El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) le ha dado la razón a una ex informadora turística de la plaza de Cataluña, con fibrosis pulmonar severa, que alegó como accidente laboral la enfermedad, derivada de una sensibilidad a la constante exposición a los excrementos de palomas y otras aves que frecuentan la plaza. La mutua de la trabajadora alegaba que el contacto con las heces era solo un factor de riesgo y no la causa real de la enfermedad, una tesis que el TSJC admitió inicialmente pero que ahora rectifica.

El caso se remonta a 2008, cuando la empleada empezó a sufrir dolencias pulmonares. La mujer trabajaba en dos puestos de información del Consorcio Turismo de Barcelona, uno cercano a la Rambla y otro ubicado en el subterráneo de la céntrica plaza. Meses después de incorporarse, la mujer ya sufría alteraciones respiratorias y tras dos años de soportar un ambiente con alta concentración de los desechos, dejó el empleo. Una vez fuera del consorcio turístico, sufrió otras bajas por enfermedades respiratorias vinculadas a la fibrosis, lo que motivó que la Seguridad Social le concediera la incapacidad laboral permanente.

En 2012, un juzgado de lo social de Barcelona concluyó que el origen de la dolencia de la enferma —representada por el Colectivo Ronda— fue su prolongada exposición a los excrementos de las palomas y periquitos. Además, reconocía el origen profesional de la enfermedad.

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