La Justicia establece que un directivo no puede aumentar el bonus pactado si la empresa es comprada y la nueva ofrece un variable más generoso, lo que ha librado a una compañía del abono de 200.000 euros.
La Justicia establece que el directivo no puede incrementar el bonus que había pactado en el caso de que la empresa sea comprada y la nueva compañía mantenga una política retributiva más generosa. Así lo estipula una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que ha dado la razón a la empresa en el caso de un directivo que reclamó que le correspondía un sustancioso bonus en una sucesión empresarial.
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