Hacienda recauda anualmente millones de euros de empresas y autónomos a través del impuesto de la renta y de sociedades. De las cantidades a declarar por ingresos, los contribuyentes pueden restar aquellos gastos que hayan sido necesarios para obtener sus rendimientos. En general y según indica la Agencia Tributaria, se consideran deducibles todos aquellos gastos previstos en la normativa sobre contabilidad, que no estén expresamente excluidos por una norma fiscal y se justifiquen adecuadamente con las facturas.

Para detectar posibles fraudes, Hacienda rastrea en las declaraciones del IRPF y sociedades de empresas, autónomos y profesionales. Lo esencial que para que los gastos consignados sean legalmente deducibles, es que estén justificados, que se hayan incluido en la contabilidad, y sobre todo que sean necesarios, es decir, que cumplan con la finalidad de obtener rendimientos.

Leer la noticia completa – click aquí