Las empresas pueden deducirse el 100% del IVA de la compra de vehículos para sus comerciales

Establecer una cotización obligatoria para el cese de actividad de los profesionales autónomos. Si no en su totalidad, al menos de forma parcial. Esto es los que propone el secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado.

El objetivo de esta obligatoriedad trae también un cambio de concepto en esta prestación. Se trataría de una aportación para que los trabajadores por cuenta propia que se encuentren en un momento de inactividad estén exentos de pagar la cuota mensual de autónomos. «Lo razonable es que el sistema también les abonara sus cuotas. Tenemos que buscar una forma. Pero cubrir esa contingencia significa que una cotización que ahora es voluntaria, tiene que convertirse en obligatoria en una cuantía mínima para permitir mutualizar esa contingencia», según ha declarado Granado a la agencia de noticias Europa Press.

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25 septiembre 2018|

El Gobierno quiere que todos los autónomos paguen cese de actividad

Establecer una cotización obligatoria para el cese de actividad de los profesionales autónomos. Si no en su totalidad, al menos de forma parcial. Esto es los que propone el secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado.

El objetivo de esta obligatoriedad trae también un cambio de concepto en esta prestación. Se trataría de una aportación para que los trabajadores por cuenta propia que se encuentren en un momento de inactividad estén exentos de pagar la cuota mensual de autónomos. «Lo razonable es que el sistema también les abonara sus cuotas. Tenemos que buscar una forma. Pero cubrir esa contingencia significa que una cotización que ahora es voluntaria, tiene que convertirse en obligatoria en una cuantía mínima para permitir mutualizar esa contingencia», según ha declarado Granado a la agencia de noticias Europa Press.

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21 septiembre 2018|

Inspección de Trabajo convierte en fijos a más de 46.000 temporales en agosto

La ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, ha anunciado hoy los primeros resultados del plan de choque de la Inspección de Trabajo contra el uso fraudulento de contratos temporales: en agosto, se enviaron cartas a empresas advirtiéndoles de la existencia de 80.529 trabajadores eventuales que ya habían superado el tiempo de su contrato. El resultado de esta advertencia ha sido que 46.554 han sido convertidos en trabajadores indefinidos. Esto supone haber transformado en fijos el 58% del total de detectados.

Parte de esta conversión de temporales en fijos está incluida en los datos de contratación de agosto que reflejaron el mayor número de contratos indefinidos en ese mes en la serie histórica: 154.000, un 33% que un año antes.

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21 septiembre 2018|

Calendario laboral 2019: días festivos y puentes

Calendario laboral 2018: días festivos y puentes
Calendario laboral 2018 de Madrid: festivos, puentes y días sin colegio
Calendario escolar 2018 – 2019: días sin clase y lectivos en cada comunidad
Aunque el calendario laboral de 2019 aún no se ha publicado oficialmente en el BOE, para ello habrá que esperar hasta el mes de octubre, ya podemos conocer la gran mayoría de los días que el próximo año serán festivos.

Esto se debe a que España cuenta con 14 días festivos al año, 2 de carácter local y 12 de carácter nacional. De estos últimos, nueve son festivos nacionales «no sustituibles» por las Comunidades Autónomas. Lo que supone que siempre sean días no laborables.

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14 septiembre 2018|

El nuevo sistema de cotización subiría la base mínima al 14% de autónomos

El sistema de cotización por ingresos reales para autónomos, como el acordado entre el Gobierno y Podemos, podría provocar una subida de cuotas para 440.818 trabajadores por cuenta propia, según cálculos de Upta a partir de su propuesta para aplicar este sistema.

En concreto, la subida de cuotas afectaría al 14% del colectivo, que tributa por estimación directa y objetiva no agraria, y que tiene ingresos netos reducidos por encima de los 30.000 euros anuales, según Eduardo Abad, presidente de Upta. Estos autónomos

pasarían a tener una base mínima de cotización de 357 euros al mes, según el análisis de la situación sobre los rendimientos netos de los autónomos que han realizado una actividad económica en el año 2016.

De esta forma, pasarían a pagar 79 euros más a la Seguridad Social de forma obligatoria si cotizan por la base mínima, según la propuesta realizada por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (Upta) y la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) a la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio el pasado mes de julio. La propuesta establecía cinco tramos de cotización diferentes para evitar la sobrecotización de los trabajadores por cuenta propia que tienen ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y, al mismo tiempo, conseguir un mayor esfuerzo contributivo a los que ganan más de 30.000 euros al año.

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14 septiembre 2018|

Qué debe hacer si es víctima de un despido improcedente tras el verano

Los contratos temporales son una herramienta jurídica útil para momentos específicos porque garantizan el buen funcionamiento de sectores vitales de la economía. Sin embargo, los despidos de final de verano pueden ser devastadores para los trabajadores y los empleadores. Sin ir más lejos, el 31 de agosto de 2017, al igual que ocurrió en otros años, se registró una de las peores jornadas laborales de la historia de España y más de 313.000 personas perdieron su empleo.

No obstante, este fin de temporada también es una época en la que los despidos improcedentes se han convertido en una situación cada vez más cotidiana. Por esta razón, desde despidoimprocedente.es,una web especializada en despidos gestionada por dPG Legal, te ofrecemos los mejores consejos para hacer cumplir tus derechos laborales si eres víctima de este problema laboral.

Los contratos temporales: En primer lugar, es fundamental que conozcas qué tipo de vinculación laboral tienes con la empresa. Por eso, desde Despido Improcedente, te mostramos los dos tipos de contratos temporales más ofrecidos de cara al verano.

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12 septiembre 2018|

Los nuevos autónomos de municipios inferiores a 5.000 habitantes pagarán la tarifa plana durante 2 años

Esta norma, que entró en vigor el 1 de agosto, beneficiará a los trabajadores por cuenta propia que se hayan dado de alta después de esta fecha, ya que no es una medida retroactiva, según ha recordado ATA en un comunicado.

Los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2018 recogían esta modificación de la tarifa plana por la que se amplía la bonificación a dos años para los beneficiarios que inicien una actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Según el presidente de ATA, Lorenzo Amor, esta ayuda fomentará el relevo generacional y ayudará a paliar la despoblación de las zonas rurales.

En la actualidad, uno de cada cinco autónomos que se da de alta lo hace en el ámbito rural. «Hay muchos sectores que están sufriendo en los últimos años en el ámbito rural como es el comercio y con esta medida esperamos que remonte y se produzcan menos cierres y más relevos», ha resaltado Amor.

En concreto, se podrán beneficiar de la tarifa plana los trabajadores por cuenta propia que causen alta inicial y que no hubieran estado en situación de alta en los dos últimos años.

Los beneficiaros de esta medida contarán con los mismos incentivos tanto en el primer año como en el siguiente. Así, para beneficiarse de esta medida, los autónomos deberán estar empadronados en un municipio de menos de 5.000 habitantes.

Además, deberán estar dados de alta en el censo de obligados tributarios de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o de las Haciendas Forales, correspondiendo el lugar de desarrollo de la actividad declarada a un municipio cuyo padrón sea inferior a 5.000 habitantes.

También será obligatorio mantener el alta en la actividad autónoma o por cuenta propia en el municipio en los [...]

12 septiembre 2018|

Autónomos: así contactará contigo la Seguridad Social a partir de octubre

A partir del próximo 1 de octubre, los autónomos tendrán que hacer todos sus trámites con la Seguridad Social de manera telemática. La Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo ha obligado a todos los autónomos a incorporarse al sistema RED, un servicio con el que los autónomos podrán intercambiar información con la Seguridad Social de manera telemática.

A través del Servicio de Consulta y Firma de Notificaciones Telemáticas el trabajador autónomo podrá acceder a consultar y firmar las notificaciones de los actos administrativos de la Tesorería General de la Seguridad Social.También podrá acceder y gestionar las notificaciones su autorizado al sistema RED o, en su caso, su apoderado.

Notificaciones telemáticas

¿Qué notificaciones podrá gestionar el trabajador a través de este sistema? Entre ellas destacan las del procedimiento recaudatorio, esto es, reclamaciones de deuda y providencias de apremio; actos del procedimiento de apremio por cuotas, conceptos de recaudación conjunta y otros recursos, con los recargos e intereses correspondientes; actos del procedimiento administrativo de aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social, y actos del procedimiento de devolución de ingresos indebidos a la Seguridad Social.

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12 septiembre 2018|

Los empleados desplazados están sujetos a la seguridad social de donde trabajan

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece que los empleados desplazados están sujetos al régimen de la seguridad social del país donde trabajan, y no al del Estado donde está domiciliada la empresa. La sentencia, dictada hoy, asegura que se aplica esta norma también para los trabajadores movilizados como sustitutos de otro trabajador desplazado, aun cuando dichos empleados no hayan sido enviados por el mismo empresario.

«Por norma general, los trabajadores quedan sujetos al régimen de Seguridad Social del Estado miembro en que trabajan, especialmente para garantizar del modo más eficaz posible la igualdad de trato de todas las personas que trabajen en el territorio de ese Estado miembro», explica el Tribunal europeo. «El legislador de la Unión únicamente contempla la posibilidad de que un trabajador desplazado siga sujeto al régimen de Seguridad Social del Estado miembro en que su empleador ejerza normalmente sus actividades cuando se cumplan determinados requisitos», añade.

Por otra parte, aclara el alcance de los certificados A1 -antiguos E 101-, emitidos por la seguridad social del Estado donde radica la empresa ante desplazamientos internacionales de los trabajadores. Según el TJUE, vinculan tanto a las instituciones de Seguridad Social como a los órganos jurisdiccionales del Estado miembro en el que se lleve a cabo el trabajo, mientras dichos certificados no sean retirados ni invalidados por el Estado miembro en que fueron expedidos.

«Lo mismo se aplica cuando, como sucede en el presente asunto, las autoridades competentes de los dos Estados miembros hayan sometido la cuestión a la Comisión Administrativa de Coordinación de los Sistemas de Seguridad Social y ésta haya concluido que los certificados habían sido expedidos indebidamente y debían retirarse», subraya el magistrado Re-gan, ponente del fallo. El Tribunal europeo [...]

7 septiembre 2018|

El Supremo avala la caducidad de los convenios en la reforma laboral

La reforma laboral del Gobierno del PP ha recibido desde su puesta en marcha en 2012 varios varapalos de la Justicia, pero también importantes espaldarazos. El Tribunal Supremo, que ya validó la norma en cuanto al coste del despido, avala ahora la ley en otro de sus puntos más controvertidos, el que fija que si no hay acuerdo entre sindicatos y empresa tras un año de negociaciones los convenios colectivos caducan y se aplica el de ámbito superior. El Alto Tribunal, en una sentencia destinada a unificar doctrina dictada el pasado junio, consagra es límite a la ultraactividad y que el convenio superior debe aplicarse en su totalidad.

El fallo se refiere a la denuncia de una empleada contra su empresa, que le aplicó un despido objetivo por causas económicas —mala marcha de la compañía— y que para calcular la indemnización usó el convenio superior en vigencia, pues el anterior había caducado. La duda que se le planteaba al Supremo era si, ante la pérdida de vigencia del convenio, se aplica la reforma laboral y el salario regulador que sirve para calcular la indemnización se toma del convenio superior, o por se sigue aplicando el anterior.

Cabe recordar que numerosos fallos judiciales venían sentenciando a favor de aplicar los convenios ya caducados en determinados casos, sobre todo salariales. Por ejemplo, en el cálculo de la nómina mensual cuando el cambio de convenio por el fin de la ultraactividad se produce a mitad de mes. El presente caso fue admitido inicialmente por un juzgado de los social de Bilbao, que falló a favor de la demandante; la empresa recurrió ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y, de forma paralela, [...]

7 septiembre 2018|
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