Golpe del Tribunal Supremo a la Agencia Tributaria. El Alto Tribunal rebaja el volumen de las sanciones que impone Hacienda a los contribuyentes por las deudas tributarias al fijar cómo tiene que realizar la Agencia Tributaria el cálculo para establecer la cuantía de estas multas. Y es contrario al que hasta el momento estaba utilizando la Administración.
El Supremo, en un fallo del pasado 11 de abril, ha determinado que Hacienda debe calcular la sanción atendiendo a la base de la cuota líquida y no a la cuota diferencial, ésta última utilizada actualmente. Es decir, que a partir de ahora, para imponer la sanción por perjuicio económico a la Hacienda Pública, la Administración deberá tener en cuenta las retenciones, pagos a cuenta y los pagos fraccionados hechos ya por el contribuyente «como parte de la deuda satisfecha».
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