Esta es la carta que recibirán los amnistiados fiscales

La carta de Hacienda a los amnistiados
«En fecha de 27 de septiembre de 2016 el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó, a propuesta del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, Proposición No de Ley por la que se instaba al Gobierno a “realizar con carácter urgente una revisión para garantizar que los sujetos pasivos beneficiados por la regularización fiscal del año 2012 tributen según el tipo del 10% por las cantidades afloradas previsto en la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, dentro de los límites de la normativa tributaria”. Se adjunta el texto de la citada Proposición No de Ley para su conocimiento.

En relación con la revisión de estos contribuyentes, la Agencia Tributaria, desde la finalización del plazo de presentación del modelo 750, ha desarrollado, hasta la fecha, más de 3.400 actuaciones respecto de contribuyentes presentadores de dicho modelo, atendiendo a procesos masivos de análisis de riesgo que pudieran poner de manifiesto la existencia de rentas no declaradas en periodos impositivos no prescritos, ya fueran anteriores o posteriores a la presentación de la Declaración Tributaria Especial, así como la posible utilización improcedente de dicho modelo.

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23 noviembre 2016|

Hacienda eliminará deducciones de sociedades y subirá los especiales

El Gobierno revisará el Impuesto de Sociedades y elevará algunos impuestos especiales como el tabaco para cumplir con los ajustes de 5.500 millones de euros que la Comisión Europea ha pedido a España de cara a 2017, según trasladaron a Europa Press en fuentes del Ministerio de Hacienda, que precisaron “que no se tocará” ni el IRPF ni el IVA para no afectar al consumo y a la recuperación económica.

De esta forma, la intención del departamento que lidera Cristóbal Montoro es realizar “ajustes” en aquellas figuras tributarias “que no dañen la fortaleza de la recaudación tributaria”. Así, contempla mantener los “elementos esenciales” del Impuesto sobre Sociedades (no se modificarán los tipos actuales), pero se eliminarán algunas deducciones y otras se revisarán, “especialmente aquellas cuya reforma consolide la corrección de los desequilibrios macro”, como el desempleo o el endeudamiento.

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21 noviembre 2016|

La Justicia obliga a Hacienda a devolver el IRPF de la prestación por maternidad

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado que la prestación por maternidad que abona la Seguridad Social está exenta del IRPF. La decisión contradice el criterio de la Agencia Tributaria. El efecto de la sentencia se circunscribe al caso en litigio y no genera jurisprudencia, pero abre la puerta a que las contribuyentes que han cobrado la prestación por maternidad desde 2012 reclamen la devolución del IRPF.

Cuando una trabajadora da a luz tiene derecho a 16 semanas de baja, que puede compartir en parte con el padre. Durante este período, la Seguridad Social es quien abona el sueldo a través de la prestación de maternidad, que equivale a la base de cotización. La Agencia Tributaria siempre ha defendido que esta ayuda debe tributar en el IRPF como un rendimiento del trabajo. Una postura que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid acaba de tumbar en una reciente sentencia. En ella, el TSJ considera que la prestación por maternidad entra dentro de las rentas exentas que contempla la ley del IRPF.

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21 noviembre 2016|

Hacienda halla un filón al comprobar deducciones por vivienda

Si le llega estos días una carta de Hacienda no se asuste. O quizás sí debería hacerlo. La Agencia Tributaria está enviando liquidaciones y requerimientos en los que exige a beneficiarios de la deducción del IRPF por vivienda habitual que demuestren que cumplen los requisitos para beneficiarse de ella.

La reclamación corresponde al ejercicio del 2015, pero se puede extender a los cuatro años anteriores. Esta ventaja tributaria, que dejó de poder aplicarse para adquisiciones realizadas después del 2013, es la que tiene un mayor número de beneficiarios en el impuesto de la renta, con más de cinco millones de contribuyentes, según datos de las memorias de la administración tributaria. Aunque fuentes de la Agencia Tributaria aseguran que no existe una campaña concreta, admiten que la comprobación de esta deducción es habitual, ya que es la más extendida en el IRPF.

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18 noviembre 2016|

El trabajador es responsable de una retención incorrecta del IRPF

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña exige la cuota al trabajador, aunque le indica que puede repercutir sanción e intereses de demora a la empresa.

El TribunalSuperior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha establecido que el trabajador tiene responsabilidad si la empresa le ha efectuado una retención incorrecta en el IRPF, con lo que cargará con el pago de la cuota, aunque estipula que podrá repercutir a la empresa la sanción y los intereses de demora.

En una sentencia, considera que el trabajador es el sujeto pasivo de la deuda tributaria, pero que siendo del empresario la obligación de retener y efectuar el ingreso a cuenta, el empleado puede repercutir sobre el empresario las cantidades abonadas a la Agencia Tributaria en concepto de sanción e intereses por la demora.

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11 noviembre 2016|

Las empresas podrán recibir notificaciones fiscales por SMS

La Agencia Tributaria puso en marcha el pasado mes un proyecto para que los contribuyentes que así lo quisieran pudieran recibir un aviso a su teléfono móvil o correo electrónico sobre el envío de notificaciones de Hacienda. El programa se dirigía exclusivamente a personas físicas.

Previsiblemente el próximo viernes, la Agencia Tributaria ampliará la posibilidad de recibir notificaciones a través del teléfono móvil a las personas jurídicas. Actualmente, las empresas ya están obligadas a relacionarse con la Administración Pública a través de mecanismos puramente telemáticos. Así, reciben notificaciones por correo electrónico a un buzón asignado. Ahora, además, tendrán la posibilidad de que Hacienda les comunique a través de un SMS la existencia de una incidencia tributaria.

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3 noviembre 2016|

Fin del conflicto: la compra de oro a particulares no tributa por ITP

La tributación de la compra de oro por parte de empresas o profesionales ha desembocado en un largo conflicto entre las Haciendas autonómicas y las empresas del sector. Este tipo de negocios, que proliferaron durante la crisis en las grandes y medianas ciudades, se dedica a comprar oro y joyas a particulares para posteriormente revenderlos. En el proceso de adquisición, surge la duda de si la operación debe estar gravada y qué impuestos intervienen. Hay tres posibilidades: que la compra tribute por IVA, por transmisiones patrimoniales (ITP) o que esté no sujeta a ninguno de los dos tributos.

El socio del despacho Ático Jurídico, José María Salcedo, señala que la tributación por IVA no corresponde porque en la operación participa una persona física. Así, la duda se encuentra en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales, un tributo que recaudan las comunidades autónomas y sobre el que tienen amplia competencia. Como explica Salcedo, el criterio seguido por el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) fue el de considerar que la compra de oro por parte de una empresa sí debía tributar. Un criterio que contradecía el fijado por el Tribunal Supremo en distintas sentencias y que han seguido los Tribunales Superiores de Justicia. “La situación era absurda”, resume Salcedo. La Administración tributaria exigía el pago del impuesto sobre transmisiones patrimoniales, practicaba liquidaciones e imponía sanciones a los negocios dedicados a la compra de oro que, posteriormente, los tribunales de justicia anulaban.

 

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3 noviembre 2016|

La comisión Europea pone coto a los trucos fiscales de 6.000 multinacionales

Una tienda de Apple en la Quinta Avenida de Nueva York DON EMMERT AFP Los últimos escándalos obligan a Europa a poner coto a los trucos fiscales de las multinacionales. La Comisión Europea presentará en unos días una iniciativa para armonizar las bases fiscales en la UE. Parte de las propuestas estaban sobre la mesa desde hace un lustro, pero el momento político ha cambiado: Bruselas propone crear una cláusula antiabuso obligatoria para firmas con ingresos de más de 750 millones, con límites a los tejemanejes entre filiales del mismo grupo. Se busca evitar otro caso Apple, que paga tipos impositivos del 0,1% en Dublín.

“Las reglas actuales para los impuestos que pagan las empresas ya no sirven”, admite la Comisión Europea en dos documentos que presentará a finales de este mes y a los que ha tenido acceso EL PAÍS. “Las divergencias entre los impuestos de los Estados miembros han permitido planificaciones fiscales agresivas durante la última década”, añade el texto, en una descripción impecable de lo que han hecho Apple en Irlanda, Starbucks en Holanda y Amazon en Luxemburgo para ahorrarse cientos de millones de euros en impuestos en plena crisis fiscal europea.

 

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21 octubre 2016|

Alerta: «tiene un sms de la agencia tributaria»

Recibir una notificación de la Agencia Tributaria siempre genera inquietud, pero hay un escenario peor: Recibir una carta de Hacienda, no enterarse de ello y perder el plazo para presentar las correspondientes alegaciones y recursos o no acceder a la posibilidad de la rebaja de una sanción por pronto pago. Cuando el cartero lleva un aviso de Hacienda y no encuentra al contribuyente, debe volver al cabo de tres días y en una hora distinta. Si el intento también resulta infructuoso, la notificación se realizará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). No haber recibido la carta en mano no impide sus efectos o la imposición de sanciones.

Para tener una mayor certeza sobre el envío de comunicaciones fiscales, la Agencia Tributaria publicará a partir de hoy en su página web www.agenciatributaria.es una nueva aplicación para que los contribuyentes puedan dejar su número de teléfono móvil o un correo electrónico con el fin de recibir alertas de Hacienda. Así, la Agencia Tributaria avisará al móvil o al correo electrónico de los contribuyentes inscritos en el sistema cuando les remita una notificación. Es decir, las comunicaciones se seguirán realizando por vía postal, la diferencia es que ahora el ciudadano tiene la posibilidad de saber que recibirá una notificación de Hacienda en su vivienda.

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13 octubre 2016|

Hacienda tendrá menos tiempo para investigar el IVA

Una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) publicada en septiembre ha determinado que la declaración anual del IVA no tiene efectos sobre el plazo de prescripción de las liquidaciones mensuales o trimestrales del impuesto. La decisión contradice un polémico criterio mantenido por el Supremo desde 2009 e implica que el plazo de Hacienda para investigar el impuesto se reduce.

Para los expertos, la resolución del TEAC supone un regreso a la normalidad. La Ley General Tributaria fija en cuatro años los plazos de prescripción y el derecho de la Administración a exigir deudas fiscales, realizar comprobaciones e imponer sanciones. En materia de IVA, el criterio tradicional sostenía que el cómputo de los cuatro años se iniciaba en el momento en que se exigía la presentación de la declaración mensual o trimestral. Sin embargo, diversas sentencias del Supremo cambiaron esa interpretación a partir de 2009 al señalar que la declaración anual del IVA –en la que las empresas presentan en enero los datos del ejercicio anterior– interrumpía la prescripción de las liquidaciones mensuales o trimestrales. José María Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico, recuerda que la decisión del Supremo supuso que Hacienda obtuviera prácticamente un año adicional para investigar a los contribuyentes

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10 octubre 2016|
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