La Dirección General de Tributos ha clarificado los límites aplicables en el ejercicio 2015 para empresas que tributan bajo el régimen de consolidación fiscal.
Hacienda restringe la compensación de bases imponibles negativas en el Impuesto sobre Sociedades. Así lo hace en una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos (DGT), que clarifica los límites aplicables en el ejercicio 2015 para empresas que tributan bajo el régimen de consolidación fiscal.
El caso afecta a la entidad dominante de un grupo de consolidación fiscal con bases negativas pendientes de compensación. En 2014, su importe neto de la cifra de negocios fue superior a 20 millones de euros e inferior a 60 millones. La empresa plantea si al grupo fiscal le es de aplicación el importe mínimo de un millón de euros de bases imponibles negativas previsto en el artículo 26.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades en la declaración de 2015.
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