Una de las consultas más frecuentes entre las personas que tienen un proyecto o negocio en mente es si debe darse de alta como trabajador autónomo, aunque obtengan pocos ingresos o ingresos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Esta doctrina no oficial se ha extendido ante la vaga redacción del articulado del Estatuto del Trabajo Autónomo y de la reciente Ley Urgente del Trabajo Autónomo. En estas normas, la obligatoriedad del alta viene marcada por el concepto de habitualidad. El articulado desarrolla que si un profesional realiza un trabajo de forma «habitual», deberá darse de alta en el Régimen de Autónomos. El problema viene a la hora de definir qué es habitual: ¿hacer un trabajo al mes? ¿Cada dos meses? ¿Cada tres días?

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