Europa afirma que si se renuncia a vacaciones no se puede exigir su pago

El abogado general de la Unión Europea, el magistrado Yves Bot, se pronunció ayer sobre dos aspectos que conciernen al derecho de los trabajadores y sus vacaciones.

En una de sus conclusiones sobre un primer asunto, el abogado establece que el hecho de que un empleado no haya solicitado tomar sus vacaciones no puede entrañar automáticamente la pérdida del derecho a compensación económica por las vacaciones no disfrutadas al extinguirse la relación laboral, sino que el tribunal deberá comprobar si el empresario ha demostrado que adoptó las medidas apropiadas para garantizar a dicho trabajador la posibilidad de ejercer efectivamente su derecho a vacaciones anuales retribuidas.

De este modo, «si el empresario demuestra que llevó a cabo las actuaciones necesarias para permitir a los trabajadores ejercer su derecho a vacaciones anuales retribuidas y que, a pesar de las medidas adoptadas, el trabajador renunció de manera deliberada a ejercer ese derecho a pesar de gozar de esa posibilidad durante la relación laboral, dicho trabajador no puede reclamar la compensación económica por las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas al extinguirse la relación laboral», sentenció. Sin embargo, la obligación que recae en el empresario «no puede llegar al extremo de exigirle que obligue a sus trabajadores a utilizar efectivamente los periodos de descanso que les corresponden», matiza.

Según la Directiva europea en materia de tiempo de trabajo, el abono de una compensación económica a fin de sustituir el periodo mínimo de vacaciones anuales retribuidas solo es posible en caso de extinción de la relación laboral.

En un segundo asunto, el abogado general Yves Bot, considera en sus conclusiones que los herederos de un trabajador difunto pueden reclamar una compensación económica por las vacaciones no disfrutadas de éste, y pueden invocar el Derecho [...]

30 mayo 2018|

Pros y contras de que el autónomo contrate a su hijo menor de 30

Muchos de los profesionales autónomos se ven en la necesidad de ampliar su equipo de trabajo y, por ende, generar un nuevo puesto de empleo. En este artículo vamos a explicar cuáles son las ventajas y cuáles son los inconvenientes en el caso de que la persona contratada sea un hijo menor de 30 años.

Lo primero que hay que aclarar es que esta acción está recogida en el Servicio Público de Empleo Estatal como una posibilidad viable: “El trabajador autónomo puede contratar como trabajador por cuenta ajena a su hijo menor de 30 años, aunque conviva con él”.

El primer inconveniente con el que nos encontramos es que en este caso, el hijo de este autónomo no podrá cotizar por desempleo ni estará protegido frente a dicha contingencia, lo que se traduce en que no podrá cobrar la prestación por desempleo.

Es importante señalar que esto se produce en el caso de que este mejor de 30 años aún conviva con su progenitor. Si está independizado el menor no tendría problemas para solicitar la prestación por desempleo.

No obstante, explica el SEPE, en el caso de que aún conviva con su padre y/o madre contratante el trabajador puede acreditar situación legal de desempleo, y si tuviese cotizaciones anteriores suficientes y cumple el resto de requisitos sí que podría optar a dicha prestación.

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30 mayo 2018|

La compensación por las vacaciones no disfrutadas por el difunto se hereda

El Abogado General de la Unión Europea ha señalado en sus conclusiones sobre la cuestión planteada a raíz de un caso que ha tenido lugar en Alemania, que los herederos tienen derecho al pago de una compensación económica por las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas por el fallecido.

El origen de esta cuestión prejudicial es el caso de dos viudas alemanas que solicitaron a los antiguos empleadores de sus maridos fallecidos dicha compensación. Al ser rechazadas sus solicitudes, acudieron a los tribunales. Cuando el caso llegó al Tribunal Supremo de lo Laboral alemán, éste solicitó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que interpretara la Directiva sobre el tiempo de trabajo y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que establecen el derecho de todo trabajador a unas vacaciones anuales retribuidas.

Según el Abogado General, de las explicaciones sobre la Carta (que se remiten a la Directiva) se desprende que el artículo 31, apartado 2, de la Carta garantiza a todos los trabajadores un período de al menos cuatro semanas de vacaciones anuales retribuidas. Por lo tanto, el derecho a una compensación económica para el trabajador que, por razones ajenas a su voluntad, no ha podido ejercer su derecho a vacaciones anuales retribuidas antes de la conclusión de la relación laboral, debe considerarse un derecho protegido por el artículo 31, apartado 2, de la Carta.

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30 mayo 2018|

Requisitos para que un autónomo reciba ayudas al contratar

Qué requisitos debe cumplir un autónomo para recibir ayudas cuando quiere contratar a un joven? ¿Y a un familiar? ¿Y si quiere convertir un contrato en prácticas, de jubilación, de sustitución o de relevo en indefinido? En la actualidad, los profesionales por cuenta propia pueden contratar y recibir algunas ayudas por parte del Estado, siempre y cuando se cumplan una serie de circunstancias que desgranamos a continuación.

Contratar a un joven

Un autónomo o una empresa con nueve o menos trabajadores puede contratar a un joven menor de 30 años y obtener ayudas por su contratación. Para ello deberá no tener ningún vínculo laboral con el trabajador. ni haber celebrado previamente un contrato de estas características.

En estos casos se puede contratar a un menor de 30 años o de 35, en caso de que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Entre las condiciones que debe cumplir, destaca mantener contratado al empleado como mínimo 18 meses desde que empiece la relación laboral. Las condiciones no se consideran incumplidas si se extingue el contrato con causas objetivas o despido disciplinario.

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29 mayo 2018|

Los casos en los que el autónomo español no está obligado a emitir factura

Iniciar una actividad por cuenta propia no siempre implica tener que emitir facturas por tus productos o servicios. En este artículo vamos a contarte cuáles son esas excepciones:

Cabe señalar que si bien hay situaciones en las que emitir facturas no es obligatorio, siempre es recomendable hacerlo, pues es la mejor herramienta para llevar un control exhaustivo y justificar una transacción o la prestación de un servicio ante cualquier problema jurídico.

Operaciones exentas de IVA

Se corresponden con las reguladas en el artículo 20 de la Ley 37/1992 de 28 de diciembre y entre ellas se encuentran las de prestación de servicios gratuitos como muestras sin valor comercial estimable, servicios de demostración, entregas de bienes realizados de forma directa por las Administraciones Públicas en las que no medie contraprestación o concesiones y autorizaciones de carácter administrativo, entre otros.

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25 mayo 2018|

Tributos determina cómo embargar un sueldo con pagas extras

La Subdirección General de Tributos ha aclarado una duda que se plantea de forma recurrente a las empresas cuando reciben una orden de embargo del sueldo de alguno de sus empleados. En una consulta vinculante publicada recientemente, el organismo responde a la duda planteada de cómo aplicar los límites a la embargabilidad que contiene la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) en el caso de que existan pagas extraordinarias.

La norma determina que no puede embargarse el salario, sueldo, pensión o retribución equivalente que no exceda el salario mínimo interprofesional, fijado actualmente en 707,70 euros por 14 pagas.
Partiendo de este dato, el consultante planteaba si la cantidad inembargable debía estimarse que eran 12 pagas de 825,65 euros (resultado de dividir entre 12 las 14 pagas de 707,70 euros) o si, por el contrario, debía aplicarse el límite de 707,70 euros en cada salario ordinario y dos deducciones más del mismo importe en cada una de las pagas extra.

La Subdirección de Tributos, sin embargo, asevera que los límites de la inembargabilidad contenidos en la LEC “deben aplicarse a la totalidad de las percepciones mensuales acumuladas”. Es decir, en los meses de junio y diciembre se aplicará una única deducción de 707,70 euros y, a partir de ese mínimo exento, deberán seguirse las reglas contenidas en el artículo 607 de la norma: hasta el doble del salario mínimo, solo podrá embargarse el 30%; del doble al triple, el 50%; del triple hasta el cuádruple, el 60%; del cuádruple al quíntuple, el 75%; y, finalmente, de las cantidades que excedan podrá embargarse el 90%.

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25 mayo 2018|

Sujeción al IVA en la disolución de una comunidad de bienes

Una comunidad de bienes (CB), integrada por una persona física que ostenta la mayoría de la participación (99%), y una persona jurídica, desarrolla la actividad económica de promoción de inmuebles. En esta actividad solicita y obtiene la devolución del impuesto soportado por sus adquisiciones.

Como consecuencia de su disolución y sin que se repercuta el impuesto, se adjudica a los comuneros sus cuotas de participación sobre los bienes. La Administración gira una liquidación a la CB en la que reclama el impuesto devuelto y le impone una sanción al considerar que aquella adjudicación es una entrega de bienes sujeta al IVA.

No conforme, el interesado recurre obteniendo amparo en vía contenciosa. La AN entiende, con base a la jurisprudencia  emitida por el TS, que la adjudicación a los comuneros de bienes en la liquidación de una comunidad que venía actuando como sujeto pasivo del IVA no está sujeta a dicho tributo. Fundamenta su decisión en la idea de que en tal situación, no se produce una entrega de bienes, sino la concreción sobre unos determinados bienes de lo que los comuneros ya disponían con anterioridad (TS 23-5-98, Rec 2327/1997; 28-10-09, Rec 6919/03).

La Administración General del Estado recurre en casación. El TS en sentencia de 7 de marzo de 2018 entiende que:

1. Están sujetas al impuesto las «entregas de bienes» realizadas a título oneroso en el territorio de un Estado miembro por un sujeto pasivo que actúe como tal. Son sujetos pasivos del IVA, entre otros, a las CB cuando realicen operaciones sujetas al IVA (Dir 2006/112/CE art.2.1.a y 84.Tres).

Se entiende por «entrega de bienes», la transmisión del poder de disposición sobre un bien corporal con las facultades atribuida al propietario (Dir 2006/112/CE art.14.1). Es por tanto, un concepto autónomo del Derecho comunitario, que debe recibir una interpretación uniforme en toda la Unión, sin que pueda definirse atendiendo a los diversos Derechos civiles domésticos de [...]

23 mayo 2018|

¿Cómo tributan depósitos, letras del Tesoro, acciones o fondos? Se lo contamos con ejemplos prácticos

Por regla general todos los productos financieros, excepto los planes de pensiones, planes de previsión asegurados (PPA), seguros de dependencia y algunos seguros colectivos, tributan en el IRPF en la base del ahorro como rendimientos del capital o como ganancia patrimonial. Pero, ¿cómo se reflejan en la Declaración de la Renta y qué gravamen se aplica? l Consulte el especial Renta

Cuentas corrientes y depósitos

Los intereses que los clientes reciben por el dinero que tienen en cuentas corrientes y depósitos se consideran rendimientos del capital mobiliario en el IRPF dentro de la base del ahorro en la Declaración de la Renta. Se aplican un tipo impositivo del 19% hasta 6.000 euros, un 21% entre 6.000 y 50.000 euros, y un 23% para más de 50.000 euros. En la información del borrador de la Renta debería reflejarse la retención del 19% a los que están sujetos este tipo de producto y que será aplicado por la entidad financiera a la hora de repartir los intereses.

Cálculo fiscal

Si un inversor recibe 10 euros al mes en intereses por una cuenta nómina, registrará en su Declaración de la Renta 120 euros como rendimiento del capital mobiliario. La entidad financiera aplicará una retención del 19% cada vez que pague intereses al contribuyente, con lo que en este caso coincidiría con el tipo marginal que se aplica a la base del ahorro y no se pagaría nada a Hacienda.

Si por ejemplo, la base del ahorro superara los 6.000 euros, la entidad financiera seguiría aplicando un 19% de retención pero el tipo marginal ascendería al 21%, por lo que la cuota diferencial saldría a pagar a favor de Hacienda.

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23 mayo 2018|

Autónomos: pasos para adaptarse a los últimos cambios en la Seguridad Social

A partir de octubre, los profesionales por cuenta propia están obligados a estar dados de alta en el sistema RED. Este Sistema de Remisión Electrónica de Datos sirve para comunicarse electrónicamente con la Seguridad Social. De este modo, podrán gestionar trámites relacionados con la afiliación, la cotización o la recaudación de cuotas sin necesidad de personase físicamente. También recibirán notificaciones de este organismo a través de este sistema. Este último punto es el más relevante, puesto que las notificaciones de la Seguridad Social se producirán únicamente por esta vía. Si pasan diez días, aunque no hayas entrado en la notificación en cuestión, la Administración te dará por notificado.

Para poder acceder a los servicios de la SEDESS (Sede Electrónica de la Seguridad Social) es necesario disponer de un sistema de autentificación que garantice tu identidad. Es decir: un certificado electrónico emitido por la Seguridad Social, un DNI electrónico o bien el sistema Cl@ve. Explicamos a continuación las diferencias entre unos y otros, así como las gestiones que podremos realizar en cada caso.

Tres sistemas de acceso a SEDESS

En el caso del certificado electrónico todos los servicios dirigidos a trabajadores autónomos serán accesibles, incluidos el de consulta y firma de notificaciones telemáticas. Permite además el hecho de presentar solicitudes.

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22 mayo 2018|

Así se retiran los europeos: La jubilación a los 67 (y más) se expande jubilación

El último informe de la Comisión Europea sobre sistemas de pensiones, conocido este mismo mes de mayo, destaca que las reformas llevadas a cabo por la mayoría de los socios comunitarios siguen afectando a los criterios que se usan para calcular la pensión: sobre todo la edad de jubilación, el periodo de cómputo que se tiene en cuenta para fijar las cuantías y las reglas de revalorización de las pensiones.

Pero, fundamentalmente, los expertos europeos destacan que todas estas medidas tienen como objeto “ajustar el tiempo de cobro de la pensión a la esperanza de vida”. Por ello, en los últimos años los Estados europeos han tomado otras medidas de ajuste automático del gasto–la mayoría vinculados a la esperanza de vida–; u otras para incentivar a la prolongación de la vida laboral y dificultar el retiro anticipado.

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22 mayo 2018|
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