Gobierno y agentes sociales estudian recortar un año la duración máxima de los contratos por obra y servicio

Según el borrador de la propuesta de Empleo, pasaría de los cuatro años actuales (tres más uno de prórroga, si así lo establece el convenio colectivo) a tres años (dos más uno).
Gobierno y agentes sociales analizan recortar un año la duración máxima de los contratos por obra y servicio para que no puedan extenderse más de tres años (frente a los cuatro actuales), dentro de las medidas que tratan de acordar en el marco del diálogo social para reducir la temporalidad laboral.

El secretario de Estado de Empleo, Juan Pablo Riesgo, y los responsables de los sindicatos UGT y CCOO y las patronales CEOE y Cepyme se volverán a sentar esta semana a la mesa de calidad en el empleo para hablar de limitar la utilización y la duración de los contratos eventuales e incrementar su indemnización al término del mismo.

Según el borrador de la propuesta de Empleo, la duración del contrato temporal por obra y servicio se reduciría en un año, al pasar de los cuatro actuales (tres más uno de prórroga, si así lo establece el convenio colectivo) a tres años (dos más uno).

De esta forma se restringiría aún más la duración máxima permitida en estos contratos temporales, que fue fijada en los tres años prorrogables por uno más en la reforma laboral de 2010, ya que hasta ese momento no existía límite.

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11 diciembre 2017|

Las empresas tendrán que informar de las diferencias salariales entre hombres y mujeres

Las compañías de más de 250 trabajadores tendrán que hacer auditorías para corregir la desigualdad salarial que pueda haber entre hombres y mujeres.

El Gobierno quiere obligar a las empresas a hacer un importante ejercicio de transparencia sobre la igualdad laboral entre ambos sexos. Se trata de garantizar la equiparación salarial y de derechos entre los hombres y las mujeres que tienen la misma responsabilidad y las mismas funciones dentro de la compañía. Así se desprende de las propuestas que ha realizado el Gobierno a la patronal y a los sindicatos en la mesa de calidad en el empleo, a las que ha tenido acceso EXPANSIÓN.

Hay que tener en cuenta que la desigualdad laboral entre ambos sexos es uno de los problemas que más afectan al mercado de trabajo. Incluso, la mayoría de los estudios apuntan que la diferencia media retributiva entre los hombres y las mujeres, para un mismo puesto de trabajo y responsabilidad, pueden alcanzar hasta el 30% a favor de los varones.

Por lo tanto, en primer lugar, el Ejecutivo quiere que las empresas informen a los trabajadores sobre estos aspectos. Así, añadirá un nuevo punto en el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores que diga lo siguiente: «Los trabajadores tienen derecho a solicitar información escrita sobre los componentes y la cuantía de la retribución». En particular, «sobre los componentes salariales variables, así como los pagos en especie, correspondientes a trabajos de igual valor, [con la información] desglosada por sexos».

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1 diciembre 2017|

Los nuevos pensionistas autónomos cobran 100 euros más que la media

Los autónomos que han visto su primera paga de jubilación el pasado mes de septiembre han cobrado, de media, más que el resto de sus colegas jubilados con anterioridad. En concreto, 822,61 euros, lo que supone un 15,7% más que la media que reciben los jubilados del RETA. Es decir, recibieron 111,61 euros más que la media del conjunto, que rozó los 711 euros. En la práctica, afectó a 8.319 de los 1,28 millones de pensionistas autónomos.

El incremento en la ‘nómina’ de los nuevos jubilados autónomos afecta a otras pensiones contributivas, pero no a todas. Sí que han crecido las nuevas altas de pensiones de viudedad hasta los 522,69 euros de media; es decir los nuevos autónomos jubilados se hacen con 42,30 por encima de la media del resto, que ese mes se quedó en 480,39 euros. Respecto a la incapacidad permanente, las incorporaciones reciben 704,59 euros, poco más de un euro por encima que las del total del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) para este colectivo hasta la fecha.

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1 diciembre 2017|

El «burn out» como accidente de trabajo

Una trabajadora, con el cargo de directora de fábrica, acumula diversas bajas médicas por estrés en los años 2000 y 2006, debido a la gran cantidad de trabajo asignado. Posteriormente, solicita la declaración de que los procesos de incapacidad temporal iniciados en 2010 y 2011, así como la prestación de incapacidad permanente total posteriormente reconocida, derivan de enfermedad profesional o, subsidiariamente, de accidente de trabajo.

La sentencia de 1 de junio del TSJ de Andalucía ( EDJ 161920) considera que la trayectoria de la trabajadora, con una situación permanente de autoexigencia y responsabilidad aprovechados por la empresa para mantener una adecuada gestión de sus servicios, conduce a una situación como la denominada «burn out»- síndrome de agotamiento físico y mental intenso, resultado de un estado de estrés laboral crónico o frustración prolongado-.

Por ello, concluye que el proceso de incapacidad temporal iniciado el 24-6-2010 al que se acumuló el de 15-3-2011 y la situación de incapacidad permanente total reconocida deben considerarse derivadas de contingencia profesional. No de enfermedad profesional, dado que no se encuentra la enfermedad listada en el RD 1995/1978 de 12 de mayo (art. 116 LGSS Texto de 1994), pero sí accidente de trabajo de conformidad con la previsión contenida en el art. 115.2 e) LGSS.

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30 noviembre 2017|

Un trabajador puede aplazar y acumular las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas cuando el empresario no le permite ejercer su derecho a vacaciones

En su sentencia dictada este miércoles, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha señalado, en primer lugar, que el derecho a vacaciones anuales retribuidas para todos los trabajadores debe considerarse un principio particularmente importante del Derecho social de la Unión, expresamente reconocido por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

El caso sobre el que trata la cuestión prejudicial planteada ante el tribunal europeo, e el del señor Conley King que trabajó para la empresa The Sash Window Workshop («SWWL») en virtud de un «contrato por cuenta propia únicamente a comisión» desde 1999 hasta su jubilación en 2012. Con arreglo a dicho contrato, el señor King únicamente percibía comisiones y cuando disfrutaba de vacaciones anuales, éstas no eran retribuidas.

Al finalizar su relación laboral, el sr. King reclamó a su empresario el pago de una compensación económica por sus vacaciones anuales disfrutadas y no retribuidas y por las no disfrutadas, correspondientes a la totalidad del período durante el cual había trabajado. SWWL denegó la solicitud del Sr. King, por lo que éste interpuso recurso ante el Employment Tribunal (Tribunal de lo Social, Reino Unido) competente. En su resolución el Employment Tribunal consideró que el sr. King era en realidad un «trabajador» en el sentido de la normativa británica que transpone la Directiva relativa al tiempo de trabajo y por tanto, tenía derecho a la compensación por vacaciones retribuidas.

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30 noviembre 2017|

Báñez ultima una subida de algunas pensiones de viudedad

El Gobierno hará público la próxima semana el decreto que incrementará las pensiones de viudedad para las personas mayores de 65 años y con menor nivel de ingresos y que no cobren más de una pensión. El Gobierno cumpliría de esta forma con el mandato incluido en la reforma de pensiones de 2011, que en una disposición adicional, exigía el aumento de la base reguladora del 52% al 60% antes de 2019 .

Así lo ha asegurado hoy la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, en una respuesta dada en la sesión de control del Congreso de los Diputados. Precisó que Ejecutivo “va a tramitar de manera inminente el decreto” y que la próxima semana cumplirá con el trámite de audiencia e información pública, con el fin de que los agentes sociales y económicos puedan hacer “sugerencias y aportaciones a ese nuevo reglamento de desarrollo de la ley”.

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30 noviembre 2017|

Los pensionistas perderán este año 2.420 millones por la subida de los precios

La publicación del dato adelantado de la inflación del mes de noviembre, que este miércoles ha dado a conocer el Instituto Nacional de Estadística (INE) y que sitúa el IPC anual en el 1,6%, ha caído como un jarro de agua fría sobre los 8,6 millones de pensionistas que existen en España.

Teniendo en cuenta que el Gobierno actualizó la cuantía de las pensiones un 0,25% en enero de este año, igual que los tres ejercicios anteriores, si se les resta el efecto de los precios, ese 1,6% de noviembre, los pensionistas habrían perdido 1,35 puntos de capacidad de compra. Pero si en lugar de la tasa anual de noviembre se tuviera en cuenta la media de lo que han hecho los precios a lo largo de los últimos doce meses, la inflación media es del 2%, lo que eleva la pérdida de poder adquisitivo a 1,75 puntos. Conviene recordar que este año comenzó con la inflación en el 3% y ahora se ha reducido hasta casi la mitad, de ahí que los expertos sostengan que es la inflación media la que mejor mide el efecto global de los precios sobre la capacidad de compra de los ciudadanos.

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30 noviembre 2017|

El Congreso vota mañana el salario mínimo para los becarios

El Congreso dejó ayer en el aire la admisión a trámite del Proyecto de Ley que establece que la remuneración mínima para los becarios universitarios será el salario mínimo interprofesional -o su parte proporcional, en función del número de horas que realice el estudiante-, a lo que habría que sumar el gasto en transporte y manutención.
La norma, presentada por Podemos, pretende blindar en un texto con rango de ley la situación de los estudiantes universitarios en prácticas, actualmente regulada por Reales Decretos, y configurar un auténtico Estatuto del becario.

De cara a la votación de mañana, la formación morada recibió el apoyo del PSOE, ERC, PDeCat y gran parte del Grupo Mixto -aunque no todos expresaron su posición-. Votarán en contra PP y PNV. Queda la incógnita de Ciudadanos, que no quiso desvelar su voto.

Además de la remuneración mínima, el texto fija que las prácticas tendrán una duración máxima de 500 horas, no pudiendo realizarse más de 5 horas diarias o 25 semanales durante el periodo lectivo. En periodo no lectivo, los máximos serán de 7 horas diarias o 35 horas semanales. Además, se prohíbe que el estudiante realice su formación de noche, debiéndose hacer entre las 8 de la mañana a 22 horas. Y se contempla un descanso obligatorio de 48 horas ininterrumpidas semanales.

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29 noviembre 2017|

Multas para el autónomo que tiene trabajadores sin contrato

Trabajar sin contrato es un delito en España. Por eso, el empleador o autónomo que contrate a una persona sin formalizar un contrato podrá enfrentarse a multas que oscilan entre los 3.126 euros y los 10.000 euros. Además, el empresario deberá pagar todas las cuotas impagadas a la Seguridad Social correspondientes al tiempo en el que el trabajador ha estado sin contrato en la empresa. La otra sanción que puede sufrir la compañía en caso de cometer este delito esperder todo tipo de ayudas públicas concedidas y la prohibición de acceder a bonificaciones durante dos años.

Aunque el delito más grave en el que se puede incurrir es la formalización de un acuerdo entre el trabajador y el empresario, a fin de que se siga cobrando la prestación por desempleo. A esto se le considera fraude a la Seguridad Social y está penado en el Código Penal con prisión de 6 meses a 3 años para cada una de las partes implicadas, tal y como informan desde Ayce Consultores.

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29 noviembre 2017|

Las amenazas que rondan al actual puesto de trabajo

El futuro del trabajo pende de varios hilos, de cómo las empresas están adoptando la inteligencia artificial, la robótica y automatización, así como del impacto de esas tecnologías en el personal; también influye el empleo de trabajadores eventuales (incluidos aquellos profesionales de agencias, contratistas, consultores, trabajadores de cero horas…; la escasez de habilidades digitales de los profesionales, y sobre todo cómo están cambiando las prácticas de trabajo como resultado de la incorporación al mercado laboral de la generación milenial y posmilenial. De hecho, varios estudios sugieren que los trabajadores temporales supondrán el 25% de la fuerza laboral de las compañías en 2020. Sin embargo, las empresas temen que esto derive en un problema de seguridad, ya que puede comprometer información sensible y deberá reforzar las medidas, en este sentido, según advierte el estudio The future of work, elaborado por la firma de abogados Osborne Clarke, en el que han colaborado directivos de firmas comoAccenture, Siemens, Dyson y MetaPack. En cuanto a la robótica, se pone de manifiesto que será imposible proteger a ciertos puestos de trabajos de la automatización, por lo que la clave, en muchos casos, radica en la formación de los trabajadores afectados para que adquieran nuevas habilidades.

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28 noviembre 2017|
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