El régimen de las socimis abre un aluvión de consultas fiscales a Tributos

La nueva figura de las socimis ha traído miles de millones en inversión a España, pero también ha abierto numerosas dudas a los accionistas y gestores. Así lo explicaron ayer responsables del sector en elprimer salón inmobiliario Realty Spain, que se celebra hasta este jueves en Madrid y del queCinco Días es medio oficial.

El régimen fiscal de las socimis, aprobado en 2013, relanzó este tipo de sociedades en España a semejanza de los REIT internacionales con gran éxito en otros países. “El sector ha captado miles de millones gracias a este régimen. Ha tenido una efecto importantísimo, que ha permitido la entrada masiva del capital extranjero”, recalcó Antonio López Bodas, director financiero de la socimi Hispania, que gestiona activos por 2.000 millones de euros. “España estaba muy por detrás de su entorno por la falta de la figura de los REIT”, añadió.

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22 junio 2017|

Si eres autónomo pronto podrás desgravarte hasta 12 euros diarios por comida

La Ley de medidas urgentes del trabajo autónomo quedó el miércoles prácticamente cerrada en la ponencia del Congreso de los Diputados donde se ha negociado. Esta norma incluye una decena larga de novedades para el funcionamiento de los más de tres millones de autónomos dados de alta en la Seguridad Social. El Partido Popular, Ciudadanos, Esquerra Republicana y el PDeCAT prevén sacar ya adelante la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo que mañana podría ser enviada directamente al Senado, para que pudiera entrar en vigor desde finales de junio o principios de julio.

La medida más novedosa es que los autónomos con empleados a su cargo y cumplida la edad legal de jubilación podrán compatibilizar el cobro del 100% de su pensión con el mantenimiento de su actividad. El resto de autónomos seguirá con el 50%. En la actualidad, la ley permite a todos los trabajadores que cobren el 50% de la pensión a la que tienen derecho cuando se jubilan y, al tiempo sigan trabajando ya sea como autónomos o como asalariados. Hasta ahora, el 85% de los trabajadores que optaban por esta compatibilidad eran autónomos.

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22 junio 2017|

Cómo organizar el reparto de las vacaciones entre los empleados de su empresa

Las empresas tienen que establecer normas generales para regular el reparto de los días, pero deben ofrecer flexibilidad para adaptarse a las necesidades de sus empleados.
La llegada de los meses de verano es sinónimo de vacaciones para la mayoría de empresas españolas. Pero en algunas compañías el reparto de estos días libres provoca enfrentamientos entre los compañeros y caos en la organización debido a la ausencia de una parte importante de la plantilla. En muchos casos, estos problemas están provocados por estructuras que siguen viejas rutinas, poco eficaces y sin flexibilidad para adaptarse a los casos individuales.

«Muchas empresas se obsesionan con mantener sus procesos productivos durante este periodo e infravaloran la importancia que las vacaciones tienen en los índices de satisfacción del personal, especialmente entre las nuevas generaciones», afirma Luis Goyares, director de People Excellence. Para satisfacer ambas necesidades, las empresas deben adoptar unos sistemas en los que establezcan los estándares básicos de funcionamiento, pero que se ajusten a las características de cada departamento y a las preferencias de sus empleados.

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21 junio 2017|

El bonus se mantiene aunque la empresa cambie de dueño

La Justicia establece que un directivo no puede aumentar el bonus pactado si la empresa es comprada y la nueva ofrece un variable más generoso, lo que ha librado a una compañía del abono de 200.000 euros.
La Justicia establece que el directivo no puede incrementar el bonus que había pactado en el caso de que la empresa sea comprada y la nueva compañía mantenga una política retributiva más generosa. Así lo estipula una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que ha dado la razón a la empresa en el caso de un directivo que reclamó que le correspondía un sustancioso bonus en una sucesión empresarial.

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21 junio 2017|

Si el miembro del comité de empresa se sobrepasa, se le puede despedir

La Constitución Española, en su artículo 37.1, concreta la posibilidad de negociación de los representantes de los trabajadores y establece la obligación de regular legalmente ese derecho. Debido a la difícil situación en la que se encuentran los representantes de los trabajadores en las empresas, teniendo que negociar las condiciones laborales y defender los intereses de sus compañeros enfrente de la dirección, su puesto de trabajo está revestido de una protección especial que garantice el ejercicio de esta representación libremente.

Los representantes de los trabajadores encuentran reguladas sus garantías mínimas en el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores, que luego podrán ser ampliadas en los convenios en los que así se decida. Una de ellas establece la obligación de abrir un expediente contradictorio cuando se sancione al representante por faltas graves o muy graves, con trámite de audiencia y posibilidad de rebatir los hechos de los que se le acusa. En materia de despidos en la empresa, tiene prioridad de permanencia respecto de los demás empleados cuando el despido se produzca por causas tecnológicas o económicas.

Otra de las garantías es la imposibilidad de ser despedido durante el ejercicio de sus funciones ni hasta un año después de que abandone sus funciones. Sin embargo, existen situaciones en las que la justicia ha dado la razón a la empresa a la hora de despedir a un trabajador que ostentaba el cargo de miembro del comité de empresa y, por tanto, representante de los trabajadores, cuando este no tenía relación con sus actividades representativas.

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21 junio 2017|

Lo que debe saber una pyme para presentar el IS en plazo

La declaración del Impuesto de Sociedades no tiene un plazo único de presentación para todos los contribuyentes. Por el contrario, cada pyme tiene su propio calendario de pago, que está delimitado por la fecha en la que concluye su periodo impositivo.

En general, la declaración del Impuesto de Sociedades se lleva a cabo en el plazo de los 25 días naturales a los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo. Así, para quien cuente con un ejercicio económico que coincide con el año natural, el plazo de presentación de la declaración queda fijado en los 25 primeros días naturales del mes de julio.

Por el contrario, si el periodo impositivo no coincide con el año natural y finaliza un mes que tenga 30 días, el plazo de los seis meses debe computarse de fecha a fecha. En concreto, si termina su periodo impositivo el 30 de junio, el plazo de seis meses concluiría el 30 de diciembre del mismo año. A partir de esa fecha se computarán los 25 días naturales, por lo que el plazo empezará a computar el 31 de diciembre y concluirá el 24 de enero del año siguiente.

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20 junio 2017|

Multas de 820.000 euros para quien pague tarde a autónomos o pymes

La proposición de ley de Ciudadanos para atajar la morosidad llega al Pleno del Congreso de los Diputados. En concreto, la formación naranja propone el establecimiento de un régimen sancionador, con multas de entre 60 y 819.780 euros para aquellos que contraigan deudas con las empresas, especialmente pymes, las más afectadas por este tipo de prácticas. Asimismo, se busca poner en marcha un sistema de arbitraje que dirima los conflictos entre empresas.

Estas sanciones quedaron ya recogidas en el pacto de investidura que Ciudadanos firmó con el PP. Sin embargo, ante la pasividad de esta formación política, el pasado mes de mayo Ciudadanos registró su iniciativa. La misma está auspiciada por asociaciones de autónomos, pymes y la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMCM).

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20 junio 2017|

Hacienda pone el foco en los nuevos perfiles profesionales como los influencers

Su auge ha hecho saltar las alarmas sobre la forma en la que estos emprendedores dan cuenta de las ganancias derivadas de su trabajo. Hacienda ya ha puesto el foco en los nuevos perfiles profesionales.

El auge de las redes sociales e Internet y el nacimiento de diferentes plataformas digitales, todas ellas enfocadas a la difusión de contenido -blogs, Youtube, etc.- ha dado lugar a una nueva coyuntura a todos los niveles y, en especial, en el plano profesional, donde están surgiendo nuevos perfiles.

De este modo, los conocidos como influencers -personas que transmiten credibilidad en determinados aspectos y que, gracias a su prestigio, se convierten en válidas alternativas para promocionar los productos de las marcas- logran considerables ingresos a través de sus colaboraciones y campañas. Actividades que, precisamente, están ahora más que nunca en el punto de mira de las redes sociales, en concreto, de Instagram, que ha decidido dotar de mayor transparencia las publicaciones de los influencers.

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19 junio 2017|

Nueva ayuda para ninis: 430 euros al mes si logran un contrato formativo

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha concretado finalmente hoy, la cuantía de la ayuda que el Gobierno estaba estudiando para los jóvenes desempleados y sin formación. Esta ayuda,será en forma de complemento salarial y consistirá en 430 euros mensuales para aquellos jóvenes conocidos comúnmente como ninis (que ni estudian ni trabajan) que logren que les hagan un contrato de formación.

Así, cobraran lo estipulado en dicho contrato más los citados 430 euros. Teniendo en cuenta el salario de los contratados para formación no puede ser inferior al salario mínimo interprofesional (707,70 euros en 2017), los futuros beneficiarios de estas ayudas pasarán a cobrar como mínimo 1.138 euros al mes. El tiempo de cobro de este complemento salarial podría ser de hasta 18 meses, si bien este punto aún no es definitivo.

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16 junio 2017|

Cómo eximir a la pyme de los delitos que cometan los empleados

La entrada del nuevo Código Penal ha puesto sobre la mesa la conveniencia de implantar un sistema de prevención de delitos en las empresas. Lo que se conoce como compliance. Una serie de medidas que eximirían a la pyme de responsabilidades por los delitos cometidos por los empleados. Cuestión importante si tenemos en cuenta que la reforma del Código Penal establece sanciones penales a una entidad jurídica, si no se certifica que se ha establecido una cultura de compliance debidamente comunicada a todo el entorno de la empresa. Esto incluye el establecimiento de un canal de denuncias o de un sistema disciplinario ante los incumplimientos del sistema de prevención penal.

Analizamos estos cambios, y cómo pueden afectar a la pyme, de la mano de José Carlos Alonso, presidente de GRM Audit. Así puede una empresa librarse de responsabilidades ante delitos cometidos por miembros del Órgano de Gobierno, de la alta dirección o de los empleados.

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14 junio 2017|
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