Un juzgado de Valladolid ha dado la razón a una trabajadora que reclamó a la empresa en la que trabaja una adaptación de horario laboral, en lugar de la reducción de jornada con la que contaba hasta que su hijo cumpliera 12 años, una reducción con la que ya no podía continuar a partir de esa edad.
La sentencia del Juzgado de lo Social Número 1 de Valladolid se apoya en la modificación legislativa del Artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, vinculada con la adaptación de la jornada en aras de la conciliación de la vida laboral y familiar, han informado a Efe fuentes jurídicas.
La normativa admite la reducción de jornada hasta que los hijos de un trabajador cumplan 12 años, pero no después, aunque el artículo 34.8 sí permite adaptar la jornada después de esa edad.
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