La batalla judicial que libra Glovo por toda la geografía española suma una nueva sentencia; esta vez favorable al modelo laboral de la empresa. Un juzgado de los social de Barcelona ha considerado que sus repartidores o ‘riders’ están bien encuadrados como trabajadores autónomos, tal como constata la sentencia, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, hecha pública este martes pero con fecha del pasado 29 de mayo. Esta es el segundo dictamen que valida el modelo laboral de Glovo en Barcelona -las dos en menos de una semana- y la quinta en toda España. En el otro lado pesan cinco sentencias más, todas en Madrid, en sentido contrario y que dictaminan que los ‘riders’ son falsos autónomos.
El toma y daca en los tribunales sobre el sistema laboral de las empresas de reparto está siendo una constante en los últimos meses y se reproducirán en el futuro próximo. Al menos al corto plazo, pues hasta que uno de estos casos no llegue al Tribunal Supremo no se unificará la doctrina y cada juez fallará según su propio criterio. Diferente guión ha seguido hasta ahora las actuaciones de Inspección de Trabajo, en Zaragoza, Barcelona y Madrid, que han considerado de manera unánime que los ‘riders’ son falsos autónomos.
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