El Tribunal Supremo avala la retroactividad en la devolución del impuesto de la plusvalía municipal por parte de los ayuntamientos a los contribuyentes, aunque con limitaciones.
El Alto Tribunal crea doctrina y fija los criterios interpretativos sobre la devolución del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana después de que el Tribunal Constitucional determinara en su sentencia del 26 de octubre de 2021 la inconstitucionalidad y nulidad de determinados artículos del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales al considerar que el cálculo de la base imponible se hacía con unos criterios fijos que no siempre coincidían con la plusvalía realmente obtenida y, por tanto, podía lesionar el principio de no confiscatoriedad.
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