afiliado a la Seguridad Social y tener cubierta la contingencia por cese de actividad. Haber cotizado durante al menos doce meses; el cese debe estar justificado; no haber alcanzado la edad de jubilación y o incurrir en incompatibilidades.

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16 noviembre 2017|

Condena a un funcionario de la Seguridad Social por filtrar información

Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado con un año y once meses de prisión y dos años de inhabilitación a un funcionario de la Tesorería General de la Seguridad Social por un delito de revelación de secretos. La sentencia, de 27 de septiembre, confirma la resolución de la Audiencia Provincial de Barcelona y considera probado que este funcionario en activo facilitó gratuitamente a un amigo determinados datos personales sobre la vida laboral o la afiliación que obraban en las bases informáticas a las que tenía acceso.

Utilizando su fuente de información en la Administración Pública el coacusado conseguía, con la venta de los datos que este le facilitaba, recibir diversas cantidades, entre ellas las entregadas por una mujer que trabajaba como detective privado, que también resultó condenada. Se trataba sobre todo de datos relativos a la situación de afiliación o el histórico de la vida laboral del afectado, por los que se embolsaba diversas cantidades, de 50 a 150 euros. Si los datos a obtener eran la relación de trabajadores dados de alta en una empresa el precio era de 300 euros cada diez trabajadores.

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16 noviembre 2017|
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