Un Juzgado de lo Social de Barcelona, en sentencia del pasado 15 de junio, ha reconocido una incapacidad permanente total a un trabajador, de profesión camionero, que padece dicho trastorno.
Ya es la segunda ocasión que el conductor de vehículos pesados ha tenido de acudir a los juzgados para que se le reconozca la pensión de invalidez. En la primera ocasión, el juzgado reconoció su situación de incapacidad permanente en grado de total para la profesión habitual derivada de enfermedad común. La sentencia razonó que el grado se reconocía «básicamente por el riesgo que comporta la conducción de un vehículo de dichas dimensiones bajo los efectos secundarios de la medicación que habitualmente debe tomar», debido a las patologías que padecía (trastornos de abuso de alcohol, aunque ya en remisión, trastorno esquizotípico de la personalidad, y trastorno de ansiedad generalizada por agorafobia). Pero dos años después, el INSS entendió que el pensionista había mejorado e inició de oficio un expediente de revisión.
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