El accidente de tráfico que sufre un fotógrafo en régimen de autónomos, cuando se dirige al domicilio de un cliente en su vehículo, sí da lugar a la prestación por incapacidad temporal derivada de un percance laboral.

Así lo considera el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) al resolver un recurso presentado por una mutualidad laboral que consideraba que el siniestro de tráfico quedaba fuera del régimen de accidentes de trabajo aplicables en el ámbito del trabajador autónomo.

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