Nuevas medidas fiscales COVID-19: IVA de las mascarillas, exenciones en escrituras de moratorias ICO y beneficios fiscales al cine y a la automoción

Impuesto sobre Sociedades

Se realizan modificaciones en este Impuesto con el fin de adaptar los preceptos modificados a la normativa comunitaria. En particular, las modificaciones referidas a las producciones extranjeras de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales y a la deducción en innovación en procesos en la cadena de valor de la industria del automóvil traen causa en los procedimientos de comunicación de tales incentivos fiscales a la Comisión Europea.

Deducción por inversiones en producciones extranjeras de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales

La DF 5ª del RDL 34/2020 adapta la deducción por inversiones en producciones extranjeras de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales a la Comunicación de la Comisión Europea sobre ayuda estatal a las obras cinematográficas y otras producciones del sector audiovisual.

Leer la noticia completa – click aquí

19 noviembre 2020|

Los expertos proponen una jubilación flexible entre los 60 años y los 75 años… y que el trabajador elija

A escasas horas de que el Congreso de los Diputados de luz verde a las recomendaciones del Pacto de Toledo para la reforma del sistema público de pensiones, son varios los puntos que aún quedan por despejar de los futuros cambios en la ley de Seguridad Social. Una de las claves que el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ya ha aclarado que abordará para el refuerzo del Sistema es aproximar la edad real de retiro del mercado laboral (62 años y 7 meses) a la edad legal de jubilación, actualmente en los 65 años y 10 meses. En este sentido, los economistas y expertos del think tank Civismo proponen que se establezca una jubilación flexible que vaya desde los 60 años hasta los 75 años, y donde el trabajador pueda escoger el momento de salida del mercado laboral.

Leer la noticia completa – click aquí

19 noviembre 2020|

El Gobierno permitirá a autónomos y pymes avalados pagar más tarde

El Gobierno permitirá a los autónomos y pymes que hayan conseguido un aval del Estado que puedan pagar más tarde de lo previsto inicialmente. Fuentes del Ejecutivo han informado a través de la agencia EFE que los autónomos y las pymes tendrán hasta tres años para poder devolver los préstamos que se les ha concedido a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Las nuevas medidas anunciadas por el Gobierno nacional, se aprobarán hoy en el Consejo de Ministros, según ha adelantado la agencia de noticias.

Leer la noticia completa – click aquí

18 noviembre 2020|

La justicia admite el despido por causas económicas si la recuperación es mínima

El despido por causas económicas es válido a pesar de que la empresa experimente una recuperación si ésta es mínima. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia en una sentencia en la que declara procedente el cese objetivo de un trabajador y razona que registrar una «nimia» mejoría en el balance de resultados no es un impedimento para extinguir contratos por problemas financieros.

Según recogen los hechos probados del fallo, la empleada, una abogada, llevaba casi 15 años trabajando para la compañía, una firma de servicios legales. A finales de 2019, el despacho le envió una carta en la que se le comunicó su despido alegando que tenían la necesidad de amortizar su puesto «debido a la concurrencia de causas objetivas de naturaleza económica».

Leer la noticia completa – click aquí

18 noviembre 2020|

Un juzgado reconoce que el trabajo por cuenta ajena de autónomos es compatible con la prestación por cese

Así lo ha señalado tras recibir una demanda el 28 de septiembre en la que se solicitaba que se reconociera el derecho del demandante a percibir la prestación por cese de actividad correspondiente al tercer trimestre del año.

En la demanda, el solicitante alegaba que, al contrario de lo que decía la Mutua Fremap, «la prestación no era incompatible con el trabajo por cuenta ajena en situaciones previas de pluriactividad».

En los fundamentos de derecho, el juez señala que la prestación por cese de actividad es extraordinaria y viene a «cubrir una situación verdaderamente acuciante y urgente» para permitir la posibilidad de continuidad futura de la actividad por cuenta propia y el mantenimiento de unos ingresos mínimos que permitan al trabajador autónomo atender sus necesidades personales y familiares más esenciales.

Así, estimó el derecho a la prestación del demandante por un importe de 1.416,60 euros, lo correspondiente al periodo que va entre el 1 de julio y el 30 de septiembre (472,20 euros brutos al mes), y condenó a la mutua Fremap a hacer frente al pago y al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a «estar y pasar por el pronunciamiento de condena de la mutua, con arreglo a posibilidades legales».

En declaraciones a Europa Press, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) ha recordado que defendió que la prestación era compatible con la pluriactividad y que, entre julio y septiembre, «en ningún sitio se decía que fuese incompatible con la actividad».

Leer la noticia completa – click aquí

18 noviembre 2020|

ERTE por COVID: los representantes de los trabajadores tienen preferencia a permanecer en la empresa

Que se diga en una sentencia que los miembros del Comité de una empresa tienen prioridad en la permanencia en un despido colectivo o un ERTE no tiene novedad ninguna. Pero en este específico supuesto, se alega por la empresa que como en la normativa reguladora específicamente aprobada durante la pandemia no se dice nada de este peculiar derecho, puede incluir a los representantes en la lista de ERTE frente a sus compañeros.

No es así. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sentencia de 16 de julio de 2020 (645/2020) avala la nulidad de la decisión empresarial de incluir a una delegada sindical en el ERTE de la empresa motivado por COVID-19.

El silencio del legislador a la hora de regular la extensión subjetiva del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, no puede entenderse de forma extensiva y menos aun vulnerando un derecho fundamental: el derecho a la libertad sindical.

Si un trabajador es miembro del comité de empresa no puede ser incluido en el ERTE. Tampoco en tiempos de COVID.

Leer la noticia completa – click aquí

18 noviembre 2020|

El Gobierno aprueba hoy cambios en los avales ICO y la ley concursal

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la adaptación de los créditos ICO a la segunda ola de la pandemia, que incluye una prolongación del plazo de solicitud hasta el próximo 30 de junio, tal y como confirmó ayer la vicepresidenta tercera, Nadia Calviño. La también ministra de Asuntos Económicos avanzó además que, junto a la ampliación de las condiciones de los avales públicos, a través de un real decreto ley darán luz verde a otras medidas relacionadas con “el régimen concursal”, de carácter energético y fiscal, como la anunciada rebaja del IVA del 21% al 4% en las mascarillas.

Calviño adelantó parte del contenido de este paquete de medidas, destinado parcialmente a apuntalar la solvencia de las empresas golpeadas por la extensión de la Covid-19, al finalizar la reunión entre el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y buena parte de su gabinete con los agentes sociales para poner en marcha una mesa de diálogo sobre el plan de recuperación impulsado por los fondos de la Unión Europea.

Leer la noticia completa – click aquí

18 noviembre 2020|

El TJUE aclara cómo computar el periodo de referencia para que un despido sea colectivo

El legislador español ha optado por un período de referencia de 90 días para considerar la existencia de un despido colectivo que se debe computar antes de la fecha en la que tuvo lugar el despido individual. Ahora se encarga el TJUE de aclarar cómo debe computarse desde un punto de vista temporal el período de referencia previsto por la normativa nacional.

Lo ha hecho en la sentencia de 11 de noviembre de 2020, en el asunto c-300/2019. Entiende que, a los efectos de apreciar si un despido individual impugnado forma parte de un despido colectivo, el período de referencia para determinar la existencia de un despido colectivo ha de calcularse computando todo período de 30 o de 90 días consecutivos en el que haya tenido lugar ese despido individual y durante el cual se haya producido el mayor número de despidos efectuados por el empresario por uno o varios motivos no inherentes a los trabajadores. 

Entenderlo de otro modo vulneraría la finalidad última de la Directiva 98/59/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros que se refieren a los despidos colectivos pues no se debe dejar a los tribunales nacionales la facultad de computar los despidos producidos antes o después de la fecha del despido individual impugnado, y subraya la sentencia que el período de referencia debe ser continuo.

Leer la noticia completa – click aquí

16 noviembre 2020|

Los contribuyentes tienen derecho a recurrir las multas de Hacienda pese a haber confirmado la liquidación

Los contribuyentes no quedan atados de pies y manos por haber firmado de conformidad el acta de liquidación de Hacienda. En caso de recibir la correspondiente multa, podrán rebatirla utilizando los defectos de la paralela, aunque esta ya sea firme. Esta es la doctrina que fija el Tribunal Supremo en una reciente sentencia en la que da la razón a una empresa que peleó una sanción de cerca de 38.000 euros por dejar de ingresar el IVA de ciertos servicios facturados en el periodo 2009-2010. La Sala devuelve el asunto al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, que deberá analizar de nuevo la cuestión.

El fallo (cuyo texto puede consultar aquí) concluye que el derecho de defensa y la tutela judicial efectiva de los contribuyentes exige que pueda analizarse si las actuaciones inspectoras “se ajustaron a Derecho”. Llegado el caso, añade, implica la posibilidad de impugnarlas en el procedimiento sancionador, aunque ya no sea posible recuperar la deuda pagada.

Leer la noticia completa – click aquí

16 noviembre 2020|

La segunda ola pone de nuevo al SEPE en riesgo de colapso en algunas zonas de España

La emergencia del coronavirus ha colapsado muchos servicios públicos. No sólo las urgencias hospitalarias y la atención primaria se han visto superadas por la pandemia, el Servicio Público Estatal de empleo (SEPE) también ha padecido las consecuencias de la covid-19.

Ante la fuertes consecuencias laborales de la pandemia, el Ministerio de Trabajo desplegó un escudo social para no repetir los pasos de la anterior crisis del 2008 que desencadenó en millones de trabajadores en paro. Entre las medidas más importantes se pusieron en marcha los ERTE y la salvaguarda del empleo, las ayudas a los autónomos, a la cultura, a los trabajadores temporales, fijos discontinuos y la nueva ayuda para parados de 430 euros.

Un fuerte despliegue de medidas de protección laboral cuya gestión ha recaído en una plantilla del SEPE muy mermada y con unos medios muy precarios, ya que el sistema informático que utilizan para llevar a cabo dichas tramitaciones tiene más de 35 años.

Leer la noticia completa – click aquí

13 noviembre 2020|
nike air max online nike air max thea hombre nike air max baratas online air max 90 baratas mujer nike air max 87 baratas nike air max 90 baratas mujer nike air max milanuncios nike air max outlet nike air max blancas air max 90 hombre nike air max thea hombre air max 90 essential comprar air max 90 baratas air max 90 blancas mujer airmax baratas online air max 90 blancas air max 90 mujer baratas air max 90 hyperfuse nike air max mujer nike air max outlet nike air max online air max baratas online nike air max 90 mujer nike air max baratas online nike air max precio air max 90 mujer nike air max running air max 90 baratas online comprar air max 90 nike air max 90 blancas zapatillas nike air max nike air max light comprar nike air max zapatillas nike air max baratas