El Tribunal Supremo ha reconocido la retroactividad del complemento de maternidad en las pensiones contributivas a los varones que estén en la misma situación que las mujeres, en una sentencia que se hará pública en los próximos días y cuyo contenido ha adelantado en una nota.

El pasado 16 de febrero el pleno de la sala cuarta resolvió el complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social debe reconocerse con efectos retroactivos a los hombres que estuvieran en la misma situación que las mujeres. En su nota, el Supremo recuerda que la ley general de la Seguridad Social de 2015 reconoció un complemento por maternidad a las mujeres que cumplieran determinados requisitos.

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