El Tribunal Supremo ha avalado que los bares y restaurantes que tuvieron que parar su actividad con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria de la covid-19 paguen menos impuestos. Así lo ha acordado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal en dos recientes sentencias en las que establece jurisprudencia al determinar que las empresas de restauración y hostelería que tuvieron que echar el cierre temporal por el confinamiento se deben beneficiar de una reducción de la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), que exigen los ayuntamientos, proporcional al tiempo que vio su negocio paralizado.
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