Los trabajadores del sector del contact center han conseguido ganar una batalla judicial contra las patronales para que se les reconozca su derecho a parar cinco minutos por cada hora de trabajo de pantalla monotorizado, en especial, en los casos de jornadas partidas. La sentencia, de 10 de octubre de 2019, está disponible en este enlace.
La Audiencia Nacional ha dado la razón a los empleados, que exigían poder parar cinco minutos, no solo por cada hora ininterrumpida de trabajo monitorizado, sino también por los tramos que, aunque discontinuos, acumulados, superasen los 60 minutos. El fallo les da la razón en la disputa colectiva, porque así “se garantiza de forma más eficaz la salud de los trabajadores”.
Interpretación del convenio
El conflicto colectivo surge a raíz de la interpretación del segundo convenio aplicable al sector del Contact Center, sector tradicionalmente conocido como telemarketing, y que fue suscrito entre sindicatos y patronal en mayo de 2017.
El artículo 54 del convenio establece que, además de la pausa de diez minutos por jornada continuada (tradicionalmente conocida como ‘pausa de bocadillo’), el personal de operaciones que desarrolle su actividad en pantallas de visualización de datos tiene derecho a una pausa de cinco minutos “por cada hora de trabajo efectivo”.
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