La revisión del catastro subirá el IBI en un 23% en los próximos diez años

Barcelona llevaba 16 años sin revisar el catastro, que fija el valor de 1,1 millones de inmuebles (pisos, aparcamientos, tiendas…) y acaba de hacerlo. La actualización es trascendente, porque en base al catastro se calculan impuestos como el IBI (de bienes inmuebles) y el de transmisiones o las plusvalías. La actualización, encargada al Ministerio de Hacienda, eleva un 19% el valor global de los inmuebles de la ciudad y un 23% en el caso de las viviendas. Estos porcentajes tendrán que trasladarse al recibo del IBI, una subida que se aplicará gradualmente en 10 años.

En vistas al año 2018, hay una buena noticia para los vecinos de 37 de los 73 barrios: su recibo del IBI bajará, porque sus pisos estaban sobrevalorados. De hecho una de las sorpresas de la revisión catastral es que un 24% de los inmuebles residenciales desciende de valor. El impuesto quedará congelado en 26 barrios y subirá en otros 10. En estos casos, la subida máxima que se les aplicará en el recibo del IBI de 2018 será del 6%.

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En realidad, el IBI en 2018 solo aumentará para el 3,6% de los propietarios de vivienda, los 24.000 que viven en pisos de más de 300.000 euros de valor catastral. Más allá de 2018, lo que es impepinable es aplicar, donde la haya, la subida del catastro al recibo del IBI entre 2019 y 2027. El gobierno municipal tendrá que pactar con la oposición en qué tramos aplica la subida.

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12 junio 2017|

El Constitucional tumba la amnistía fiscal de Montoro

La amnistía fiscal impulsada por el Gobierno no fue constitucional. Así lo ha declarado el Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad estimando un recurso presentado por el PSOE contra la regularización.

La decisión del Constitucional, a la que ha tenido acceso este diario, “no afectará a las regularizaciones tributarias firmes que se realizaron al amparo de la norma anulada” en virtud de preservar la seguridad jurídica.

Sin embargo, el Tribunal carga contra la costumbre del primer Gobierno de Mariano Rajoy, con mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados, de impulsar buena parte de sus iniciativas mediante a golpe de decretos ley.

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12 junio 2017|

Hacienda carga contra el fraude fiscal de las tiendas de los chinos

la Agencia Tributaria ha iniciado este jueves una operación contra la economía sumergida entre distribuidores de productos chinos en todaEspaña, y está realizando entradas y registros en más de 60 naves de polígonos industriales de 11 comunidades autónomas, entre los que seencuentran Cobo Calleja en Madrid, el Carrús en Elche y Badalona Sud en la ciudad del mismo nombre.

Más de 300 funcionarios de la Agencia Tributaria, repartidos en distintos departamentos del organismo como inspección, equipos de fraudeorganizado de la ONIF, unidades de auditoría informática y de vigilancia aduanera, están realizado registros que se extenderán a lo largo de todo el día de hoy, y en paralelo se están llevando a cabo actuaciones inspectoras sobre varias decenas de sociedades y sobre algunos de los socios o administradores de dichas empresas.

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12 junio 2017|

Hacienda aclara que los viajes de los médicos pagados por la industria no tributan por IRPF

El Ministerio de Hacienda se ha comprometido a modificar el reglamento del IRPF para que quede claro que “los cursos de formación del personal sanitario, financiados por empresas” ni tributan ni van a tributar como renta, lo que se aplica a los congresos médicos pagados por la industria farmacéutica.

Se despeja así una duda que lleva sobrevolando alrededor de un año y creando incertidumbre en el sector médico respecto a sus asistencias a congresos pagadas por los laboratorios. Desde que el año pasado la industria farmacéutica, como medida de transparencia, publicara lo que le cuesta en cada caso esos viajes, inscripción y alojamiento, surgió la inseguridad entre los facultativos por si debían declarar ese coste –que ellos no reciben en metálico– como retribución en especie.

Tras la reunión de este lunes del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, con el presidente de la Organización Médica Colegial de España (OMC), Serafín Romero, el Ministerio ha explicado en un comunicado que la norma será dotada “de mayor precisión” para aclarar que esta formación recibida por el personal médico no tiene la consideración de rendimiento del trabajo en especie.

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La reunión se ha producido después de que en un reciente informe la Agencia Tributaria concluyera que la asistencia a congresos y jornadas médicas con gastos pagados por las compañías farmacéuticas debía tener la consideración de retribución en especie, lo que generó preocupación e incertidumbre en el colectivo médico.

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30 mayo 2017|

Aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del IVA para facilitar la adaptación de los contribuyentes al SII

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del IVA con el objetivo de facilitar la adaptación de los sujetos pasivos al nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII), introducido mediante el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, y que será de aplicación desde el 1 de julio de 2017.

En primer lugar, se establece un plazo extraordinario para solicitar la baja en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME) y para presentar la renuncia al régimen especial del grupo de entidades del IVA, hasta el 15 de junio de 2017, y que tendrá efectos desde el 1 de julio de 2017.

La razón principal reside en que el SII resulta de aplicación tanto a los contribuyentes inscritos en el REDEME, como a los acogidos al régimen especial del grupo de entidades. Teniendo en cuenta que la baja en el REDEME o la renuncia al régimen especial del grupo de entidades debieron presentarse en los meses de noviembre y diciembre de 2016, respectivamente, y que el citado Real Decreto 596/2016, se publicó en el BOE el 6 de diciembre de 2016, es necesario habilitar dicho plazo extraordinario para que estos contribuyentes puedan solicitar la baja voluntaria o, en su caso, la renuncia y facilitar así su adaptación al nuevo sistema.

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29 mayo 2017|

61.000 empresas estrenarán software para conectar con la Agencia Tributaria

Reducción de las cargas de distintos modelos tributarios como el de resumen anual del IVA, menos errores y  ampliación de plazos en los ingresos de autoliquidacions del IVA son algunos de las claves de que resumen la aplicación del nuevo Suministro Inmediato de Información (SII). Claves analizadas durante una jornada informativa organizada por PHC Software y Arrabe Asesores.

La asistencia al contribuyente y la mejora en el control tributario son los principales objetivos del Suministro Inmediato de Información (SII), que afectará a unas 61.000 empresas a partir del próximo 1 de julio de 2017, y cuya entrada en vigor se traducirá en una mayor rigurosidad en el tratamiento de la información, así como la simplificación de las obligaciones formales y la rapidez en las devoluciones.

Para cumplir con este cambio, las empresas españolas que están obligadas al SII deberán disponer de una nueva solución de software que permita la comunicación en tiempo real con la Agencia Tributaria, y sus equipos financieros y de contabilidad deberán reevaluar sus operativas, sistemas y procedimientos internos de facturación de forma que aseguren su correcta implantación y puedan cumplir adecuadamente con la nueva normativa.

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26 mayo 2017|

Hacienda y la FEMP pactarán cómo devolver la plusvalía cobrada de más

Tal y como se esperaba en medios jurídicos, el Tribunal Constitucional se pronunció el pasado 11 de mayo sobre la plusvalía municipal a nivel nacional. En su sentencia, vuelve a dar la razón a los contribuyentes, como ya hiciera en sendas sentencias sobre las leyes forales de Álava y Guipúzcoa, y declara inconstitucionales y nulos los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El alto tribunal considera que el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (popularmente conocido como plusvalía) vulnera el principio constitucional de capacidad económica en la medida en que no se vincula necesariamente a la existencia de un incremento real del valor del bien, «sino a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo».

El Pleno explica que el objeto del impuesto regulado por la norma estatal ahora cuestionada es el incremento del valor que pudieran haber experimentado los terrenos durante un determinado intervalo de tiempo. Sin embargo, el gravamen no se vincula necesariamente a la existencia de ese incremento, sino “a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo computable entre uno (mínimo) y 20 años (máximo)”. Por consiguiente, añade la sentencia, “basta con ser titular de un terreno de naturaleza urbana para que se anude a esta circunstancia, como consecuencia inseparable e irrefutable, un incremento de valor sometido a tributación que se cuantifica de forma automática mediante la aplicación al valor que tenga ese terreno a efectos del impuesto sobre bienes inmuebles al momento de la transmisión, de un porcentaje fijo por cada año de tenencia, con independencia no solo del quantum real del mismo, sino de la propia existencia de [...]

18 mayo 2017|

Alquilar la vivienda, aunque solo sea una semana, supone perder la deducción fiscal

La deducción por vivienda habitual en el IRPF se suprimió en 2013, pero se mantiene para aquellos contribuyentes que compraron su casa antes de ese ejercicio. Aun hoy, este beneficio fiscal representa la deducción en cuota más relevante por cuantía y número de beneficiarios.
Una reciente consulta de la Dirección General de Tributos señala que la posibilidad de aplicar la desgravación desaparece en el caso de que la vivienda se ponga en alquiler, aunque solo sea unas semanas. La aclaración de Hacienda se produce en un momento en que el auge de servicios como Airbnb o Home Away está animando a muchos propietarios a alquilar sus viviendas por cortas estancias y lograr así un rendimiento económico.

Sí que es posible beneficiarse de la desgravación por vivienda y, al mismo tiempo, alquilar una habitación

Tributos recuerda que la aplicación de la deducción por adquisición de vivienda habitual requiere que el propietario resida en la casa como mínimo durante un plazo continuado de tres años. Además, para tener la consideración de residencia habitual debe ser “habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente”.

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Hacienda responde a un contribuyente que adquirió su casa en 2009 y que se plantea alquilarla por cortas temporadas, durante las cuales trasladaría su residencia a otra propiedad. Ante este supuesto, Hacienda dictamina que, al ser arrendada, “la vivienda perderá el carácter de habitual y, con ello, el derecho a aplicar, a partir de entonces, la deducción por adquisición de vivienda”. Sin embargo, Tributos añade que si este contribuyente alquilara su vivienda y posteriormente volviera a vivir en ella, podría recuperar [...]

17 mayo 2017|

Renta 2016: empieza la atención presencial en oficinas para hacer la declaración

La campaña de la renta de 2016 entra en una nueva fase con el inicio de la atención personal y presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria y de las comunidades autónomas, Ayuntamientos u otras entidades colaboradoras.

Esto permitirá tratar el caso de cada contribuyente con un funcionario de Hacienda. En la cita –es necesario pedirla por anticipado- se podrá confeccionar y presentar la declaración de la renta del año 2016.

La cita previa se puede pedir a través de la web de la Agencia Tributaria, en el apartado “Cita previa Renta” o llamando al 901 22 33 44 / 91 553 00 71 de lunes a viernes de 9 a 19 horas. La cita se debe hacer como máximo el 29 de junio, puesto que la atención personal acaba el día 30.

A la cita se debe acudir sí o sí con el DNI original, IBAN de la cuenta bancaria y referencia de todos los inmuebles que se tengan en propiedad, en alquiler o en otra circunstancia. Si se realiza la declaración en nombre de otra persona, se deberá presentar una autorización del otro declarante y una fotocopia de su DNI, así como el resto de documentos antes mencionados.

Prueba piloto por teléfono

Este año habrá un programa piloto para realizar la declaración por teléfono si no hay citas disponibles. Se dará con las declaraciones sencillas cuando se solicite cita por Internet y no haya disponibilidad.

En tal caso, el contribuyente podrá encontrarse con la opción de ser contactado telefónicamente por la Agencia para la confección de su declaración. El interesado dará a través de la web su teléfono de contacto, un día y una hora a la que le cuadre ser atendido para que la AEAT se [...]

12 mayo 2017|

Cantidades satisfechas por FOGASA. Imputación y retención

En mayo de 2016, el consultante percibió del FOGASA una cantidad en concepto de salarios correspondientes a 2013, salarios pendientes de pago por la empresa. La cantidad abonada se reconoció por sentencia en noviembre de 2015. La consulta es sobre la imputación de los salarios percibidos y su retención a efectos de incluirlos en la declaración de la renta. El servicio de Llamada Experta de Lefebvre – El Derecho resuelve esta cuestión.

Rendimientos de capital inmobiliario. Gastos de conservación y reparación
En el mes de mayo de 2016, el consultante percibió del FOGASA una determinada cantidad en concepto de salarios correspondientes al año 2013, salarios pendientes de pago por la empresa en la que trabajaba que no fueron abonados por situación de insolvencia.

La cantidad abonada se reconoció por sentencia judicial de fecha 31-11-2015, previa demanda interpuesta en reclamación de salarios adeudados. El FOGASA notificó al consultante la resolución adoptada en abril de 2016, con el reconocimiento íntegro de la cantidad reclamada en concepto de salarios adeudados.

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5 mayo 2017|
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