El correo electrónico es un medio válido para informar a los trabajadores de su inclusión en un ERTE. Así lo ha determinado la Audiencia Nacional (AN) en una reciente sentencia en la que avala el expediente temporal que realizó una empresa durante el estado de alarma al considerar que se trata de una forma de comunicación adecuada atendiendo a las circunstancias concurrentes en ese momento, ya que no era posible informar de manera presencial.
El tribunal entiende que era necesario que la empresa se adaptara a la realidad social imperante , que obligaba a «apartarse de lo que son los hábitos y usos ordinarios en las comunicaciones entre empresario y trabajador».
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