El miércoles 25 de octubre se publicó en el BOE la Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo (nueva Ley de Autónomos), creada con la voluntad de actualizar la legislación española y equipararla al resto de regulaciones europeas.
Esta nueva Ley, que entra en vigor el jueves 25 de octubre, a excepción de ciertas disposiciones, incluye importantes novedades para los autónomos. Desde el bufete Jausas, enumeran y explican los cambios más relevantes:
Ampliación a 12 meses el período de duración de la «tarifa plana», frente a los 6 actuales, y se reduce a 2 años, frente a los 5 actuales, el requisito de no encontrarse previamente de alta en el sistema de Seguridad Social para aquellos trabajadores que reemprendan su actividad por cuenta propia.
Se rebaja a la mitad el recargo por retraso en el abono de las cuotas dentro del primer mes natural siguiente al del vencimiento del plazo.
En los supuestos de pluriactividad, la devolución del exceso de cotización realizado por el trabajador autónomo se realizará de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social.
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