El Tribunal Supremo incrementa la penalización a las empresas que acudan a la contratación temporal fraudulenta. En este caso, por la vía de encarecer el despido de aquellos trabajadores empleados a través de una sucesión irregular de contratos y que, por tanto, deben ser considerados como indefinidos.

En una reciente sentencia, el alto tribunal determina que las indemnizaciones pagadas por la finalización de cada contrato temporal no se restarán del montante final abonado en concepto de despido improcedente. Solo se descontará la indemnización del último contrato, respecto de la cual sí se considera que existe riesgo de duplicidad o solapamiento.

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