La llegada de la Campaña de la Renta es una cita clave para los contribuyentes en el año fiscal. Si cumplen con la obligatoriedad de declarar y han tenido la desgracia de que un ser querido haya fallecido en el periodo impositivo, puede que tengan que hacer el trámite dos veces.

La Agencia Tributaria recuerda que si un contribuyente ha fallecido, «sus herederos o legatarios, sin perjuicio de lo que establece la legislación civil en cuanto a la adquisición de la herencia» serán los encargados de realizar su declaración, que tendrá el mismo calendario y las mismas exenciones.

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