El permiso regulado en el real decreto-ley que ha aprobado este domingo el Gobierno es de aplicación obligatoria a todos los trabajadores que prestan servicios en aquellas empresas que no desarrollan actividades que sean esenciales. Sin embargo, no resultará de aplicación por parte de las empresas cuando estén aplicando o soliciten un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), según la norma.

Según el Gobierno, los ERTE permiten igualmente «dar una respuesta adecuada a la necesidad de restringir aún más la movilidad de las personas».

Eso sí, las empresas que, en su caso, solo hayan reducido un porcentaje de la actividad, con la tramitación del correspondiente ERTE de reducción de jornada de las personas trabajadoras, podrán compatibilizar ambas medidas.

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