Montoro endurece su batalla fiscal contra las grandes empresas

El alud de críticas que ha recibido el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, por la subida de impuestos a las grandes empresas y la inseguridad jurídica que ha generado entre esas empresas no va a provocar un cambio en los impuestos. Nada más lejos de la realidad. Montoro ha recordado en su comparecencia en el Congreso que las medidas adoptadas durante el pasado ejercicio promueven que la tributación efectiva se aproxime a la nominal. «No se entiende que una pyme tribute al 18% y un grupo consolidado un 7%. No se entiende y no se puede aceptar. Hemos cambiado las condiciones, pero eso no se puede calificar de inseguridad jurídica», señaló.

El titular de Hacienda recordó que ya se hicieron cambios en 2011. «Les han venido bien para reducir su endeudamiento. Hemos hecho política por el interés general. A ustedes [refiriéndose a las granees empresas] les corresponde pagar más. No vamos a bajar más el gasto social tal y como piden. Hemos reducido el gasto público en 15.000 millones y hemos subido el gasto social, que es lo que promueve la cohesión social en España».

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26 enero 2017|

Hacienda admite aplazar deudas al cesar el concurso de acreedores

Aunque en el artículo 65.2 de la Ley General Tributaria (LGT) se establece que no pueden ser aplazadas o fragmentadas en caso de concurso del obligado tributario, las deudas consideradas como créditos contra la masa, de acuerdo con la Ley Concursal, la Agencia Tributaria (AEAT) ha publicado una instrucción en la que se indican las pautas que se deben seguir cuando cesan los efectos del concurso como consecuencia de la aprobación de un convenio de acreedores.
Así, se inadmitirán todas las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas devengadas en el plazo que transcurre desde la declaración del concurso hasta la eficacia del convenio -cese de efectos del concurso-, con independencia de que se hayan presentado antes o después de esa fecha.
Basa su criterio la AEAT en que las deudas devengadas tras la fecha del auto de declaración del concurso y antes de la eficacia del convenio, que son créditos contra la masa según el artículo 84.2 de la LC y si se solicita su aplazamiento se ha de aplicar el artículo 65.2 de la LGT, según el cual son inaplazables.
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24 enero 2017|

Solo un tercio de autónomos quiere cotizar según ingresos

La subcomisión del Congreso de los Diputados que estudiará la reforma del Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) de la Seguridad Social tendrá como plato fuerte la discusión de si se modifica o no el sistema de cotización de este colectivo de forma que dejen de poder escoger su base de cotización y esto se sustituya por un modelo de tramos en función de los ingresos reales de cada trabajador.

Pero ante esta disyuntiva ¿qué es lo que prefieren los propios afectados? El Baremo sobre perspectivas de los trabajadores autónomos que elabora la federación de autónomos (ATA), presentado hoy, muestra una fuerte división al respecto. Así, el colectivo estaría dividido en tres partes prácticamente iguales que preferirían cotizar según sus ingresos reales; seguir escogiendo la base de forma voluntaria, o no saben por cuál decantarse.

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20 enero 2017|

Empleo congela la cuota mínima de los autónomos hasta que haya presupuestos

Las oficinas de la Seguridad Social deberían recibir esta semana la orden del Ministerio de Empleo en la que se determinan los tipos y bases de cotización de los trabajadores, para cobrar ya sus cuotas del mes de enero.

Normalmente, dicha orden ministerial se elabora con las condiciones de cotización que incluyen los Presupuestos Generales del Estado, pero este año, ante la ausencia de cuentas públicas, los responsables de Empleo y Seguridad Social están ultimando un texto con los requisitos a aplicar hasta que se apruebe un nuevo presupuesto.

Según el borrador de orden ministerial propuesto por Empleo –que se aprobará definitivamente en próximos días– la base mínima de cotización del colectivo de trabajadores autónomos quedará fijada en 893,10 euros al mes, idéntica cantidad que en 2016.

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20 enero 2017|

Los autónomos podrán seguir aplazando el pago de deudas inferiores a 30.000 euros

Los autónomos y pymes no tendrán que justificar ante la Agencia Tributaria que no han cobrado el IVA cuando pidan un aplazamiento de una deuda tributaria si ésta es inferior a los 30.000 euros.

Una instrucción interna de este organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, establece este criterio pues entiende que cuando un autónomo tiene una deuda por esta cantidad es que no se ha cobrado dicho impuesto. Por ello le permite el aplazamiento del pago de la deuda durante un periodo de seis meses si se trata de una persona física y de 12 si es jurídica.

La institución que dirige Santiago Menéndez publicó este viernes una nota aclaratoria sobre las normas de estos aplazamientos ante la confusión originada por el real decreto-ley, de 2 de diciembre, de medidas tributarias, que permitirá a Hacienda ingresar unos 1.500 millones de euros adicionales.

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16 enero 2017|

Los planes de pensiones se podrán embargar

La ventana de liquidez abierta en los planes de pensiones y planes de previsión asegurados (PPA) tendrá consecuencias no buscadas inicialmente. Cuando esta posibilidad sea efectiva, el ahorro colocado en estos productos se podrá embargar, algo que ahora no es posible.

Ésta es la respuesta dada por la Dirección General de Seguros y Pensiones, del Ministerio de Economía, a una pregunta de Inverco sobre esta cuestión.

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16 enero 2017|

Primera sentencia que declara nulo por discriminatorio el despido en situación de baja

La sentencia del Juzgado de lo Social nº 33 de Barcelona de fecha 23 de diciembre de 2016 reconoce por primera la nulidad por discriminatorio de un despido cuando el trabajador se encuentra en una situación de incapacidad temporal, en concreto, por un accidente laboral. Apoya su decisión en la sentencia del TJUE de 1 de diciembre de 2016, en el asunto C-395/15 Daouidi (ES), que resolvía la cuestión prejudicial planteada por dicho juzgado, y que aclara qué debe entenderse por “discapacidad” en el sentido de la Directiva 2000/78.Hasta el momento, la doctrina del Tribunal Supremo al respecto era clara: estas situaciones, en las que el empleador aduce «falta de rentabilidad en el mantenimiento del puesto de trabajo» podían dar lugar a un despido improcedente, pero, en ningún caso, nulo (entre otras, STS Sala de lo Social de 12 Jul. 2004, STS de 27 de enero de 2009). Este criterio jurisprudencial ha generado, en opinión del juez, una situación en la que el empresario, desde la seguridad de que será aplicada esta doctrina, y asumiendo el coste económico de la declaración de improcedencia, despide sin necesidad de causa objetiva o real al trabajador enfermo o accidentado.

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13 enero 2017|

Montoro permitirá que las pymes aplacen el pago del IVA

El ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro, ha defendido hoy en el Congreso la actuación el Gobierno y ha trazado las «líneas maestras» para los próximos años. Montoro confirmó que España cumplió en 2016 el objetivo de déficit público, que Bruselas permitió en verano ampliar hasta el 4,6% ante la evidencia de que España iba a rebasar nuevamente el límite. Ante las críticas de diversos grupos parlamentarios, Montoro aclaró que su departamento está trabajando para que las limitaciones a los aplazamientos de deuda fiscal que se incluyeron en el real decreto de medidas fiscales aprobado en diciembre no afecten a las pymes. El objetivo es que las pequeñas y medianas empresas puedan seguir aplazando el pago del IVA.

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13 enero 2017|

¿Puede el Fondo de Garantía Salarial optar por la indemnización en los casos de despido improcedente en que la empresa se encuentra cerrada y sin actividad?

El art.110 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) -EDL 2011/222121-, en concordancia con lo establecido en el art.56.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET) -EDL 1995/13475-, dispone lo siguiente: «1. Si el despido se declara improcedente, se condenará al empresario a la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, así como al abono de los salarios de tramitación a los que se refiere el apartado 2 del art. 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores o, a elección de aquél, a que le abone una indemnización, cuya cuantía se fijará de acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del art. 56 de dicha Ley, con las siguientes particularidades:

a) En el acto de juicio, la parte titular de la opción entre readmisión o indemnización podrá anticipar su opción, para el caso de declaración de improcedencia, mediante expresa manifestación en tal sentido, sobre la que se pronunciará el juez en la sentencia, sin perjuicio de lo dispuesto en los art.111 y 112 -EDL 2011/222121-.

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12 enero 2017|

Invalidez laboral por excrementos de paloma

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) le ha dado la razón a una ex informadora turística de la plaza de Cataluña, con fibrosis pulmonar severa, que alegó como accidente laboral la enfermedad, derivada de una sensibilidad a la constante exposición a los excrementos de palomas y otras aves que frecuentan la plaza. La mutua de la trabajadora alegaba que el contacto con las heces era solo un factor de riesgo y no la causa real de la enfermedad, una tesis que el TSJC admitió inicialmente pero que ahora rectifica.

El caso se remonta a 2008, cuando la empleada empezó a sufrir dolencias pulmonares. La mujer trabajaba en dos puestos de información del Consorcio Turismo de Barcelona, uno cercano a la Rambla y otro ubicado en el subterráneo de la céntrica plaza. Meses después de incorporarse, la mujer ya sufría alteraciones respiratorias y tras dos años de soportar un ambiente con alta concentración de los desechos, dejó el empleo. Una vez fuera del consorcio turístico, sufrió otras bajas por enfermedades respiratorias vinculadas a la fibrosis, lo que motivó que la Seguridad Social le concediera la incapacidad laboral permanente.

En 2012, un juzgado de lo social de Barcelona concluyó que el origen de la dolencia de la enferma —representada por el Colectivo Ronda— fue su prolongada exposición a los excrementos de las palomas y periquitos. Además, reconocía el origen profesional de la enfermedad.

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12 enero 2017|
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