Hacienda aumenta las cuantías mínimas del pago fraccionado del impuesto de sociedades

Hoy se ha publicado el Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público, que, tal como informamos, fue aprobado ayer por el Consejo de Ministros.

Según el Gobierno, el objetivo fundamental de esta medida es aumentar los ingresos públicos para cumplir con los compromisos adquiridos con la Unión Europea, reafirmar la credibilidad de las finanzas públicas y continuar generando confianza en la economía española.Según ha informado el Ejecutivo, estas medidas no van a afectar a las Pymes, sino a las empresas con volumen de facturación superior a los diez millones de euros. El impacto recaudatorio estimado es de 8.300 millones de euros, a repartir entre las 9.000 mayores empresas.

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3 octubre 2016|

Malestar empresarial por la dureza de la subida fiscal

La sorpresa ha sido generalizada. Las empresas conocían desde hace meses la intención del Gobierno de recuperar un tipo mínimo en los pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades que se movería entre el 20% y el 25%. Sin embargo, no estaba previsto que se rebajara el umbral a partir del cual entra en acción la subida fiscal. Durante su vigente entre 2012 y 2015, el tipo mínimo afectaba a empresas con una cifra de negocio superior a 20 millones. Ahora, el Consejo de Ministros aprobará hoy un tipo mínimo del 23% que se aplicará a compañías que facturan más de 10 millones. Ello significa que la medida recaerá sobre unas 9.000 sociedades, más del doble de las inicialmente previstas. Para la banca, el gravamen mínimo será del 25%.

Establecer un tipo predeterminado en los pagos fraccionados implica que las empresas deben adelantar a Hacienda en el año en curso el pago del impuesto sobre sociedades que se liquida el ejercicio siguiente. Así, cuando se presente la declaración anual, a las empresas les saldrá una cuota a pagar menor o tendrán derecho a devolución. La decisión de Hacienda implica que el sector privado pierde liquidez a favor de la Administración.

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3 octubre 2016|

El pago mínimo en sociedades será del 23% y, para la banca, del 25%

El Ministerio de Hacienda ya ha facilitado al PSOE un borrador de la subida fiscal que planea aplicar este año sobre las empresas y que será más dura de lo inicialmente previsto. El departamento de Cristóbal Montoro plantea fijar un tipo mínimo en los pagos fraccionados del 23% para las empresas que facturen más de 10 millones de euros y un gravamen del 25% para la banca con la intención de recaudar este año 8.000 millones.

El Consejo de Ministros de este viernes aprobará esta medida que anunció el Gobierno para combatir los errores en la previsión de ingresos y trasladar a Bruselas la señal de que el Ejecutivo adopta medidas para rebajar el déficit público.

Inicialmente, esta estaba previsto que el tipo mínimo del 23% afectara solo a compañías que ingresan más de 20 millones de euros. Ahora, el departamento de Montoro ha decidido que se aplique a partir de 10 millones de euros. Así, más compañías sufrirán el incremento fiscal. Por otra parte, el gravamen mínimo será del 25% para las entidades financieras. El objetivo del Gobierno es recaudar 8.000 millones de euros, 2.000 millones más de los inicialmente anunciados.

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29 septiembre 2016|

El Gobierno aprueba este viernes la reforma del impuesto de sociedades

El Gobierno tiene previsto aprobar este viernes la reforma del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, con el fin de aumentar la recaudación y poder cumplir con el objetivo de déficit público comprometido con Bruselas para 2016, fijado en el 4,6% del PIB.

Fuentes de Hacienda han confirmado que el próximo Consejo de Ministros previsiblemente dará luz verde a esta reforma, que se hará mediante decreto ley, lo que permitirá que se aplique en el pago fraccionado que las grandes empresas tienen que liquidar en octubre.

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28 septiembre 2016|

Hacienda investigará a los 30.000 contribuyentes acogidos a la amnistía fiscal

La Agencia Tributaria ampliará las inspecciones de la amnistía fiscal a los 30.000 contribuyentes que se acogieron a la misma y comprobará si quienes regularizaron su patrimonio a través de dicha amnistía han cumplido también con la obligación de informar sobre la posesión de bienes y derechos situados en el extranjero.

De hecho, los contribuyentes que se acogieron a la amnistía están siendo sometidos a las mismas actuaciones que los demás, incluso «muchos de ellos» están siendo investigados por distintos delitos que pueden acabar ante los tribunales, según ha informado fuentes de Hacienda a Europa Press.

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28 septiembre 2016|

Cuenta atrás para las notificaciones administrativas online

El próximo 3 de octubre entra en vigor la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que aprobó el Gobierno de Mariano Rajoy al final de la anterior legislatura y que modifica aspectos importantes en la relación de los ciudadanos con el sector público. Por ejemplo, la norma reformula las notificaciones administrativas. Hasta ahora, cuando un organismo público como Hacienda remitía un aviso a un ciudadano y no lo encontraba en casa, debía repetir el intento nuevamente en los tres días siguientes. Si resultaba infructuoso, el cartero dejaba un aviso en el buzón informando que la notificación se encontraba en la oficina de Correos.

A partir de ahora, cuando se produzca esta situación, la administración enviará un aviso al dispositivo electrónico o al correo electrónico del interesado informándole de la notificación y dando la posibilidad de descargarla por medios electrónicos. Este protocolo se realizará incluso cuando el ciudadano no haya expresado su preferencia por la notificación electrónica. Hacienda entiende que la medida ahorrará tiempo y dinero a los ciudadanos, que no deberán desplazarse para recoger la notificación. Y, en caso de que quieran acceder al aviso presencialmente, la normativa establece que podrán recoger el aviso en cualquier oficina de asistencia de las distintas administraciones.

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26 septiembre 2016|

Falsificación digital de firmas, una nueva amenaza jurídica

Investigadores británicos han desarrollado un software capaz de replicar la escritura humana. Este invento, según los expertos, podría servir para crear documentos falsos y poner en jaque a los tribunales.

Investigadores del University College London han desarrollado un programa de ordenador capaz de imitar perfectamente el estilo ortográfico del ser humano. Este invento, que nace con un objetivo totalmente lícito, podría ser empleado igualmente por delincuentes con la finalidad de falsificar documentos. Esto supone que jueces y abogados podrían, dentro de poco, enfrentarse a copias perfectas, generadas a través de un sistema informático, de documentos manuscritos.

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21 septiembre 2016|

El IVA apunta a un récord de 64.000 millones en un mal año recaudatorio

El IVA va camino de propiciar la única buena noticia para las finanzas públicas este año -con permiso de los 2.000 millones menos que gastaremos en el pago de intereses de la deuda-. La recaudación por este tributo se incrementó hasta finales de julio el 4,5% y apunta a récord histórico: a finales de año, y según estimaciones de este periódico, el impuesto indirecto más popular dejará en las arcas públicas cerca de 64.000 millones de euros, cifra que supera en casi 4.000 millones la del año anterior, que fue de 60.305 millones y constituyó ya de por sí un récord.

Este año será, de hecho, el octavo consecutivo de incremento recaudatorio por IVA. 2009 constituyó el annus horribilis para este impuesto, ya que por efecto de la recesión (el PIB cayó el 3,6%) y de la brutal caída del consumo de los hogares y las empresas, apenas dejó 33.567 millones al fisco. Desde entonces, la mejora supera el 90%, merced a las dos subidas del impuesto acometidas en 2010 y 2012 y a la recuperación, que han catapultado los ingresos por este concepto por encima de los 60.000 millones. El incremento global en este periodo supera el 90%, una mejora histórica que contribuye a aliviar el elevado déficit fiscal. Ahora se recauda un 3% más del PIB sólo por este concepto.

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20 septiembre 2016|

Los herederos de la empresa familiar podrán disfrutar de la bonificación del 95% en el impuesto sobre sucesiones aunque no sean socios

Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia 1204/2016, 26 May. Recurso 4098/2014 (LA LEY 56820/2016)

La cuestión que se somete a casación consiste en dilucidar si para poder gozar de la bonificación fiscal del 95% por transmisión de la empresa familiar en el Impuesto de Sucesiones, es necesario que el heredero, que forma parte del grupo familiar y que ejerce funciones efectivas de dirección de la empresa, percibiendo por ello la mayoría de sus rendimientos, debe, además, ser titular de alguna participación en el capital de dicha empresa.

En el supuesto enjuiciado, la Administración Tributaria rechazó la aplicación de la bonificación al no constar que las dos hijas de la causante fueran titulares de participaciones de la sociedad en el momento del devengo, aunque fueran gerentes de la misma y percibieran por ello sus únicas retribuciones.

Para resolver la controversia, es necesario acudir a la Ley reguladora del Impuesto sobre el Patrimonio que establece los requisitos para que la transmisión de participaciones goce de la mencionada exención. En primer lugar es necesario que la participación del sujeto pasivo en el capital de la entidad sea al menos del 5%, computado de forma individual, o del 20% conjuntamente con los parientes que la Ley considera incluidos en el grupo familiar. El segundo requisito exigible es que el sujeto pasivo ejerza las funciones de dirección de la entidad, y perciba por ello, una remuneración que represente más del 50% de la totalidad de sus rendimientos empresariales, profesionales y de trabajo personal.

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14 septiembre 2016|

Medio millón de españoles recibe paralelas de hacienda cada año

En plena resaca de los gastos extra de las vacaciones y la vuelta al cole, la cuesta de septiembre puede ser para algunos mucho más empinada de lo esperado.

La inclinación extra puede venir marcada por una desagradable carta de la Agencia Tributaria: la notificación de que Hacienda le ha practicado una paralela en la declaración del IRPF, esto es, que se ha revisado su liquidación y se han detectado errores o discrepancias en los datos proporcionados. Es lo que técnicamente se denomina «propuesta de liquidación provisional», cuyo nombre popular responde a la configuración del documento, dividido en dos columnas paralelas para mostrar en la primera la información aportada por el ciudadano y, en la segunda, la que Hacienda considera correcta.

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12 septiembre 2016|
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