El uso de plataformas colaborativas en las distintas operaciones de viviendas turísticas es cada vez más habitual. En una de sus últimas consultas vinculantes (1651-19 ) la DGT confirmó que el encargado de presentar la declaración informativa de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos (modelo 179) en el supuesto de que la cesión se lleve a cabo a través de una plataforma online por gestores inmobiliarios que actúan en nombre de los propietarios de las viviendas, es el intermediario.
Esta obligación viene recogida de forma expresa en el art. 54 ter Real Decreto 1065/2007 al establecer una obligación de información específica para las personas o entidades que intermedien en la cesión del uso de viviendas con fines turísticos.
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