Los contratos formativos tienen un límite de edad. Esto significa que no se pueden realizan a partir de una determinada edad. Actualmente, la ley fija en 30 la edad máxima para realizar un contrato de este tipo cuando se trata de certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2, así como del catálogo de especialidades.
Sin embargo, el requisito de los 30 años no se exige cuando se trata de contratos que estén vinculados con el nivel 3 ni cuando se trate de personas con discapacidad reconocida o que se encuentren en situación de exclusión social. En ambos casos no habría límite de edad para formalizar un contrato de formación, explican desde Grupo 2000.
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