El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha reconocido hoy, a través de una sentencia, que un padre perceptor de una pensión de incapacidad permanente absoluta cobre también el complemento de maternidad de entre el 5% y el 15% que la ley española reconoce únicamente a las mujeres que han tenido dos o más hijos y que son beneficiarias de cualquier pensión contributiva de la Seguridad Social.
Este fallo responde a una cuestión prejudicial que planteó el Juzgado de lo Social número 3 de Girona, que debía dilucidar quién tenía razón en un conflicto entre el demandante (cuyas siglas son WA), que reclamaba este complemento que España reconoce exclusivamente a las mujeres, y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que le había rechazado dicha reclamación.
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