El trabajador es responsable de una retención incorrecta del IRPF

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña exige la cuota al trabajador, aunque le indica que puede repercutir sanción e intereses de demora a la empresa.

El TribunalSuperior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha establecido que el trabajador tiene responsabilidad si la empresa le ha efectuado una retención incorrecta en el IRPF, con lo que cargará con el pago de la cuota, aunque estipula que podrá repercutir a la empresa la sanción y los intereses de demora.

En una sentencia, considera que el trabajador es el sujeto pasivo de la deuda tributaria, pero que siendo del empresario la obligación de retener y efectuar el ingreso a cuenta, el empleado puede repercutir sobre el empresario las cantidades abonadas a la Agencia Tributaria en concepto de sanción e intereses por la demora.

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11 noviembre 2016|

La primera reforma del Gobierno será para los autónomos

Ciudadanos ha llegado a un acuerdo con el Partido Popular para empezar a tramitar la ley de reforma integral del régimen económico de los trabajadores autónomos que ambas formaciones pactaron en el acuerdo de investidura.

Según informa Europa Press, el Presidente de Ciudadanos, Albert Rivera, ha mostrado su satisfacción por el inicio de la tramitación de la reforma, que ha calificado de “tema principal”, ya que recoge una serie de medidas para impulsar el empleo autónomo y mejorar las condiciones laborales de este colectivo.

En concreto, la proposición de ley prevé establecer una mayor flexibilidad para el cambio de la base de cotización a la Seguridad Social y la adaptación del pago de las cuotas al momento del alta y no por meses completos, como hasta ahora. Además, recoge medidas para reducir del 20 al 3% las sanciones por retrasos de más de tres meses en los pagos a la Seguridad Social y bonificaciones en las cuotas durante las bajas de maternidad y los meses posteriores.

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11 noviembre 2016|

Un juez reconoce la antigüedad de un empleado laboral de Madrid

El Juzgado de lo Social número 33 de Madrid ha reconocido la antigüedad de un trabajador laboral fijo de la Comunidad de Madrid, al que la Administración no le reconocía todos los trienios porque entre algunos de los diversos contratos que tuvo como empleado laboral de la sanidad madrileña habían pasado más de tres meses.

El convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad de Madrid establece en su artículo 37 que «si hay una solución de continuidad entre contratos de personal laboral superior a tres meses no se acumula la antigüedad del trabajador». Pero las reclamaciones por este asunto habían llegado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que dictaminó en una sentencia que el periodo que haya entre contratos debe ser indiferente para reconoce la antigüedad de un trabajador.

A raíz de esta resolución de la justicia comunitaria cerca de medio millar de empleados públicos de la Comunidad de Madrid afectados por esta situación interpusieron centenares de reclamaciones individuales. Al mismo tiempo, se abrió un proceso de conflicto colectivo contra este convenio del personal laboral madrileño, que los sindicatos ganaron.

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3 noviembre 2016|

Las empresas podrán recibir notificaciones fiscales por SMS

La Agencia Tributaria puso en marcha el pasado mes un proyecto para que los contribuyentes que así lo quisieran pudieran recibir un aviso a su teléfono móvil o correo electrónico sobre el envío de notificaciones de Hacienda. El programa se dirigía exclusivamente a personas físicas.

Previsiblemente el próximo viernes, la Agencia Tributaria ampliará la posibilidad de recibir notificaciones a través del teléfono móvil a las personas jurídicas. Actualmente, las empresas ya están obligadas a relacionarse con la Administración Pública a través de mecanismos puramente telemáticos. Así, reciben notificaciones por correo electrónico a un buzón asignado. Ahora, además, tendrán la posibilidad de que Hacienda les comunique a través de un SMS la existencia de una incidencia tributaria.

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3 noviembre 2016|

El trabajador al que se cambia de puesto no mantiene los pluses

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid cambia su doctrina y dice ahora que los pluses del puesto anterior no se cobrarán.

Una trabajadora embarazada a la que se cambió de puesto para prevenir riesgos laborales no podrá seguir disfrutando de los pluses que tenía. Así lo establece el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en una sentencia que estipula que debe distinguirse entre los complementos inherentes a la condición, cualificación y categoría profesional de la empleada, que deben ser abonados en todo caso aunque se adapte su puesto de trabajo, de aquellos otros que remuneran el ejercicio de funciones específicas en condiciones singulares, como trabajar en horario nocturno o en días festivos, porque éstos van dirigidos a compensar el gravamen que conllevan; gravamen que no se produce cuando el trabajo no tiene lugar en ningún caso en jornada nocturna, ni en día festivo.

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3 noviembre 2016|

Fin del conflicto: la compra de oro a particulares no tributa por ITP

La tributación de la compra de oro por parte de empresas o profesionales ha desembocado en un largo conflicto entre las Haciendas autonómicas y las empresas del sector. Este tipo de negocios, que proliferaron durante la crisis en las grandes y medianas ciudades, se dedica a comprar oro y joyas a particulares para posteriormente revenderlos. En el proceso de adquisición, surge la duda de si la operación debe estar gravada y qué impuestos intervienen. Hay tres posibilidades: que la compra tribute por IVA, por transmisiones patrimoniales (ITP) o que esté no sujeta a ninguno de los dos tributos.

El socio del despacho Ático Jurídico, José María Salcedo, señala que la tributación por IVA no corresponde porque en la operación participa una persona física. Así, la duda se encuentra en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales, un tributo que recaudan las comunidades autónomas y sobre el que tienen amplia competencia. Como explica Salcedo, el criterio seguido por el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) fue el de considerar que la compra de oro por parte de una empresa sí debía tributar. Un criterio que contradecía el fijado por el Tribunal Supremo en distintas sentencias y que han seguido los Tribunales Superiores de Justicia. “La situación era absurda”, resume Salcedo. La Administración tributaria exigía el pago del impuesto sobre transmisiones patrimoniales, practicaba liquidaciones e imponía sanciones a los negocios dedicados a la compra de oro que, posteriormente, los tribunales de justicia anulaban.

 

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3 noviembre 2016|

Los Graduados Sociales de Barcelona ofrecerán orientación jurídica gratuita en materia laboral

El consejero de Justicia, Carles Mundó, y el presidente del Colegio de Graduados Sociales de Barcelona, Carlos Berruezo, han firmado un convenio según el cual se pondrá en marcha el primer servicio gratuito de orientación jurídica a los ciudadanos con el objetivo de dar información y asesoramiento técnico especializado a los ciudadanos sobre materia laboral y de la Seguridad Social, como despidos, horarios de trabajo, reclamación de salarios, indemnizaciones, pensiones, jubilaciones, paro, bajas laborales, etc.

La nueva Oficina informará además a los ciudadanos de la posibilidad de recurrir a los servicios de mediación u otros sistemas alternativos de resolución de conflictos, como la conciliación y arbitraje. Este es un servicio de asesoramiento que no implica el beneficio de asistencia jurídica gratuita, a los que se derivarán debidamente si así lo solicitan.

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21 octubre 2016|

El TS reconoce por primera vez a la gestión por sustitución como situación protegida por la prestación por maternidad

El Pleno de la Sala de lo Social del TS ha reconocido a la maternidad por subrogación o sustitución como situación protegida a los fines de la prestación por maternidad, adopción o acogimiento,

Así lo ha declarado en dos sentencias que resuelven sendos recursos de casación para la unificación de doctrina, cuyos fallos ha sido adoptados hoy, pero de las que no se conocen más datos a la hora de elaborar esta noticia.

En ambos casos se planteaba si la maternidad por subrogación o sustitución puede considerarse situación protegida a los fines de la prestación por maternidad, adopción o acogimiento, con la particularidad de que en uno de los casos el solicitante de la prestación era un varón.

 

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21 octubre 2016|

La comisión Europea pone coto a los trucos fiscales de 6.000 multinacionales

Una tienda de Apple en la Quinta Avenida de Nueva York DON EMMERT AFP Los últimos escándalos obligan a Europa a poner coto a los trucos fiscales de las multinacionales. La Comisión Europea presentará en unos días una iniciativa para armonizar las bases fiscales en la UE. Parte de las propuestas estaban sobre la mesa desde hace un lustro, pero el momento político ha cambiado: Bruselas propone crear una cláusula antiabuso obligatoria para firmas con ingresos de más de 750 millones, con límites a los tejemanejes entre filiales del mismo grupo. Se busca evitar otro caso Apple, que paga tipos impositivos del 0,1% en Dublín.

“Las reglas actuales para los impuestos que pagan las empresas ya no sirven”, admite la Comisión Europea en dos documentos que presentará a finales de este mes y a los que ha tenido acceso EL PAÍS. “Las divergencias entre los impuestos de los Estados miembros han permitido planificaciones fiscales agresivas durante la última década”, añade el texto, en una descripción impecable de lo que han hecho Apple en Irlanda, Starbucks en Holanda y Amazon en Luxemburgo para ahorrarse cientos de millones de euros en impuestos en plena crisis fiscal europea.

 

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21 octubre 2016|

La Justicia vasca equipará la indemnización de un eventual a la de un fijo

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha elevado a 20 días de salario por año de servicio la indemnización por la extinción de un contrato trabajo de investigación de una trabajadora, que recibió una compensación de 12 días tras tres años de contrato y recurrió ante la Justicia. De esta forma, el alto tribunal vasco aplica la jurisprudencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del pasado 14 de septiembre y equipara la indemnización de despido tras tres años de contrato a la que recibiría si la trabajadora fuese fija.

Según recoge la sentencia, con fecha de este martes, el 1 de junio de 2012 la demandante suscribió un contrato de trabajo para la realización de un proyecto de investigación, concretamente con la empresa Fundación vasca de Innovación e Investigación Sanitarias-BIO Euskal Fundazioa, contrato cuyo objeto era la “implantación de metodología de evaluación económica” en el Hospital de Galdakao-Usansolo, que fue objeto de tres acuerdos de continuidad, el último hasta el 31 de diciembre de 2015, fecha en que la empresa la cesa alegando que el contrato ha llegado a su término.

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21 octubre 2016|
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