Tras denuncia de malos tratos por parte del causante que no quedaron acreditados, el matrimonio entre la actora y el causante finalizó mediante separación el 22 de mayo de 2012. En el convenio regulador, los cónyuges renunciaron a la pensión compensatoria pactando en favor de la esposa una compensación económica consistente en el abono de la suma de 40.000 euros pagadera en el momento en que se firmase la escritura de compraventa del inmueble que fue vivienda familiar. Con posterioridad, firman un documento en el que el esposo reconoce tener pendiente de satisfacer 6.000 euros de los 40.000 expresados en el convenio regulador.
El 7 de julio de 2014 fallece el marido solicitando la esposa la pensión de viudedad, que el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) la deniega al no cumplirse los requisitos legalmente exigidos:
– haberse producido la separación antes del 1 de enero de 2008
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