La Audiencia Nacional (AN) da un nuevo giro y refuerza aún más el permiso de cinco días para los trabajadores que tengan que cuidar a un familiar por accidente, hospitalización o intervención quirúrgica.
El tribunal central, en una sentencia del 6 de octubre, concluye que los empleados podrán disfrutar de los cinco días completos, aun cuando se hayan acabado los días prescritos para el paciente de reposo domiciliario. Es decir, si un médico prescribe al familiar tres días de reposo, podrán disfrutar de los cinco días completos si aun así continúa necesitando cuidados. No obstante, el fallo indica que el trabajador deberá justificar ante la empresa esta circunstancia.
Hasta el momento, la jurisprudencia del Tribunal Supremo, establecida en la sentencia del 26 de junio de 2024, asentó que el permiso de cinco días podía disfrutarse más allá del alta hospitalaria si el médico prescribía al paciente reposo domiciliario. Criterio que había seguido la Audiencia Nacional en sus resoluciones del 24 de julio de 2024 y del 6 de febrero de 2025.
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