El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha reconocido el derecho de una mujer a recibir la pensión de viudedad que el Instituto Nacional de la Seguridad Social le había denegado al cuestionar que hubiese sido víctima de violencia de género.

La Administración alegó que no tenía derecho a la compensación por haber transcurrido un periodo de tiempo superior a 10 años entre la fecha de separación judicial de su marido -en 2012- y la de fallecimiento -en 2020-, y por tener derecho a otra pensión pública.

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